Código de Justicia Para Adolescentes Artículo 198 Estado de Puebla
Código de Justicia Para Adolescentes Puebla
Artículo 198.
En la ejecución de medidas deberán observarse los principios siguientes:
LEGALIDAD: Las medidas sólo pueden ejecutarse en virtud de una sentencia firme, dentro de un procedimiento judicial debido y en la forma establecida por las leyes.
HUMANIDAD: Todas las actividades llevadas a cabo en la ejecución de medidas deben de efectuarse de modo que se respeten los derechos fundamentales de los adolescentes sentenciados y no se les puede tratar en forma cruel, inhumana o degradante, por ser parte de los principios de protección integral e interés superior de la niñez.
DEBIDO PROCESO: Se debe garantizar la observancia de las formalidades esenciales del procedimiento
Estado de Puebla Artículo 198 Código de Justicia Para Adolescentes
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jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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