Imprimir

Código de Familia Artículo 382 Estado de Yucatán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código de Familia Yucatán
Artículo 382. Requisitos para la adopción

Además de lo señalado en el artículo anterior, la parte adoptante debe acreditar los siguientes requisitos:

I. Tener medios bastantes para proveer debidamente la subsistencia, educación y cuidado de quien se pretenda adoptar;

II. Contar con aptitudes físicas, morales y psicológicas idóneas para desempeñar las funciones de progenitor;

III. Tener veinte años más que quien se pretenda adoptar;

IV. Contar con buena reputación pública, y

V. Cumplir satisfactoriamente la etapa de acogimiento preadoptivo, en los términos que determine la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia.

La Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia debe vigilar las condiciones y desarrollo de la adopción y dictaminar sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en este artículo, de conformidad con lo establecido en el Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán.

Las personas que realicen los estudios o informes para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este artículo, o que participen de cualquier manera en los procedimientos de adopción deberán contar con la autorización de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia, en los términos de las disposiciones que esta emita.

El juez deberá evaluar el referido dictamen, antes de emitir su resolución sobre la procedencia de la adopción, previa vista al Ministerio Público.

La Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia brindará asesoría, capacitará, evaluará, certificará y llevará un registro de las familias que resulten idóneas para el acogimiento preadoptivo.



Estado de Yucatán Artículo 382 Código de Familia
Artículo 1 ...380 381 382 383 384 ...921

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse