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Código Procesal Civil Artículo 599 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Procesal Civil Morelos
Artículo 599. Justificación de la comparecencia del rebelde dentro del plazo probatorio

Si el litigante rebelde se presenta dentro del plazo de ofrecimiento de pruebas, tendrá derecho a que se le reciban las pruebas que promueva sobre alguna defensa perentoria, siempre que incidentalmente acredite que estuvo en todo el tiempo transcurrido desde el emplazamiento, impedido de comparecer en el juicio por causa de fuerza mayor ininterrumpida.



Estado de Morelos Artículo 599 Código Procesal Civil
Artículo 1 ...597 598 599 600 601 ...1053

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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