Código Penal Artículo 22 Estado de Zacatecas
Código Procesal Penal Zacatecas
Artículo 22. Valoración de las pruebas
Las pruebas serán valoradas por los jueces según la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de la experiencia.
Los hechos y las circunstancias relacionados con el delito podrán ser probados por cualquier medio legal de prueba, respetando las garantías fundamentales de las personas, consagradas en la Constitución Federal y Local y demás leyes, siempre que se refiera, directa o indirectamente, al objeto de la averiguación y sea útil para el esclarecimiento de la verdad.
Para que las pruebas tengan validez deben ser incorporadas al proceso conforme a las disposiciones de este Código
Estado de Zacatecas Artículo 22 Código Penal
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Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
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Código Procesal Penal Zacatecas Artículo 195. Principio general Código Procesal Penal Zacatecas Artículo 373. Sobreseimiento en la etapa de juicio Código Procesal Penal Zacatecas Artículo 281. Incautación de bases de datos Código Urbano Zacatecas Artículo 397. Código Urbano Zacatecas Artículo 184.Publique la información de sí mismo
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