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Código de Comercio Artículo 1408 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código de Comercio Federal
Artículo 1408.

Si en la sentencia se declara haber lugar a hacer trance y remate de los bienes embargados y pago al actor, en la misma sentencia se decidirá también sobre los derechos controvertidos.

Federal de México Artículo 1408 CCom, CDC, CCo
Artículo 1o ...1407 1407 bis 1408 1409 1410 ...1500

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Los comentarios de los usuarios

Alguien me puede aplicar el Articulo 1408 del codigo de comercio, en mexico?

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