Código Civil Artículo 171 Ciudad de México
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024
Código Civil Ciudad de México
Artículo 171.
Se deroga
Ciudad de México Artículo 171 Código Civil
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
23/06/22 09:46:39
la herencia como tal no entra dentro de la sociedad conyugal, sin embargo las modificaciones o ampliaciones que se hayan hecho al bien inmueble, son conocido como gananciales y si son parte de la sociedad conyugal
Invitado
21/06/22 12:42:51
¿ Las herencias entran dentro de la Sociedad Conyugal ?. Me casé en 2011 y nunca estipulamos ningún acuerdo o capitulaciones.
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