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Código Administrativo Artículo 93 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Administrativo Chihuahua
Artículo 93.

Son días de descanso obligatorio:

1o. de enero,

El primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero,

El tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo,

1o. y 5 de mayo,

16 de septiembre,

12 de octubre,

El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre,

1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo

 Federal,

25 de diciembre.

Los que se determinen por acuerdo expreso del Gobernador del Estado.

Por lo que se refiere al Poder Judicial se estará a lo dispuesto en el Código de Procedimientos Civiles



Estado de Chihuahua Artículo 93 Código Administrativo
Artículo 1 ...91 92 93 94 94 bis ...1730

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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