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Código Penal Artículo 487 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Penal Chiapas
Artículo 487.

Se impondrá prisión de uno a nueve años y multa de cuarenta a cuatrocientos días de salario mínimo al servidor público que:

I.- Obligue o induzca a sus subordinados haciendo uso de su autoridad o jerarquía, a abstenerse o a emitir su voto a favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición;

II.- Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas o la realización de obras públicas en el ámbito de su competencia, a la abstención o emisión del sufragio a favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición;

III.- Realice dentro de su horario de labores en cualquier lugar, actos de precampaña o campaña a favor de persona alguna;

IV.- Sin causa justificada no proporcione en tiempo y forma, la información que le sea solicitada por una autoridad electoral en ejercicio de sus funciones relacionadas con el proceso electoral;

V.- Permita de cualquier manera a un precandidato, candidato, partido político o coalición, utilizar en beneficio de su precampaña o campaña, los programas públicos de carácter social en la realización de actos de propaganda y proselitismo político



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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