Código de Procedimientos Civiles Artículo 2287 Estado de Colima
Código de Procedimientos Civiles Colima
Artículo 2287.
Las partes no pueden, bajo pena de nulidad, convenir de antemano que los intereses se capitalicen y que produzcan intereses.
Estado de Colima Artículo 2287 Código de Procedimientos Civiles
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Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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Código Penal Coahuila Artículo 343. PROHIBICIÓN DE ACUMULACIÓN IDEAL Y APLICACIÓN ESPECIAL DEL PRINCIPIO DE SUBSUNCIÓN, TRATÁNDOSE DE LESIONES MULTIPLES Código Civil Coahuila Artículo 2131. Código de Procedimientos Civiles Colima Artículo 2496. Código Civil Colima Artículo 750. Código Civil Colima Artículo 2412.Publique la información de sí mismo
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