Código Civil Artículo 2246 Estado de Morelos
Código Civil Morelos
Artículo 2246. EFECTOS DERIVADOS DE LA INSOLVENCIA DEL FIADOR
Si el fiador viniere a estado de insolvencia puede el acreedor pedir otro que reúna las cualidades exigidas por el artículo 2216 de este Ordenamiento.
El que debiendo dar o reemplazar al fiador, no lo presenta dentro del plazo que el Juez le señale, a petición de parte legítima, queda obligado al pago inmediato de la deuda, aunque no se haya vencido el plazo de ésta.
Estado de Morelos Artículo 2246 Código Civil
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Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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Código Penal San Luis Potosí Artículo 337. Código Civil Morelos Artículo 2219. FORMALIDAD DE LA FIANZA DE LA FIANZA JUDICIAL Código Procesal Penal Oaxaca Artículo 161. Reglas especiales de actuación Código Civil Morelos Artículo 1348. DAÑO MORAL Código de Procedimientos Penales Oaxaca Artículo 505.Publique la información de sí mismo
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