Imprimir

Código Penal Artículo 16 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Código Penal Tlaxcala
Artículo 16. Delito instantáneo, permanente o continuo y continuado

El delito atendiendo a su momento de consumación, puede ser:

I. Instantáneo, cuando la consumación se agota en el mismo momento en que se han realizado todos

los elementos de la descripción legal;

II.Permanente o continuo, cuando la consumación se prolongó de una manera ininterrumpida durante un lapso mayor o menor de tiempo, y

III.Continuado, cuando con unidad de propósito delictivo y pluralidad de conducta se viola el mismo precepto legal, y el sujeto pasivo sea el mismo



Estado de Tlaxcala Artículo 16 Código Penal
Artículo 1 ...14 15 16 17 18 ...434

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse