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Constitución Artículo 52 Estado de Aguascalientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Constitución Aguascalientes
Artículo 52.

El Supremo Tribunal de Justicia del Poder Judicial del Estado estará conformado por siete Magistrados y funcionará en pleno o en sus dos distintas salas: la civil y la penal, integradas por tres Magistrados cada una.

Los Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, reunidos en pleno, elegirán de entre sus integrantes a su Presidente, quien ostentará el cargo cuatro años y podrá ser reelecto para el período inmediato posterior. 

La Sala Administrativa será un órgano jurisdiccional que gozará de plena autonomía para dictar sus fallos y que estará adscrito al Poder Judicial del Estado, se integrará por tres Magistrados sin que formen parte del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia, asimismo tendrá entre sus facultades, dirimir las controversias de carácter administrativo y fiscal que se susciten entre los particulares y las autoridades del Estado, de los Municipios y sus Organismos Descentralizados o con otras personas en funciones de autoridad. 

El órgano jurisdiccional referido en el párrafo anterior, también será competente para imponer las sanciones a los servidores públicos por las responsabilidades administrativas que la ley determine como graves y a los particulares que participen en actos vinculados con dichas responsabilidades, así como fincar a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Estatal o de los Municipios.



Estado de Aguascalientes Artículo 52 Constitución
Artículo 1 ...51 51 A 52 53 54 ...95

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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

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