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CCF Artículo 2408 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Civil Federal Federal
Artículo 2408.

El contrato de arrendamiento no se rescinde por la muerte del arrendador ni del arrendatario, salvo convenio en otro sentido.

Federal de México Artículo 2408 Código Civil Federal
Artículo 1o ...2406 2407 2408 2409 2410 ...3074

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Los comentarios de los usuarios

Que procede si no se hizo contrato escrito solo verbal con la dueña de la casa, ahora ella fallece intestada.

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