Imprimir

Código Administrativo Artículo 1663 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Administrativo Chihuahua
Artículo 1663.

Están destinados a un servicio público y por tanto se hallan comprendidos en la fracción III del artículo 1649.

I. El o los Palacios de los Poderes del Estado;

II. Los inmuebles destinados al servicio de las dependen¬cias del Poder Ejecutivo;

III. Los edificios de cualquier género destinados a oficinas públicas del Estado;

IV. Los predios rústicos directamente utilizados en los servicios públicos del Estado;

V. Los establecimientos fabriles administrados directamente por el Gobierno del Estado;

VI. Los inmuebles de propiedad estatal destinados al servi¬cio de los Municipios y los prestados o arrendados para servicio u oficinas federales;

VII. Los inmuebles que constituyan el patrimonio de los establecimientos públicos creados por leyes locales, con la salvedad que indica el artículo 1665 y

VIII. Cualesquiera otros adquiridos por procedimientos de derecho público.



Estado de Chihuahua Artículo 1663 Código Administrativo
Artículo 1 ...1661 1662 1663 1664 1665 ...1730

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse