Código Civil Artículo 2073 Estado de Morelos
Código Civil Morelos
Artículo 2073. CONDICION DEL EJECUTANTE DE OBRA POR PIEZAS O MEDIDA
El que se obligue a hacer una obra por piezas o por medida, puede exigir que el dueño la reciba en partes y se la pague en proporción de las que reciba.
La parte pagada se presume aprobada y recibida por el dueño, pero no habrá lugar a esa presunción solamente porque el dueño haya hecho adelantos a buena cuenta del precio de la obra, si no se expresa que el pago se aplique a la parte ya entregada.
Lo dispuesto en los párrafos anteriores no se observará cuando las piezas que se manden construir no puedan ser útiles, sino formando reunidas un todo.
Estado de Morelos Artículo 2073 Código Civil
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
Leer de nuevo
Código Civil Morelos Artículo 2102 bis. DENOMINACIÓN SOCIAL DE LAS ASOCIACIONES CIVILES Código de la Hacienda Pública Chiapas Artículo 243. Código Civil Federal Federal Artículo 2254. Código de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Libertad Anticipada Chiapas Artículo 127. Código Fiscal Municipal Oaxaca Artículo 175.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios