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Código de Procedimientos Civiles Artículo 516 Estado de Tabasco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código de Procedimientos Civiles Tabasco
Artículo 516. Requisitos de la demanda

La demanda que se presente con objeto de obtener la declaración de incapacidad o interdicción de una persona, deberá contener los siguientes datos:

I.- Nombre, edad, domicilio, estado civil y actual residencia de la persona cuya interdicción se demanda;

II.- Nombre, domicilio del cónyuge o parientes dentro del cuarto grado y, en su caso, del tutor o curador de dicha persona;

III.- Los hechos que dan motivo a la demanda;

IV.- Diagnóstico y pronóstico de la enfermedad formulados por el facultativo que lo asista, acompañando el certificado o certificados relativos;

V.- Especificación de los bienes conocidos como propiedad de la persona y que deben ser sometidos a la vigilancia judicial; y

VI.- Especificación del parentesco o vínculo que une al demandante con el demandado.

La demanda se substanciará en la vía ordinaria, con las modalidades que se establecen en el presente capítulo



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