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CCF Artículo 1293 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil Federal Federal
Artículo 1293.

Si dos o más coherederos quisieren hacer uso del derecho del tanto, se preferirá al que represente mayor porción en la herencia, y si las porciones son iguales, la suerte decidirá quién hace uso del derecho.

Federal de México Artículo 1293 Código Civil Federal
Artículo 1o ...1291 1292 1293 1294 1295 ...3074

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