Código Fiscal Artículo 121 Estado de Tamaulipas
Código Fiscal Tamaulipas
Artículo 121.
El escrito de interposición del recurso deberá satisfacer los requisitos del artículo 19 de este Código y señalar además:
I.-La resolución o el acto que se impugna.
II.-Los agravios que le cause la resolución o el acto impugnado.
III.-Las pruebas y los hechos controvertidos de que se trata.
Cuando no se haga alguno de los señalamientos anteriores, la autoridad fiscal requerirá al promovente para que en el plazo de cinco días los indique, en caso de incumplimiento, se tendrá por no presentado el recurso.
Cuando no se gestione en nombre propio, la representación de los interesados deberá acreditarse de conformidad con el artículo 20
Estado de Tamaulipas Artículo 121 Código Fiscal
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jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
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