Imprimir

Código Hacendario Municipal Artículo 227 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Código Hacendario Municipal Veracruz
Artículo 227.

Es base de este derecho, cada animal en pie considerado por cabeza y por tipo; en el caso del uso de instalaciones como frigoríficos y corrales, se pagará por el tiempo utilizado de acuerdo a las cuotas que se establecen en el artículo siguiente.

El Rastro Municipal no será responsable por la suspensión o el retraso de los servicios que presta, cuando obedezcan a fallas mecánicas, falta de energía eléctrica, captación de agua o circunstancias fortuitas no imputables al Rastro. Tampoco será responsable por mermas, utilidades o pérdidas comerciales supuestas, ni por las acciones que ejerza autoridad diferente en demérito de la prestación del servicio.



Estado de Veracruz Artículo 227 Código Hacendario Municipal
Artículo 1 ...225 226 227 228 229 ...485

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse