Código Fiscal Artículo 341 Estado de Chihuahua
Código Fiscal Chihuahua
Artículo 341.
El embargo de bienes inmuebles comprenderá siempre la propiedad y los frutos, rentas o productos de los mismos, sin necesidad de que ello se exprese.
Si las rentas, frutos o productos de esos bienes, correspondientes a un año, son suficientes para cubrir el crédito fiscal insoluto los accesorios del mismo y, en su caso, los vencimientos futuros que se causen durante ese mismo período, se cubrirá con ellos. En caso contrario, se procederá desde luego al remate de los bienes secuestrados. Lo mismo se hará cuando no se obtenga con toda puntualidad el pago de las rentas o de los frutos o productos embargados.
Estado de Chihuahua Artículo 341 Código Fiscal
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jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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