Código Civil Artículo 1912 Estado de Puebla
Código Civil Puebla
Artículo 1912.
El plazo de la prescripción se interrumpe:
I. Por interpelación judicial o notarial hecha al deudor;
II. Por la interposición de demanda contra el deudor; y,
III. Porque la persona a cuyo favor corre la prescripción reconozca expresa o tácitamente, por hechos indubitables, el derecho de la persona contra quien prescribe
Estado de Puebla Artículo 1912 Código Civil
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jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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Código Civil Puebla Artículo 2468. Código Civil Puebla Artículo 2979. Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Nuevo León Artículo 2. Servicio, respeto y empatía Código de Procedimientos Penales Puebla Artículo 349 Septies. Solicitud de medidas cautelares en la audiencia inicial Código Civil Puebla Artículo 2885.Publique la información de sí mismo
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