Código Financiero para los Municipios Artículo 447 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Financiero para los Municipios Coahuila
Artículo 447.
La base para la enajenación de los bienes embargados será el avalúo de los mismos.
La oficina exactora nombrará un perito para hacer el avalúo correspondiente y se lo hará saber al interesado, quien podrá recurrirlo a través del recurso de oposición al procedimiento administrativo de ejecución y al hacerlo designará perito de su parte.
En caso de discrepancia de avalúos se designará un tercero de común acuerdo, y si persiste la discrepancia, se tendrá como base para hacer el remate el avalúo del perito designado de común acuerdo en último término.
El recurso de oposición al procedimiento administrativo de ejecución deberá reunir los requisitos establecidos en este código, el cual deberá hacerse valer dentro de los quince días siguientes a la fecha en que surta efecto la notificación del avalúo.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 447 Código Financiero para los Municipios
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
Leer de nuevo
Código Financiero para los Municipios Coahuila Artículo 322. Código Municipal Coahuila Artículo 218. Código de Procedimientos Civiles Durango Artículo 679. Código de Procedimientos Civiles Durango Artículo 137. Código Penal Coahuila Artículo 310. SANCIONES Y FIGURA TÍPICA DE VIOLENCIA FAMILIARPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios