Código de Procedimientos Penales Artículo 78 Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales Oaxaca
Artículo 78.
Las cuestiones de competencia pueden iniciarse por declinatoria o por inhibitoria. Cuando se hubiere optado por uno de estos medios, no se podrá abandonar para recurrir a otro ni emplear los dos sucesivamente, pues deberá pasar por el resultado de aquél que se hubiere preferido.
Estado de Oaxaca Artículo 78 Código de Procedimientos Penales
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Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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Código Civil Morelos Artículo 2278. OPOSICION DE DEFENSAS DEL DEUDOR CONTRA EL FIADOR CUANDO ESTE NO LE NOTIFICO EL PAGO Código Procesal Penal Oaxaca Artículo 331. Sobreseimiento en la etapa de juicio Código Procesal Penal Oaxaca Artículo 145. Habilitación profesional Código de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Libertad Anticipada Chiapas Artículo 16. Código Civil Morelos Artículo 2388. HIPOTECA SOBRE BIENES HIPOTECADOSPublique la información de sí mismo
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