Código Civil Artículo 1077 Estado de Morelos
Código Civil Morelos
Artículo 1077. INDIVISIBILIDAD DEL DOMINIO O BIEN EN LA COPROPIEDAD
Si el dominio no es divisible, o la cosa no admite cómoda división y los partícipes no convienen en que sea adjudicado a alguno de ellos, se procederá a su venta y a la repartición de su precio entre los interesados.
Estado de Morelos Artículo 1077 Código Civil
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Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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Código Civil Morelos Artículo 2159. RESPONSABILIDAD DE SOCIOS INDUSTRIALES Código Civil Morelos Artículo 1723. ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL PRECONTRATO Código Civil Morelos Artículo 1821. DONACIONES PURAS CONDICIONALES Código Civil Morelos Artículo 1309. SUPUESTO DE FALTA DE OBLIGACION DEL DOCUMENTO CIVIL AL PORTADOR Código de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Libertad Anticipada Chiapas Artículo 51.Publique la información de sí mismo
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