Código Financiero para los Municipios Artículo 495 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Financiero para los Municipios Coahuila
Artículo 495.
El recurso de revocación procederá contra las resoluciones definitivas que:
I. Determinen contribuciones o accesorios.
II. Nieguen la devolución de cantidades que procedan conforme a la ley.
III. Las demás que sean definitivas y tengan el carácter de multas no fiscales emitidas por autoridades administrativas del Municipio
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 495 Código Financiero para los Municipios
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jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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Código Procesal Civil Coahuila Artículo 419. Carácter irrenunciable de la fase probatoria Código de Procedimientos Civiles Colima Artículo 460. Código de Procedimientos Civiles Colima Artículo 2567. Código de Procedimientos Civiles Colima Artículo 223. Código Civil Coahuila Artículo 3587-5.Publique la información de sí mismo
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