Imprimir

Código de Procedimientos Civiles Artículo 127 Estado de Baja California Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código de Procedimientos Civiles Baja California Sur
Artículo 127.

En los lugares donde no sea posible tener acceso a la lista digital de acuerdos publicada en la página oficial de Internet del Poder Judicial del Estado, sea porque no se cuente con servicio de Internet o este se vea interrumpido, la segunda y ulteriores notificaciones se harán como se determina en el artículo 111, último párrafo, y si los interesados no ocurrieren al órgano jurisdiccional, surtirá sus efectos la notificación al día siguiente de aquél en que se publique en la lista de acuerdos del órgano referido. De todo lo cual se tomará razón en los autos bajo las sanciones a que se refiere el artículo anterior.

Dentro de un procedimiento judicial, todos los edictos, convocatorias o avisos que por mandato legal o judicial se tengan que hacer del conocimiento de alguna persona o del público en general, así como aquellas comunicaciones similares de notarios públicos, corredores públicos o particulares que por cualquier causa deban hacerlos, por así obligarlos la ley por los cargos que ostenten, serán redactados de modo preciso y conciso, sintetizando las providencias que se ordenen publicar, evitando transcripciones literales, y señalándose únicamente los puntos substanciales. Las publicaciones de esos edictos, convocatorias y avisos sólo podrán realizarse en la sección respectiva de la página oficial de Internet del Poder Judicial del Estado, así como en aquellos medios de difusión que tengan una sección especial destinada para edictos, avisos y convocatorias judiciales o sección destacada similar que represente el menor costo de todas las inserciones y anuncios por esos medios de comunicación



Estado de Baja California Sur Artículo 127 Código de Procedimientos Civiles
Artículo 1 ...125 126 127 127 bis 128 ...989

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse