Código de Procedimientos Penales Artículo 84 Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales Oaxaca
Artículo 84.
El Tribunal que reciba las actuaciones que le remita el que se hubiere declarado incompetente oirá al Ministerio Público dentro de tres días y resolverá en el término de seis días si reconoce su competencia. Si no la reconoce, remitirá los autos al Tribunal de competencia con su opinión comunicándolo al Tribunal que hubiere enviado el expediente.
Estado de Oaxaca Artículo 84 Código de Procedimientos Penales
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Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
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