Código Civil Artículo 3020 Estado de Puebla
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024
Código Civil Puebla
Artículo 3020.
Herencia es la sucesión en los bienes, derechos y obligaciones del difunto que no se extinguen por la muerte
Estado de Puebla Artículo 3020 Código Civil
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
29/10/20 20:54:29
De favor urge codigo civil y procedimientos de puebla del año 2000 es sobre intestamentario: sucesorio me pueden decir donde lo encuentro. Gracias
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