Código Fiscal Artículo 62 Estado de Tamaulipas
Código Fiscal Tamaulipas
Artículo 62.
Para comprobar la base gravable de los contribuyentes, las autoridades fiscales presumirán, salvo prueba en contrario, que la información o documentos de terceros relacionados con el contribuyente corresponden a operaciones realizadas por éste cuando:
I.-Se refieren al contribuyente designado por su nombre, denominación o razón social.
II.-Señalen como lugar para la entrega o recibo de bienes o prestación de servicios relacionados con las actividades del contribuyente, cualquiera de sus establecimientos, aún cuando exprese el nombre, denominación o razón social de un tercero, real o ficticio.
III.-Se refieren a cobros o pagos efectuados por el contribuyente o por su cuenta, por persona interpósita o ficticia.
Estado de Tamaulipas Artículo 62 Código Fiscal
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Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
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