Código Fiscal Artículo 32 Estado de Sonora
Código Fiscal Sonora
Artículo 32.
Se podrán compensar los créditos y deudas entre el Estado por una parte y la Federación y Municipios, por la otra. Tratándose de la compensación con Federación y Municipios se requerirá acuerdo previo con éstos
Estado de Sonora Artículo 32 Código Fiscal
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
Leer de nuevo
Código de Familia Sonora Artículo 11. Código Territorial para el Estado y los Municipios Guanajuato Artículo 490. Constitución de fondos de ahorro e inversión Código de Procedimientos Civiles Sonora Artículo 675. Código Fiscal Campeche Artículo 174. Código de Familia Sonora Artículo 292.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios