Imprimir

Código de Familia Artículo 155 Estado de Yucatán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código de Familia Yucatán
Artículo 155. Presunción de validez del matrimonio

El matrimonio tiene a su favor la presunción de ser válido, por lo tanto sólo se considera nulo cuando así lo declare una sentencia que cause ejecutoria.

Ejecutoriada la sentencia que declare la nulidad de un matrimonio, el juez, de oficio, enviará copia certificada de ella al Oficial del Registro Civil, para que en forma inmediata ponga nota circunstanciada de la misma al margen del acta. El juez puede ordenar que el Registro Civil, gratuitamente, haga la anotación a que se refiere el párrafo anterior siempre que alguna de las partes lo solicite y acredite que carece de recursos económicos.



Estado de Yucatán Artículo 155 Código de Familia
Artículo 1 ...153 154 155 156 157 ...921

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse