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CNPP Artículo 139 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Nacional de Procedimientos Penales Federal
Artículo 139.

Duración de las medidas de protección y providencias precautorias
La imposición de las medidas de protección y de las providencias precautorias tendrá una duración máxima de sesenta días naturales, prorrogables hasta por treinta días.

Cuando hubiere desaparecido la causa que dio origen a la medida decretada, el imputado, su Defensor o en su caso el Ministerio Público, podrán solicitar al Juez de control que la deje sin efectos.

CAPÍTULO II
LIBERTAD DURANTE LA INVESTIGACIÓN

Federal de México Artículo 139 Código Nacional de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...137 138 139 140 141 ...490

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Los comentarios de los usuarios

Tengo una duda, lo que pasa es que metí una denuncia junto con mi madre a un hermano por agresiones y amenazas, el vive en la misma casa con nosotros y en la denuncia dice que me otorgaban medidas de protección previstas en el artículo 137 del código nacional de procedimientos penales consistente en la fracción V la prohibición de realizar conductas de intimidación o molestia a la víctima y fracción VI vigilancia en el domicilio de la víctima; en la misma denuncia dice que atento a lo dispuesto el artículo 139 la temporalidad de estas medidas serán de 60 días, el caso es que me proporcionaron números telefónicos para comunicarme en caso de emergencia, bueno; la cosa es que como ese hermano vive en la misma casa que nosotros se le veía calmado y creímos que de cierto modo había cambiado su actitud para mejor es decir que ya no estaba molestando así que decidimos no marcar a los números; pasa el tiempo y ese hermano vuelve lo mismo a estarme acosando, insultando pero ya han pasado 4 meses desde la denuncia y no sé si pueda marcar a esos números o si mi denuncia ya no es válida por que ya expiró ( por lo de los 60 días naturales de temporalidad de las medidas del artículo 137 fracción V), quisiera saber que puedo hacer, si puedo marcar a los números que me proporcionaron o que puedo hacer; por que yo ingenuamente creí que cambiaría, yo la verdad no tengo experiencia en asuntos de esta índole me considero ignorante en este campo, así que les pregunto, que debería hacer

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