Código de Procedimientos Penales Artículo 289 Estado de Morelos
Código de Procedimientos Penales Morelos
Artículo 289. Facultades del juez respecto del sobreseimiento
El juez de control, al término de la audiencia a que se refiere el último párrafo del artículo 287, se pronunciará sobre la solicitud de sobreseimiento planteada por el Ministerio Público. Podrá acogerla, decretar el sobreseimiento por una causal distinta a la invocada, sustituirla por la suspensión del proceso o rechazarla, si no la considerare procedente. En este último caso, dejará a salvo la atribución del ministerio público contemplada en la fracción I del artículo 286
Estado de Morelos Artículo 289 Código de Procedimientos Penales
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jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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