Código de Procedimientos Penales Artículo 82 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Penales Veracruz
Artículo 82. Excepciones a las reglas de competencia territorial
Será competente para conocer de un asunto, un juez o tribunal distinto del que resultare competente de acuerdo con las reglas antes señaladas, cuando, atendiendo a las características del hecho investigado, por razones de seguridad en las prisiones o porque existan circunstancias que objetivamente impliquen un riesgo para la seguridad del imputado, de la víctima u ofendidos, o de testigos que deban comparecer.
El Ministerio Público motivará su solicitud detallando las circunstancias que justifican la modificación de la competencia y aportará pruebas relacionadas con tales circunstancias. Lo anterior es igualmente aplicable para los casos en que, por las mismas razones, la autoridad judicial, a petición de parte, estime necesario trasladar a un imputado a algún centro de reclusión de máxima seguridad, en los que será competente el juez o tribunal del lugar en que se ubique dicho centro.
La legislación penal aplicable será siempre la del lugar donde se cometió el delito, con independencia de que el juez competente se encuentre en otro
Estado de Veracruz Artículo 82 Código de Procedimientos Penales
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios