Las disposiciones de este Código, son de orden público e interés general y tienen por objeto establecer las prestaciones económicas que realizarán los contribuyentes al erario estatal a cambio de la obtención de servicios, así como por el uso o aprovechamientos de los bienes del dominio público del Estado, que realizan las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, así como los Poderes Legislativo y Judicial.
Para efectos de este Código, se entenderá como:
I.Código de Procedimientos Administrativos: El Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
II.Código Financiero: El Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
III.Dependencias: Las Secretarías de Despacho, la Procuraduría General de Justicia, la Contraloría General y la Coordinación General de Comunicación Social;
IV.Derechos: Las contribuciones establecidas en Ley por recibir servicios que prestan las dependencias y entidades del Gobierno del Estado, los Poderes Legislativo y Judicial en sus funciones de derecho público, así como los ingresos percibidos directamente por el Estado por
el uso y aprovechamiento de los bienes de dominio público del Estado o de la Federación concesionados a aquél;
V.Entidades: Los organismos públicos descentralizados, las empresas de participación estatal, los fideicomisos, las comisiones, los comités, los consejos, las juntas y demás organismos auxiliares;
VI.Código: El Código de Derechos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
VII. Unidad de Medida y Actualización .- A la Unidad de Medida y Actualización que se utiliza como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de dichas leyes; y
VIII. Secretaría: La Secretaría de Finanzas y Planeación
Los derechos por la prestación de servicios públicos en el Estado, se causarán en el momento en que la persona física o moral reciba la prestación del servicio o en el momento en que se provoque por parte del Estado el gasto que deba ser remunerado por aquél, salvo el caso en que la disposición que fije el derecho, señale cosa distinta.
Las cuotas señaladas en el presente Código para la expedición de certificados o copias certificadas, se entienden referidas a documentos que se expiden en hojas de papel que no excedan de 35 centímetros de largo por 24 centímetros de ancho y no deben contener más de
80 renglones, por ambos lados; los certificados o copias certificadas en hojas de mayor dimensión o mayor número de renglones, causarán doble cuota.
El importe de las tasas que para cada derecho señalan los siguientes capítulos, deberán ser cubiertos en la Oficina Virtual de Hacienda o en los lugares o instituciones bancarias, previamente autorizadas por la Secretaría.
Los derechos cuyo pago se haya omitido y que las autoridades fiscales determinen como consecuencia del ejercicio de sus facultades de comprobación, deberá pagarse o garantizarse, junto con sus accesorios, dentro de los quince días siguientes a aquél en que haya surtido efectos su notificación.
Los servidores públicos que presten el servicio por el cual se paguen los derechos, procederán a la prestación del mismo, al presentar el interesado el recibo que acredite su pago
La educación que el Estado imparta será gratuita en términos de lo que establecen la Constitución y las leyes de la materia. Las donaciones o cuotas voluntarias destinadas a dicha educación en ningún caso se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo.
Las autoridades educativas en el ámbito de su competencia, establecerán los mecanismos para la regulación, destino, aplicación, transparencia y vigilancia de las donaciones o cuotas voluntarias.
Se prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación del servicio educativo a los educandos. En ningún caso se podrá condicionar la inscripción, el acceso a la escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los educandos o afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los alumnos, al pago de contraprestación alguna.
Los servidores públicos encargados de la prestación de los servicios por el que se cause un derecho, en contravención a lo dispuesto anteriormente, serán solidariamente responsables del pago correspondiente
Están obligados al pago de derechos establecidos en este Código, la Federación, el Estado y los Municipios, salvo disposición en contrario expedida por el Poder Legislativo o el Poder Ejecutivo del Estado en términos de la normatividad aplicable
Cuando el pago de derechos deba efectuarse en una fecha posterior al inicio de la prestación del servicio o del otorgamiento del uso, goce o aprovechamiento de bienes de dominio público del Estado, por tratarse de servicios continuos o porque así se establezca, se dejará de prestar el servicio o se interrumpirá el uso, goce o aprovechamiento de los bienes, si no se efectúa el pago de la totalidad de la cuota en los plazos que correspondan, se generará el crédito fiscal a cargo del contribuyente.
Los servidores públicos, previamente a la prestación de los servicios, así como de la administración de los bienes del dominio público del Estado que regula este Código, serán responsables de verificar que el contribuyente efectúe el pago que corresponda. La omisión a lo anterior dará lugar a las sanciones previstas en las leyes respectivas.
En el supuesto de que el contribuyente no presente los comprobantes de pago en los plazos que señala este Código, la dependencia o entidad prestadora del servicio o del uso, goce o aprovechamiento de bienes propiedad del Estado, dejará de proporcionarlos.
Los beneficiarios de las transferencias provenientes de derechos que tengan destinos específicos a que se refiere este Código, que por cualquier motivo al 31 de diciembre conserven recursos, incluyendo los rendimientos obtenidos, deberán reintegrar el importe disponible a la Secretaría dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio
Cuando en este Código, se establezca que los derechos se pagarán por mensualidades o anualidades, se entenderá que dichos pagos serán previos a la prestación del servicio correspondiente.
Las mensualidades y anualidades a que se hace referencia en este Código, corresponden al pago de derechos por la prestación de servicios proporcionados durante mes de calendario o durante el año de calendario, respectivamente; excepto que se señale expresamente otro período.
Tratándose de mensualidades, el contribuyente efectuará el entero del derecho, a más tardar el día 5 del mes en que se preste el servicio y deberá presentar el comprobante de pago a la dependencia o entidad correspondiente a más tardar el día 15 de ese mismo mes.
Si el servicio, cuyas cuotas se paguen por mensualidades, se solicita después de los primeros 5 días del mes de que se trate, el entero del derecho deberá efectuarse dentro de los 5 días siguientes a aquél en que se empieza a prestar el servicio, y el comprobante de pago se entregará a la dependencia o entidad correspondiente dentro de los 5 días siguientes a aquél en que se hizo el entero. Las subsecuentes mensualidades se pagarán conforme al párrafo anterior.
Tratándose de anualidades, el contribuyente efectuará el entero del derecho en el mes de enero del año al que corresponda el pago y deberá presentar el comprobante del entero a la dependencia o entidad que preste el servicio, a más tardar el día 15 del mes de febrero siguiente.
Si el servicio, cuyas cuotas se paguen por anualidades, se solicita después de los primeros 15 días del mes de enero de que se trate, el entero del derecho deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes a aquél en que se empieza a prestar el servicio y el comprobante de pago se entregará a la dependencia o entidad correspondiente dentro de los 10 días siguientes a aquél en que se hizo el entero. Las subsecuentes anualidades se pagarán conforme al párrafo anterior.
Cuando no se llenen los requisitos legales para la prestación de los servicios o para el otorgamiento del uso, goce o aprovechamiento de los bienes de dominio público del Estado, o se haya establecido alguna prohibición, el pago de los derechos correspondientes no implica necesariamente la prestación u otorgamiento de los mismos, en cuyo caso los derechos que se hayan pagado serán devueltos sin perjuicio de las multas que procedan.
Tratándose de los derechos que se causen por ejercicios, cuando el uso, goce o aprovechamiento de los bienes del dominio público del Estado sea por periodo menor, el pago del derecho se hará proporcionalmente al periodo al que se use o aproveche el bien.
Para determinar las cuotas de los derechos establecidos en este Código, se considerarán inclusive, las fracciones del peso. No obstante lo anterior, para efectuar su pago, el monto se ajustará para que las que contengan cantidades que incluyan de 1 hasta 50 centavos se ajusten a la unidad del peso inmediata anterior, y las que contengan cantidades mayores de 51 y hasta 99 centavos, se ajusten a la unidad del peso inmediata superior.
Cuando en un mismo acto el contribuyente deba efectuar el pago de dos o más derechos, deberá considerar, en todo caso, la cuota sin ajuste que corresponda a cada derecho, y sólo a la suma de los mismos se aplicará el ajuste a que se refiere el párrafo anterior.
Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, los derechos establecidos en este Código que se paguen en oficinas autorizadas en el extranjero o por residentes en el extranjero, se efectuarán en moneda extranjera
Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, deberán informar a la Secretaría a más tardar dentro de los 30 días naturales del mes de enero del ejercicio correspondiente, los montos de los ingresos por concepto de derechos que hayan enterado a la misma, durante el ejercicio fiscal inmediato anterior.
Asimismo, las dependencias y entidades, deberán presentar a la Secretaría, un informe dentro de los primeros 15 días del mes de julio respecto de los ingresos que hayan percibido por derechos durante el primer semestre del ejercicio fiscal en curso, así como los que tengan programados percibir durante el segundo semestre.
El Ejecutivo Estatal, por conducto de la Secretaría, en reglas de carácter general, señalará los montos y procedimientos para determinar el destino de los derechos contenidos en el presente Código.
Los derechos se regirán por lo establecido en este Código, supletoriamente por el Código Financiero, en su defecto por el Código de Procedimientos Administrativos, o bien, a falta de todos ellos, por la legislación común
Cuando expresamente lo indique este Código, no causarán derechos:
I.La Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, siempre que su actividad corresponda a sus funciones de derecho público;
II.Los Organismos Autónomos del Estado;
III.Los Organismos Descentralizados que realicen funciones de derecho público;
IV.Las Instituciones de beneficencia pública o privada, constituidas conforme a la legislación aplicable; y
V.Las demás personas que de modo general señale este Código.
La Secretaría, a través del área que determine su Reglamento Interior, tendrá a su cargo el dictamen confirmatorio de que no causan los derechos, las personas o instituciones a que se refiere este artículo.
Por servicios prestados por la Secretaría de Gobierno, a través de las Dependencias que se mencionan a continuación, se causarán y pagarán los derechos siguientes:
A.Por servicios del Registro Público de la Propiedad:
B.Por servicios del Registro Público de la Propiedad:
I.Por la inscripción de documentos que contengan actos jurídicos relativos a resoluciones judiciales o administrativas y testimonios notariales en los cuales se establezca, declare, transfiera, adquiera, modifique o extinga el dominio de la propiedad o la posesión de bienes inmuebles o derechos reales, se causarán y pagarán previamente por cada acto:
18.0246 UMA
En el caso de extinción del usufructo por fallecimiento del
usufructuario, previsto en el artículo 1071 fracción I del Código Civil, deberán pagarse:
5.3014 UMA
Por la inscripción de la declaración de lo edificado,
modificación, reordenamiento de la construcción de un inmueble, se aplicará la cuota señalada en el párrafo primero de esta fracción.
II.Por el registro de operaciones relativas a fraccionamientos de
inmuebles:
a)Por la inscripción de actos, contratos, convenios o resoluciones
judiciales o administrativas por las que se constituya un fraccionamiento, se fusione, lotifique, relotifique, divida o subdivida un inmueble, por cada lote en:
Concepto
1.Fraccionamiento residencial:4.7712 UMA
2.Fraccionamiento residencial alto:4.7712 UMA
3.Fraccionamiento de interés social:2.1205 UMA
4.Fraccionamiento con vivienda:3.1808 UMA
5.Fraccionamiento de urbanización progresiva:3.1808 UMA
6.Fraccionamiento medio:3.1808 UMA
7.Fraccionamiento abasto, comercio y servicios:3.1808 UMA
8.Fraccionamiento industrial o agroindustrial:3.1808 UMA
9.Fraccionamiento campestre urbano:4.2411 UMA
10.Fraccionamiento campestre agropecuario:2.1205 UMA
11.Fraccionamiento de cementerios:2.1205 UMA
12.Fraccionamiento mixto:2.1205 UMA
b)Por la inscripción de fusión y subdivisión de inmuebles cuando no sean constitutivos de fraccionamientos:
10.6027 UMA
c)Por la inscripción de la constitución del régimen de propiedad en condominio o sus modificaciones por cada piso, departamento, vivienda, local, terreno y naves, o por su extinción:
5.3014 UMA
d)Por la inscripción de constitución de servidumbres, así
como su extinción:
8.4822 UMA
e)Por la inscripción de actos relativos a la división de
copropiedad de bienes inmuebles se pagará por la parte que corresponda a cada copropietario:
8.4822 UMA
III.
Por la inscripción de apeo y deslinde:
18.0246 UMA
a)Por la inscripción de rectificación de superficie, medidas o
linderos, a que se refiere el artículo 71 de la Ley del Registro Público de la Propiedad para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave:
10.6027 UMA
IV.
Por la inscripción de capitulaciones matrimoniales, disolución o liquidación, que impliquen sociedad conyugal o separación de bienes:
10.6027 UMA
a)
Por la inscripción de la escritura pública que contenga actos de aportación de bienes inmuebles a la sociedad conyugal o al régimen de separación de bienes, se deberá pagar tomando como base el 50% sobre el valor mayor de avalúo o catastral de cada inmueble, conforme a lo establecido en la fracción I del presente Apartado.
V.
Por la inscripción de:
a)Actas de embargo, que constituyan gravámenes o providencias precautorias, judiciales o administrativas, a la propiedad, posesión de bienes muebles o inmuebles y demás diligencias decretadas por la autoridad judicial o administrativa, sobre el monto total de las cantidades cuyo cobro se asegure por medio del procedimiento:
23.3260 UMA
b)
La demanda de la cédula hipotecaria proveniente de otro Estado, así como del Juicio Hipotecario al que se refiere el artículo 451-C del Código de Procedimiento Civiles del Estado, providencias judiciales y demás diligencias decretadas por la autoridad judicial o administrativa sobre el monto total de las cantidades cuyo cobro se asegure o reclame por medio del procedimiento:
84.8218 UMA
c)
Actos relativos a hipotecas, reconocimiento de adeudos, contratos de crédito con garantía hipotecaria, refaccionarios o de habilitación o avío, mutuo con interés o simple, arrendamiento financiero, garantizados con prenda o hipoteca, y de fianzas:
74.2191 UMA
d)
Cuando en los actos a que se refieren los incisos anteriores de la presente fracción, comprendan bienes de cualquier clase, correspondientes a dos o más entidades federativas y no fuere posible establecer el valor proporcional de la cantidad asegurada respecto a los que se encuentren ubicados en el territorio veracruzano, se dividirá el monto de lo gravado o lo asegurado entre el número de entidades federativas en que se comprendan
los bienes, aplicándose las tasas a que se refiere la presente fracción, según el caso.
e)
La cancelación total o parcial de inscripción a que se refieren los actos comprendidos en la presente fracción:
10.6027 UMA
VI.
Por la inscripción de los contratos de comodato, arrendamiento y de ocupación superficial sobre fincas urbanas o rústicas o su cancelación:
10.6027 UMA
VII.
Por la inscripción del auto declaratorio de herederos y nombramiento de albacea, y cesión de derechos hereditarios si ésta no incluye bienes inmuebles:
8.4822 UMA
Para los casos de la cesión de derechos hereditarios que incluyan bienes inmuebles se pagará conforme a lo establecido en la fracción I del presente Apartado.
VIII.Por la inscripción o depósito de cualquier tipo de
testamento, prestación de servicios profesionales de obra a precio alzado, aparcería agrícola o ganadera, renta vitalicia y cualquier otro documento que, conforme a la ley, pueda ser inscrito:
8.4822 UMA
IX.Por la inscripción de:
a)Escrituras constitutivas de sociedades civiles, siempre y cuando no se aporten bienes inmuebles:
31.8082 UMA
b)Documentos en que se modifique el capital de dichas
sociedades:
21.2055 UMA
c)Cualquier otra acta de las sociedades civiles:
15.9041 UMA
d)Actas constitutivas o modificación de asociaciones civiles,
conforme a lo dispuesto en el artículo 2603 del Código Civil, siempre que no se aporten bienes inmuebles:
12.7233 UMA
e)Cualquier otra acta de las asociaciones antes indicadas:
6.3616 UMA
f)La disolución de cualquiera de las sociedades y
asociaciones mencionadas anteriormente, siempre y cuando no se adjudiquen bienes inmuebles:
6.3616 UMA
g)
Cuando se aporten bienes inmuebles, en los casos a que se refieren los incisos a), d) y f) de esta fracción, se estará a lo dispuesto en los casos de la fracción I de este Apartado.
h)Poderes, mandatos y su cancelación, otorgados por sociedades y asociaciones civiles y entre particulares:
8.4822 UMA
i)
Documentos relativos a enajenación de bienes muebles:
6.3616 UMA
X.Por la inscripción de documentos constitutivos de Fideicomisos:
a)Fideicomisos traslativos de dominio:63.6164 UMA
b)Fideicomisos de garantía:63.6164 UMA
c)Cualquier otro tipo de fideicomiso, diferente a los señalados en los incisos que anteceden:10.6027 UMA
d)Por la extinción parcial de fideicomiso, siempre y cuando
no implique la transmisión de propiedad o se haga efectiva la garantía en ejecución de fideicomiso:
3.1808 UMA
XI.Por la modificación o rectificación de actos ya registrados
que no implique el aumento del importe de las obligaciones
pecuniarias, se pagará el 15% del total de los derechos que corresponderían al Estado por la inscripción de las escrituras primordiales y de las que, en su caso, hubieren modificado aquéllos en cualquier sentido aplicándose las cuotas vigentes.
Cuando las rectificaciones impliquen aumento a las
obligaciones contraídas con anterioridad, se cobrará sobre las diferencias en demasía que resulten de tales rectificaciones, conforme a la aplicación de la tasa en cada caso que se trate.
En ningún caso la cantidad a pagar podrá ser menor de
10.6 UMA.
XII.Por cancelación de la reserva de dominio a que se refiere
el artículo 2246 del Código Civil:
a)Por la inscripción de la escritura pública que contenga la
cancelación de la reserva de dominio se pagará:
10.6027 UMA
b)Por toda cancelación de anotación marginal de las
reservas de dominio que hagan las instituciones encargadas de la regularización de la tenencia de la tierra
cuando sean de interés social y que no sea de las que deban hacerse al mismo tiempo como consecuencia de la inscripción:
2.1205 UMA
Por cualquier otra cancelación de anotación marginal cuando no sea de las que deben hacerse al mismo tiempo como consecuencia de la inscripción:
5.3014 UMA
XIII.Porlaexpedicióndeinformes,certificadosy
certificaciones, copias certificadas o avisos preventivos:
a)Certificados de libertad o existencia de gravámenes hasta
por un periodo de diez años, individualmente por cada uno de los predios tratándose de condominios, fraccionamientos, propiedades y copropiedades por cada inmueble o folio:
5.3014 UMA
b)Certificado de no inscripción:
37.1096 UMA
c)Certificado de historia registral por inmueble, hasta por un
periodo de diez años:
21.2055 UMA
d)Certificado de historia registral por cada periodo de cinco
años anteriores a que se refiere el inciso que antecede:
10.6027 UMA
e)Certificado de inscripción de inmuebles, de afectación
agraria, delimitación de dominio, de cancelación de gravamen:
5.3014 UMA
f)Certificado de anotaciones marginales por cada predio:
10.6027 UMA
g)Por la expedición de copias certificadas por cada hoja:
0.2651 UMA
h)Certificado de no poseer bienes que soliciten particulares
derivados de programas de interés social:
1.0603 UMA
i)Por cualquier otro que se expida y que no esté
comprendido en esta fracción:
5.3014 UMA
j)Por la expedición mediante medios electrónicos de avisos
preventivos por cada predio:
5.3014 UMA
XIV.
Los documentos otorgados fuera del Estado pagarán un 25% adicional sobre las cuotas señaladas en este Apartado.
XV.Por cada inscripción de actos cuyo valor sea
indeterminado, si la operación se refiere a inmuebles o derechos que tengan un valor fiscal, la cuota que en el caso corresponda se basará en éste y cuando el valor de las operaciones no pueda determinarse en esta forma:
10.6027 UMA
XVI.Por servicios del sistema de folio electrónico:
a)Por la expedición automatizada de copia certificada, por cada hoja:
0.3711 UMA
b)Por consulta automatizada por cada folio inmobiliario,
mobiliario o de persona jurídica:
1.0603 UMA
XVII.Por la inscripción de cada acto relativo a sociedades
mercantiles, se pagará conforme a lo siguiente:
a)Por su constitución:31.8082 UMA
b)Por actas de asamblea, de sociedades mercantiles o de sucursales de las mismas, nacionales o extranjeras, que contengan reforma, transformación, fusión, escisión, aumento de capital o cualquier otro acto no comprendido en los anteriores:
21.2055 UMA
c)Por otros actos jurídicos mercantiles, no comprendidos en
actas de asamblea:
6.3616 UMA
d)Poderes y su cancelación otorgados para actos de
comercio por dichas sociedades:
10.6027 UMA
e)La disolución, liquidación y extinción de sociedades
mercantiles:
15.9041 UMA
XVIII.Por la inscripción de cada acto relativo a sociedades
cooperativas, se pagará conforme a lo siguiente:
a)Actas y Estatutos de sociedades cooperativas, cualquiera
que sea su objeto o denominación, siempre que su funcionamiento se ajuste a la Ley Federal relativa:
12.7233 UMA
b)Acta de asamblea por la que se modifique la constitutiva
de la sociedad, o cualquier otro acto que lleven a cabo:
10.6027 UMA
c)Poderes y su cancelación otorgados para actos de
comercio por dichas sociedades:
5.3014 UMA
d)Por disolución o liquidación de la sociedad:5.3014 UMA
XIX.Por la inscripción de cada acto relativo a sociedades microindustriales y de la actividad artesanal, se pagará conforme a lo siguiente:
a)Por el acta constitutiva y sus modificaciones o cualquier
otro acto:
12.7233 UMA
b)
Por la disolución o liquidación de la sociedad:
5.3014 UMA
c)Poderes y su cancelación otorgados para actos de comercio por dichas sociedades:
5.3014 UMA
XX.Por la inscripción de cada acto relativo a sociedades de
producción rural o cualquier otra distinta de las anteriores, y que por disposición de la ley respectiva deban inscribirse, se pagará conforme a lo siguiente:
a)Actas y Estatutos de sociedades de producción rural,
cualquiera que sea su objeto o denominación, siempre que su funcionamiento se ajuste a la Ley Federal relativa:
15.9041 UMA
b)
Acta de asamblea por la que se modifique la constitutiva de la sociedad, o cualquier otro acto que lleven a cabo:
10.6027 UMA
c)Poderes y su cancelación otorgados para actos de
comercio por dichas sociedades:
5.3014 UMA
d)Por disolución o liquidación de la sociedad:5.3014 UMA
XXI.Por el registro de actos mercantiles que impliquen contratos de:
a)Compraventa mercantil y arrendamiento financiero se
pagará sobre el monto de la operación:
18.0246 UMA
XXII.Por la inscripción relativa a embargos, providencias
judiciales y demás diligencias decretadas por la autoridad judicial o administrativa sobre el monto total de las
cantidades cuyo monto se asegure o reclame por medio del procedimiento, relativas al Registro Público de
Comercio:18.0246 UMA.
XXIII.Por la inscripción relativa a hipotecas, reconocimiento de adeudos, contrato de crédito con garantía hipotecaria o prendaria, refaccionario, de habilitación o avío, mutuo con interés o simple garantizado con prenda o hipoteca y fianza, relativas al Registro Público de Comercio:
XXIV.Por certificado de existencia o inexistencia de gravámenes
18.0246 UMA
relativos al Registro Público de Comercio: 6.3616 UMA
XXV.Por la historia registral de la sociedad:10.6027 UMA
XXVI.Por la expedición de copias certificadas del folio mercantil,
por hoja se cobrará: 0.3711 UMA
XXVII.Por la inscripción, cancelación o anotación de cualquier otro acto no comprendido en las fracciones anteriores,
relativo a folios mercantiles: 5.3014 UMA
XXVII.Se exceptúan del pago de los derechos del Registro Público de la Propiedad a que se refiere este artículo:
a)Las certificaciones o copias certificadas que se expidan a solicitud de las autoridades judiciales para que obren en causas penales o para acreditar la solvencia de fiadores que propongan los procesados o sentenciados para obtener su libertad, pero en el segundo caso sólo se expedirán gratuitamente cuando los interesados, de manera notoria, carezcan de recursos.
b)La expedición de certificados o copias certificadas sobre bienes o derechos de la Federación, de los Estados, de los Municipios, o de sus dependencias, así como la inscripción o anotación de documentos relativos a bienes oderechos de las mismas entidades o de sus dependencias, siempre que ellas sean las directamente interesadas en asegurar para sí estos mismos bienes o derechos, excepto cuando tal servicio derive de la aplicación de la facultad económica-coactiva en el cobro de adeudos fiscales, en cuyo caso los gastos deberán ser a cargo de los contribuyentes remisos, si no ocurriese la adjudicación al fisco de los bienes embargados.
c)Los certificados o copias certificadas que se expidan con relación a la anotación o restitución de ejidos, conforme a la Constitución General de la República y demás disposiciones concordantes.
d)La inscripción de documentos relativos a las instituciones de beneficencia pública o privada, reconocidas por la ley, siempre que éstas sean las directamente interesadas.
e)Los certificados que se expidan a los inquilinos para los efectos de la Ley del Inquilinato para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
f)Los certificados o copias certificadas que se expidan a los
estudiantes o a los padres, tutores, representantes o fiadores de los mismos, para que hagan fe ante cualquier autoridad escolar.
g)La inscripción de las Resoluciones Presidenciales o del Tribunal Superior Agrario sobre dotación o restitución de ejidos, dictadas de acuerdo con las leyes de la materia, así como las declaratorias de terrenos nacionales realizadas por la Secretaría de la Reforma Agraria.
h)La inscripción de los contratos de arrendamiento de fincas urbanas que fijen una renta anual inferior a cinco UMA, en la inteligencia de que no será obligatoria la inscripción.
i)Las inscripciones de títulos de propiedad expedidos por la
Secretaría de la Reforma Agraria y el Registro Agrario Nacional, con motivo de sus programas de regularización.
j)Los asientos a que se refiere el artículo 2951 del Código
Civil del Estado.
k)La inscripción de los fraccionamientos o notificaciones
para efectos de los contratos traslativos de dominio a los adquirentes de viviendas de interés social y popular construidas en el Estado, cuyos proyectos habitacionales estén autorizados por el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda, así como los contratos traslativos de dominio, con financiamiento propio de los organismos promotores de vivienda, que en atención a los fines que persiguen, se otorguen por la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra , el Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado , Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda; el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores ; el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares , el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda , el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas , el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada S.N.C. , el Instituto de Pensiones del Estado y la Secretaría a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado.
l)La inscripción de las escrituras de compraventa a los
poseedores de predios en las colonias populares, reservas territoriales y fundos legales, destinados a usos habitacionales o agrícolas que tengan como propósito solucionar problemas sociales y que se encuentren en proceso de regularización por parte de la Secretaría, con intervención de la Dirección General del Patrimonio del Estado, del Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda y por los Ayuntamientos de los Municipios del Estado.
m)La inscripción de contratos relativos a la constitución de
créditos con garantía hipotecaria para la adquisición, construcción y mejoramiento de vivienda, otorgados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores , el Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado , el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares , el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda , el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas , el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada S.N.C. , el Instituto de Pensiones del Estado ; y el Instituto Veracruzano de Desarrollo Urbano, Regional y Vivienda.
n)La inscripción de contratos relativos a la constitución de
créditos agrícolas con garantía hipotecaria que otorgue Financiera Rural, como organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
ñ)La inscripción de contratos relativos a la constitución de créditos con garantía hipotecaria para la micro y pequeña empresa que otorguen las instituciones bancarias y los fideicomisos estatales.
o)Las anotaciones marginales relativas al decreto judicial
para garantizar pensiones alimenticias.
p)Los casos que señalen de manera específica las demás
leyes.
q)Las Oficinas del Registro Público de la Propiedad del
Estado inscribirán los embargos de bienes que realicen autoridades fiscales de la Federación, el Estado y los municipios, para lo cual quedará en suspenso el pago de los derechos que se generen por estos actos. Dichas autoridades cubrirán el monto de los derechos conforme a la tasa aplicable vigente al momento de que soliciten la cancelación de la inscripción. Este pago no se realizará cuando se adjudiquen los bienes a favor de los Gobiernos federal, estatal o municipal, ni cuándo adquiera firmeza la resolución judicial o administrativa que nulifique, anule, revoque o deje sin efectos el acto administrativo que generó la inscripción del embargo. Para el trámite a que se refiere esta fracción no se requerirá resolución especial.
La aplicación de las excepciones en el pago de los
derechos del Registro Público de la Propiedad a que se refieren los incisos c), d), g), i), j), k), l), m), n), y ñ) de esta fracción, no requerirán la emisión del dictamen confirmatorio de la Secretaría a que hace referencia el artículo 32 del Código Financiero.
La Dirección General del Registro Público de la Propiedad
y de Inspección y Archivo General de Notarías deberá informar mensualmente a la Secretaría sobre el número y principales características de todas las operaciones registrales que hayan actualizado alguna de las excepciones de pago referidas en el párrafo precedente.
C.Por servicios de la Inspección y Archivo General de Notarías:
I.Por la autorización de cada libro de Protocolo Notarial, incluyendo el de certificaciones:
3.1808 UMA
II.Por cada inscripción de testamento en el Libro de Registro
de Disposiciones Testamentarias:
3.1808 UMA
a) Cuando se trate de inscripción dictada fuera del Estado:5.3014 UMA
III.Por la expedición de Patente de Aspirante al Ejercicio del
Notariado:
31.8082 UMA
IV.Por la expedición de autorización para ejercer como Notario
Adscrito:
15.9041 UMA
V.Por la expedición de Nombramiento de Notario Titular:53.0136 UMA
VIPor la expedición de testimonios de los protocolos
depositados:
10.6027 UMA
VII.Por la expedición de copias certificadas de documentos de
los protocolos depositados:
4.2411 UMA
VIII.Por el cotejo y certificación de firmas y sellos de notarios
públicos en el Estado:
4.2411 UMA
IX.Por cada registro en el Sistema de Avisos de Poderes
Notariales, sobre el otorgamiento de poderes, mandatos, así como sus revocaciones notariales:
4.2411 UMA
D.Por servicios de la Editora de Gobierno del Estado:
E.Se Deroga
F.Por servicios de Catastro.
Sociales de los Trabajadores del Estado , el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares , el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda , el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas , el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada S.N.C , y el Instituto de Pensiones del Estado .
4. A los poseedores de predios en proceso de regularización
por la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra .
b)Se exceptúan del pago de derechos por la expedición de la
Cédula Catastral:
1. Todos los sujetos pasivos del Catastro, cuando se trate de
incorporaciones o revaluaciones masivas por la ejecución de programas de Catastro;
2. Los cambios de registro originados por regularización de la
nomenclatura Catastral, o de la circunscripción municipal;
V.Por copias en papel heliográfico o bond por plano general de
localidad, con curvas de nivel al metro y cotas de crucero, en escala 1:2,000, por hoja:
4.7712 UMA
VI.Por copias en papel heliográfico o bond por plano general de
localidad, en escalas aproximadas 1:4,000, 1:5,000, 1:7,500 y
1:10,000:
3.1808 UMA
VII.Por copias en papel heliográfico o bond por plano manzanero
de localidades catastradas, en escala 1:500 ó 1:1,000:
a)De 1 hasta 100 planos, por plano:4.7712 UMA
b)De 101 planos en adelante por plano.3.1808 UMA
VIII.Por copias del plano de región catastral, sin escala, con nomenclatura y valores catastrales del suelo urbano, por hoja:
3.1808 UMA
IX.Por copias del plano perimetral tamaño carta de un predio registrado en la cartografía catastral urbana, en escala 1:500, por plano:
3.1808 UMA
X.
Por la expedición de cartografía digital escala 1:1,000 en formatos DXF., DWG. y ARC/INFO., por Km2:
a)Cobertura de manzanas:23.3360 UMA
b)Cobertura de predios:67.8575 UMA
c)Cobertura de construcciones:67.8575 UMA
d)Cobertura de curvas de nivel a cada metro:10.6027 UMA
XI.Por copias de contacto de fotografías aéreas escalas 1:4,500 1:10,000 y 1:20,000:
a)En papel bond, imagen blanco y negro en formato 23 x 23 cm.,
por copia:
1.0603 UMA
b)Grabada con escáner e impresión en papel bond, blanco y negro
en formato 23 x 23 cm., por copia:
1.1663 UMA
c)Grabada en disco compacto o USB, por copia:4.0290 UMA
Se exceptúan del pago de derechos por la expedición de cartografía catastral y copias de contacto de fotografías aéreas, las dependencias y organismos Federales, Estatales y Municipales; estos últimos en los términos de los convenios de colaboración que en materia catastral se suscriban, previo cumplimiento de las disposiciones legales aplicables.
XII.Por la elaboración de padrón factura para el cobro del impuesto
predial, incluye recibos impresos o papelería y el sistema para el cobro automatizado del impuesto, por predio registrado:
0.0318 UMA
XIII.Por la expedición de un avalúo comercial:21.2055 UMA
XIV.Por la expedición de un dictamen de arrendamiento:10.6027 UMA
XV.Por la corrección de datos o la actualización de la vigencia de un avalúo comercial:
1.0603 UMA
XVI.Por la corrección de datos o la actualización de la vigencia de
un dictamen de arrendamiento:
1.0603 UMA
Se exceptúan del pago de derechos por la expedición de
avalúos comerciales, dictámenes de arrendamiento y la corrección de datos o la actualización de la vigencia correspondiente, relativos a bienes propiedad del Estado o de los Ayuntamientos. Asimismo, se exceptúan a las autoridades fiscales, cuando soliciten avalúos comerciales dentro de la substanciación del procedimiento administrativo de ejecución
Por los servicios prestados por la Secretaría de Gobierno en materia de Gobernación, se causarán y pagarán los derechos siguientes:
I.Por legalización de firmas que comprenden:
a)Certificados de Registro Civil:6.3616 UMA
b)Testimonios notariales y escrituras públicas:6.3616 UMA
c)Firmas de funcionarios de Gobierno del Estado:5.3014 UMA
II.Por registro o diligenciación de exhortos:7.4219 UMA
III.Por actos realizados por la Dirección General del Registro Civil, como son:
a)Expedición de copia certificada de acta del estado civil de las
personas:
1.5904 UMA
b)
Expedición de constancias o certificaciones:
1.5904 UMA
c)Por la búsqueda hasta de cuatro años:1.0603 UMA
d)Cotejo de sello y firma:2.1205 UMA
e)Cotejo de contenido:1.0603 UMA
f)Expedición urgente de copia certificada de acta del estado civil de las personas:
3.1808 UMA
g)
Expedición automatizada de copia certificada de acta del estado civil de las personas:
2.6507 UMA
IV.
Por la conformidad para:
a)Que las personas morales adquieran, posean o administren fincas rústicas para el cumplimiento de su objeto social:
31.8082 UMA
b)
El establecimiento de clubes de caza, tiro y otros de naturaleza similar:
95.4246 UMA
c)
El uso y almacenamiento de explosivos:
95.4246 UMA
V.
Por Adhesión de Apostilla en un documento que deba surtir efectos en un país afiliado a la Convención de la Haya de 1961:
9.5425 UMA
No causarán los derechos a que se refiere este artículo, la legalización de firmas en materia penal y en otros casos previstos por la legislación.
Capítulo Segundo
De los Derechos por Servicios Prestados por la Secretaría de Seguridad Pública
Por los servicios prestados por la Secretaría de Seguridad Pública, se causarán y cobrarán los derechos siguientes:
A.En materia de servicios prestados por la Academia Estatal de Policía:
I.Por el uso del estante de tiro, por parte del personal de empresas de seguridad privada y personas afiliadas a
clubes de caza:
10.6027 UMA
II.Por la impartición de cursos de formación inicial para policía a servidores públicos ajenos a la Secretaría de
Seguridad Pública:
1.5904 UMA por hora
de duración
III.Por la impartición de cursos de actualización:1.5904 UMA por hora
de duración
IV.Por la impartición de cursos de especialización en materia de seguridad pública, así como estudios
superiores:
2.1205 UMA por
hora de duración
V.Por la emisión de certificación de estudios:15.9040 UMA
VI.Por la expedición de constancias académicas:2.1205 UMA
B.En materia de Servicios de Seguridad Privada:
I.Por la autorización y ratificación anual para la prestación de servicios de seguridad privada en las modalidades de: seguridad, protección, vigilancia y custodia de personas,
lugares, establecimientos, bienes o valores y su traslado.
Autorización:530.1364 UMA
Ratificación:265.0682 UMA
II.Por el registro y revalidación anual de los empleados de las
prestadoras de servicios de seguridad privada.
Registro individual:5.3013 UMA
Revalidación individual:5.3013 UMA
C.En materia de Tránsito:
I.Por la expedición de permisos a concesionarios para ocupar zonas de estacionamiento exclusivo en la vía pública, cuando resulten necesarias para la prestación de un servicio público, o en otros casos, cuando por las
situaciones particulares de los mismos deban autorizarse:
3.1808 UMA
por mes
II.Por la expedición de constancias, certificados médicos y
documentación de cualquier naturaleza:
2.1205 UMA
III.Por la expedición de permisos diversos, por día:2.1205 UMA
IV.Por la utilización de grúas oficiales para el retiro de vehículos conforme a los supuestos y consecuencias
previstas en la Ley y Reglamento de la materia:
5.3013 UMA
V.Por la utilización del servicio social de depósito y custodia
de vehículos:0.5301 UMA
por día
D.En materia de Transporte:
I.Expedición de licencia de chofer, tipo A para conducir vehículos de motor dedicados al servicio público de transporte de pasajeros, de acuerdo con el reglamento de la Ley de Tránsito y Transporte, previo examen médico y
pericial:
15.9040 UMA
Canje trianual:7.4219 UMA
II.Expedición de licencia de chofer, tipo B para conducir toda clase de vehículos de motor de servicios públicos de carga y particular, de acuerdo con el reglamento de la Ley de
Tránsito y Transporte, previo examen médico y pericial:
14.8438 UMA
Canje trianual:6.3616 UMA
III.Expedición de licencia permanente de automovilista, tipo C para conducir automóviles y motocicletas de servicio particular, de acuerdo con el Reglamento de la Ley de
Tránsito y Seguridad Vial, previo examen médico y pericial:
12.7232 UMA
IV.Expedición de licencia permanente de motociclista, tipo D para conducir vehículos de dos o más ruedas, de acuerdo con el Reglamento de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial,
previo examen médico y pericial:
10.6027 UMA
V.Expedicióndelicenciademotorista,paraconducir
maquinaria pesada para construcción:
7.4219 UMA
Canje trianual:3.1808 UMA
VI.Expedición de duplicados de cualquier tipo de licencias de
las señaladas en las fracciones anteriores de este artículo:
4.2410 UMA
VII.Por la expedición de los siguientes permisos:
a)Especiales para conducir hasta por 180 días renovables, a
personas mayores de 16 y menores de 18 años:
6.3616 UMA
b)Para establecer el servicio al público de estacionamiento de vehículos en inmuebles particulares, de conformidad con la
Ley de Tránsito y Transporte y su Reglamento:
424.1091 UMA
Por revalidación anual:159.0406 UMA
c)Particular, para el transporte de carga específica o de
personas:
Por un año:10.6027 UMA
Por un día:2.1205UMA
d)Particular, para circular vehículos nuevos sin placas, ni
tarjeta de circulación por 15 días:
3.1808 UMA
e)Para establecer escuelas de enseñanza para conducir
vehículos:
212.0545 UMA
Por revalidación anual:53.0136 UMA
VIII.Por servicios de transporte público:
a)Expedición de tarjeta anual de identificación de operador de
transporte público de pasajeros:
Por un año:10.6027 UMA
Por dos años:19.0849 UMA
b)Reposición de la tarjeta anual de identificación de operador
de transporte público de pasajeros:2.1205 UMA
c)Expedición de cuota oficial para el cobro de servicio público
de transporte de pasajeros:
1.0602 UMA
d)Expedición de permisos de sustitución temporal de unidad
por 20 días:
2.1205 UMA
e)La revista vehicular anual del servicio de transporte público
en cualquiera de sus modalidades:
3.1808 UMA
f)La realización de los estudios para la modificación o ampliación de las rutas de transporte público en las diversas modalidades y, en su caso la expedición del croquis correspondiente por concesión autorizada por el Estado:
21.2054 UMA
IX.
Por la prestación de otros servicios:
a)Expedicióndeconstancias,certificadosmédicosy
documentos de cualquier otra naturaleza:
2.1205 UMA
b)Expedición de permisos diversos. Por día:2.1205 UMA
c)Por la utilización de grúas oficiales para el retiro de
vehículos:
4.2410 UMA
d)Por la utilización de servicio oficial de depósito y custodia de vehículos, conforme a los supuestos y consecuencias
previstas en la Ley y Reglamento de la materia. Por día:
0.5301 UMA
X.Por el otorgamiento de una concesión o permisos en trámite
para prestar el servicio público de transporte en las
diferentes modalidades previstas en la Ley de Tránsito y
Transporte y su Reglamento:
a)Taxi y colectivo:265.0682 UMA
b)Urbano, suburbano y foráneo:296.8764 UMA
c)Carga, escolar, exclusivo de turismo, recreativo y transporte
de personal de empresas:
164.3422 UMA
d)Carga especializada en modalidad de grúa:
Tipo ”A”:795.2046 UMA
Tipo ”B”:530.1364 UMA
Tipo ”C”:318.0818 UMA
e)Rural mixto, carga-pasaje:265.0682 UMA
XI.Por la transferencia por fallecimiento del titular de una concesión para prestar el servicio público de transporte en la modalidad de taxi, colectivo, rural mixto, urbano, suburbano, foráneo, carga, escolar, exclusivo de turismo o transporte de personal de empresas:
53.0136 UMA
XII.Por la autorización para prestar el servicio de depósito y custodia de vehículos, de acuerdo con el Reglamento de la
Ley de Tránsito y Transporte:
530.1364 UMA
Revalidación anual:159.0409 UMA
XIII.Por la transferencia por cesión de derechos de una concesión para prestar el servicio público de transporte en
las modalidades siguientes:
a)Taxi, colectivo, urbano, suburbano, foráneo, carga, escolar,
exclusivo de turismo y transporte de personal de empresas:
212.0545 UMA
b)Rural mixto:159.0409 UMA
No se causarán estos derechos cuando la transferencia se realice por personas físicas para constituir una moral, siempre y cuando la aportación a la sociedad sea la concesión. Cuando la persona física enajene o transfiera su titularidad en la sociedad, se generará el pago previsto en
esta fracción.
Capítulo Tercero
De los Derechos Prestados por La Secretaría de Finanzas y Planeación
Por los servicios prestados por la Secretaría, se causarán y pagarán los derechos siguientes:
A.Por la certificación de documentos públicos, o por la expedición de copias de documentos que obren en los expedientes administrativos, por hoja:
1.0602 UMA
I.
Por la emisión de constancias de cumplimiento de obligaciones fiscales:
10.6027 UMA
II
Por la emisión de constancias de registro de contador público autorizado:
24.9164 UMA
B.
Por registro y control de vehículos de servicio privado:
I.Alta en el Registro Estatal de Contribuyentes de un vehículo nuevo o usado con dotación de placas, calcomanía numeral y tarjeta de circulación:
a)
Para automóvil, camión y ómnibus:
10.6027 UMA
b)Para remolque y motocicleta:5.3014 UMA
II.Derechos de control vehicular, el cual deberá pagarse en los meses de enero a abril, sin perjuicio del pago de cualquier impuesto relativo a la posesión o uso de vehículos. El recibo oficial de pago será el comprobante fiscal:
a)
Automóvil, camión y ómnibus:
9.5424 UMA
b)Remolque y motocicleta:5.3013 UMA
III.Baja de vehículo en el Registro Estatal de Contribuyentes por siniestro, robo, inutilidad del vehículo, cambio de propietario, de servicio, o a otra entidad federativa, por solicitud de canje de placas, destrucción de calcomanía numeral y pérdida de una o las dos placas:
a)
Previa devolución de las dos placas y la tarjeta de circulación:
1.0602 UMA
b)Sin la devolución de una placa:3.1808 UMA
c)Sin la devolución de las dos placas:5.3013 UMA
d)Sin la devolución de la tarjeta de circulación:3.1808 UMA
IV.Baja de vehículos registrados en otra entidad federativa:8.4821 UMA
V.Reposición de la tarjeta de circulación por robo, extravío o deterioro de la misma, así como por fusión o escisión de sociedades:
2.6506 UMA
VI.
Cambios en el Registro Estatal Vehicular que implican la reexpedición de tarjeta de circulación en los casos de cambio de propietario, de domicilio, de motor, de color, de uso, de capacidad, de combustible, o por error u omisión:
a)
Previa devolución de la tarjeta de circulación anterior:
4.2410 UMA
b)Sin la devolución de la tarjeta de circulación anterior:6.3616 UMA
VII.Por el canje de placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral, dentro del plazo establecido por el Ejecutivo del Estado, atendiendo a las disposiciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes relacionadas con el canje masivo de estos conceptos y cumplir con los requisitos que exige la Norma Oficial Mexicana, previa comprobación de estar al corriente en el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos y Derechos de Registro y Control de Vehículos:
12.7232 UMA
VIII.Canje de placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral fuera del plazo establecido por el Ejecutivo del Estado:
21.2054 UMA
C.
Por Registro y control de vehículos de servicio público:
I.Alta en el Registro Estatal de Contribuyentes de un vehículo nuevo o usado con dotación de placas, calcomanía numeral y tarjeta de circulación expedida por la Dirección General de Tránsito y Transporte del Estado, para taxi, colectivo, escolar, exclusivo turismo, transporte de personal de empresas, urbano, suburbano y foráneo, rural mixto, carga general, carga materialista y carga especializada:
8.4822 UMA
II.
Derechos de Control Vehicular, el cual deberá pagarse en los meses de enero a abril, sin perjuicio del pago de cualquier impuesto relativo a la posesión o uso de vehículos. El recibo oficial de pago será el comprobante fiscal:
9.5424 UMA
III.
Reposición de tarjeta de circulación por robo, extravío o deterioro de la misma, así como por fusión o escisión de sociedades:
2.6506 UMA
IV.
Baja de vehículos en el Registro Estatal de Contribuyentes por: siniestro, robo, inutilidad del vehículo, cambio de propietario, cambio de servicio, reasignación, transferencia por cesión de derechos de una concesión, o por el fallecimiento del titular de una concesión; cambio a otra entidad federativa, por solicitud de canje de placas, destrucción de calcomanía numeral y pérdida de una o las dos placas:
a)
Previa devolución de las dos placas y la tarjeta de circulación:
1.0602 UMA
b)Sin la devolución de una placa:3.1808 UMA
V.Cambios en el registro estatal vehicular que implican la reexpedición de tarjeta de circulación en los casos de cambio de propietario, de domicilio, de motor, de color, de uso, de capacidad, de combustible, o por error u omisión:
a)
Previa devolución de la tarjeta de circulación anterior:
2.1205 UMA
b)Sin la devolución de la tarjeta de circulación anterior:4.2410 UMA
VI.Por el canje de placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral, dentro del plazo establecido por el Ejecutivo del Estado, atendiendo a las disposiciones de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes relacionadas con el canje masivo de estos conceptos y cumplir con los requisitos que exige la Norma Oficial Mexicana, previa comprobación de estar al corriente en el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos o del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y derechos de registro y control de vehículos:
12.7232 UMA
VII.
Canje de placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral fuera del plazo establecido por el Ejecutivo del Estado:
21.2054 UMA
D.
Por servicios prestados por la Dirección General del Patrimonio del Estado:
I.
Por trabajo técnico. Por lote:
3.1808 UMA
II.Por replanteo de linderos. Por lote:3.1808 UMA
III.Por el levantamiento de Poligonal envolvente a propietarios. Por hectárea:19.0849 UMA
IV.Por subdivisión de lotes:2.1205 UMA
V.Por la certificación de cada hoja de copias de planos:2.1205 UMA
VI.Por inspección técnica. Por lote:2.1205 UMA
VII.Por la reproducción de planos:4.2410 UMA
VIII.Por la realización de estudios socioeconómicos a solicitante de lote:
0.1696 UMA
Por los servicios telegráficos, telefónicos y radiotelefónicos que presta la Secretaría de Comunicaciones, a través de su red de telecomunicaciones del Estado, se causarán los derechos conforme a las siguientes cuotas:
I.Conferencias en casetas telefónicas con líneas comunales de magneto:
a)Por 3 minutos:
0.0106 UMA
b)Por minuto excedente:
0.0530 UMA
II.Abonados. Telefónicos en línea comunal de magneto, mensualmente:
1.0603 UMA
Por los servicios prestados por la Secretaría de Educación, se causarán:
I.Por el trámite de expedición de cédula de inscripción y de reinscripción en los siguientes niveles educativos:
a)
Educación media superior :
0.2651 UMA
b)Educación terminal:1.0603 UMA
c)Educación superior:
1.Normal básica :1.6030 UMA
2.Normal superior :1.5904 UMA
3.Universidades Pedagógicas:
3.1. Licenciatura :1.5904 UMA
3.2. Educación continua:3.1808 UMA
3.3. Postgrado :6.3616 UMA
II.Por la emisión de la constancia de cumplimiento de requisitos para la presentación de exámenes:
a)
A título de suficiencia para alumnos no promovidos de sexto grado de educación primaria:
0.5301 UMA
b)
A título de suficiencia para alumnos que no cursaron alguna materia del Plan de estudios del nivel medio superior vigente:
0.5301 UMA
c)De regularización para alumnos de los planteles de secundaria, bachillerato, de educación superior, educación terminal y Universidades Pedagógicas:
d)
e)
III.Trámite de expedición y reexpedición de documentos:
a)Por los certificados de estudios de niveles de educación terminal,
medio superior y superior:1.0603 UMA
b)Por los duplicados de certificados de estudios de educación primaria, especial, secundaria, terminal, media superior y
superior:1.0603 UMA
c)Por la reposición de kárdex en secundarias:0.2651 UMA
d)Por la certificación de kárdex de estudios de educación normal:0.7952 UMA
e)Por el duplicado de credencial de educación superior:0.5301 UMA
f)Por la constancia de calificaciones en el nivel superior:0.5301 UMA
g)Por el duplicado de boleta de calificaciones de estudios de
educación superior:1.0603 UMA
h)Por el duplicado de constancia de servicio social:0.2651 UMA
i)Por Título profesional:
1.Universidades Pedagógicas:2.6507 UMA
2.En los demás casos:2.1205 UMA
j)A punto y raya de examen profesional:1.0603 UMA
k)A punto y raya de título profesional:1.0603 UMA
l)Reposición del dictamen de equivalencia o revalidación de
estudios:2.3856 UMA
IV.Por trámites relacionados con la autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en planes y programas de instituciones particulares:
a)Por la solicitud, trámite y resolución de autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios :
1.Educación básica e inicial:106.0273 UMA
2.Educación media superior:116.6300 UMA
3.Educación superior:127.2327 UMA
4.Capacitación para el trabajo:106.0273 UMA
b)Por alumno inscrito en instituciones particulares que cuentan con planes y programas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios :
0.5301 UMA
c)Por solicitud, trámite y resolución del refrendo anual de la autorización de estudios o reconocimiento de validez oficial de estudios :
1.Educación básica e inicial:3.1808 UMA
2.Educación media superior:5.3014 UMA
3.Educación superior:7.4219 UMA
4.Capacitación para el trabajo:3.1808 UMA
d)Por solicitud, trámite y resolución de cambio o ampliación de domicilio; de cambio de titular o de planes y programas de estudio en el acuerdo por el que se otorgó el reconocimiento de validez oficial de estudios o la autorización de estudios, en su caso :
1.Educación básica e inicial:21.2055 UMA
2.Educación media superior:31.8082 UMA
3.Educación superior:42.4109 UMA
4.Capacitación para el trabajo:21.2055 UMA
e)Por la solicitud y trámite para la actualización de plantilla docente, directiva, cambio de turno o cambio de denominación de la institución educativa, que preste servicios educativos con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios :
1.Educación básica e inicial:2.1205 UMA
2.Educación media superior:2.1205 UMA
3.Educación superior:2.1205 UMA
4.Capacitación para el trabajo:2.1205 UMA
f)Por concepto de visitas de verificación en el trámite para obtener el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior
en la modalidad no escolarizada o mixta, a distancia:42.4109 UMA
V.Por el trámite de expedición de la constancia de convalidación, revalidación y equivalencia de estudios en los niveles de educación primaria y secundaria:
1.0603 UMA
VI.Por el trámite de expedición de la constancia de convalidación, revalidación y equivalencia de estudios en los niveles de
educación terminal y media superior:2.6507 UMA
VII.Por el trámite de expedición de la constancia de convalidación, revalidación y equivalencia de estudios en los niveles de educación superior:
5.3014 UMA
VIII.Por el trámite de expedición del documento de autorización de traslado de alumnos de educación superior de Estado:1.0603 UMA
IX.
Por los trámites relativos al ejercicio profesional:
a)Por registro de instituciones que imparten educación media superior y superior:47.7123 UMA
b)Por el registro de carreras:24.3863 UMA
c)Por el registro de firmas autorizadas para la expedición de documentos o sellos para cancelarlos:6.3616 UMA
d)Por la enmienda de los registros sobre instituciones que impartan
educación profesional:19.0849 UMA
e)
Por el registro de título profesional, de diploma, de especialidad y de gasto académico:
10.6027 UMA
f)
Por el registro y autorización para colegios de profesionistas:
31.8082 UMA
g)Por la enmienda con relación a colegios de profesionistas:10.6027 UMA
h)Por la Inscripción de un asociado a un colegio de profesionistas que no figure en el registro original:
2.1205 UMA
i)
Por la expedición a pasantes de credencial de autorización para ejercer la profesión:
5.3014 UMA
j)
Por la expedición a pasantes de segunda credencial de autorización para ejercer la profesión:
11.6630 UMA
k)
Por la expedición a pasantes de tercera credencial de autorización para ejercer la profesión:
13.7835 UMA
l)
Por la reposición de credencial de autorización a pasantes para ejercer la profesión:
9.5425 UMA
m)
Por el registro de instituciones que imparten Educación Profesional Técnica:
24.3863 UMA
n)
Por las enmiendas a los registros de instituciones que imparten Educación Profesional Técnica:
19.0849 UMA
o)
Por la enmienda con relación a título profesional, de diploma, de especialidad y de grado académico:
3.1808 UMA
p)
Por el duplicado de cédula profesional:
13.7835 UMA
q)Por la reposición de cédula profesional:5.3014 UMA
r)Por el registro de títulos profesionales de otras universidades del país:
10.6027 UMA
s)
Por la gestoría de tramitación de registros de títulos profesionales y expedición de cédula profesional ante la Secretaría de Educación Pública:
7.4219 UMA
t)
Por el cotejo de documentos:
4.2411 UMA
u)Por la expedición de constancias de registro:4.2411 UMA
v)Por la expedición de autorización provisional para ejercer, por encontrarse el título profesional en trámite:6.3616 UMA
w)
Por la expedición de constancias de archivo:
4.2411 UMA
x)Por la gestoría de tramitación de registro de instituciones que imparten educación media superior y superior ante la Secretaría de Educación Pública:
10.6027 UMA
y)
Por la expedición de constancia de documentación en trámite:
1.0603 UMA
No se cobrarán los derechos a que se refiere esta fracción cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos:
1.Por los registros correspondientes, a las instituciones que imparten educación profesional en el Estado de Veracruz, que dependan de la Secretaría de Educación de Veracruz.
2.Por autorización para el ejercicio profesional, por registro de título profesional y por expedición de cédula profesional a los maestros con título específico para enseñanza en cualquiera de sus grados.
Por los servicios prestados por la Secretaría de Medio Ambiente, se causarán y pagarán los derechos siguientes:
I.Por la recepción, evaluación y autorización de expedientes en materia de impacto y riesgo ambiental de los proyectos de obras o actividades:
a)
Por conceptos de recepción, evaluación y autorización de la memoria técnica ambiental promovida por particulares:
Uso/Rango 1 a 5,000 m2
Industrial:
31.8082 UMA
Comercial:
31.8082 UMA
Servicios:
15.9041 UMA
Uso/Rango Más de 5,001 m2
Industrial:42.4109 UMA
Comercial:42.4109 UMA
Servicios:31.8082 UMA
b)Por concepto de recepción, evaluación y autorización de la manifestación de impacto y riesgo ambiental.
1.De actividades referidas en la fracción III del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:
Rango
De 1 a 10,000 m2:95.4246 UMA
Más de 10,000 m2:190.8491 UMA
2.De actividades referidas en la fracción IV del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental, excepto mármol, arena de sílice o de cuarzo y materia prima para fabricar cemento :
Rango
De 1 a 10,000 m2:95.4246 UMA
Más de 10,000 hasta 50,000 m2:190.8491 UMA
Mas 50,000 hasta 100,000 m2:233.2600 UMA
Más de 100,000 m2:318.0819 UMA
3.De actividades referidas en la fracción IV del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental que incluya mármol, arena de sílice o de cuarzo y materia prima para fabricar cemento :
Rango
De 1 a 10,000 m2:190.8491 UMA
Más de 10,000 hasta 50,000 m2:233.2600 UMA
Más de 50,000 hasta 100,000 m2:318.0819 UMA
Más de 100,000 m2:530.1364 UMA
4.De actividades referidas en la fracción V del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:
Centros de acopio, almacenaje, reuso y reciclaje:
Rango/Uso
De 1 a 5,000 m2:31.8082 UMA
De más de 5,000 m2:63.6164 UMA
Instalaciones para el tratamiento, transformación, transporte y disposición final o eliminación de residuos sólidos:
Rango/Uso
De 1 a 10,000 m2:106.0273 UMA
Más de 10,000 hasta 50,000 m2:159.0409 UMA
Más de 50,000 hasta 100,000 m2:318.0819 UMA
Más de 100,000 m2:424.1092 UMA
5.De actividades referidas en la fracción VI del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:
Rango
De 1 a 5,000 m2:106.0273 UMA
Más de 5,000 hasta 10,000 m2:159.0409 UMA
Más de 10,000 hasta 50,000 m2:318.0819 UMA
Más de 50,000 hasta 100,000 m2:530.1364 UMA
Más de 100,000 m2:636.1637 UMA
6.De actividades referidas en la fracción VII del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental, se aplicarán los montos establecidos en el artículo 194-H de la Ley Federal de Derechos con su aplicación de acuerdo a los criterios ambientales de la tabla A y la clasificación de la Tabla B señalados en dicho artículo.
7.De actividades referidas en la fracción VIII, IX, XIV y XVII del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental promovidas por particulares:
Rango
De 1 a 5,000 m2:106.0273 UMA
Más de 5,000 a 10,000 m2:159.0409 UMA
De más de 10,000 m2:265.0682 UMA
8.De actividades referidas en la fracción X del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:
Urbanas:
Rango/Uso
De 1 a 5,000 m2:212.0546 UMA
De más de 5,000 m2:318.0819 UMA
Rurales:
Rango/Uso
De 1 a 5,000 m2:212.0546 UMA
De más de 5,000 m2:265.0682 UMA
Marinas:
Rango/Uso
De 1 a 5,000 m2:159.0409 UMA
De más de 5,000 m2:318.0819 UMA
Carreteras:
Rango/Uso
De 1 a 5,000 m2:371.0955 UMA
De más de 5,000 m2:371.0955 UMA
Especiales:
Rango/Uso
De 1 a 5,000 m2:159.0409 UMA
Más de 5,000 m2:212.0546 UMA
9.De actividades referidas en la fracción XI del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:
Rango/Uso
De 1 a 5,000 m2:106.0273 UMA
Más de 5,000 a 10,000 m2:212.0546 UMA
Más de 10,000 m2:318.0819 UMA
10.De actividades referidas en la fracción XIII del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:
Rango/Uso
De 1 a 5,000 m2:159.0409 UMA
Más de 5,000 a 10,000 m2:
265.0682 UMA
Más de 10,000 a 20,000 m2:318.0819 UMA
Más de 20,000 a 40,000 m2:424.1092 UMA
Más de 40,000 a 60,000 m2:477.1228 UMA
Más de 60,000 m2:530.1364 UMA
11. De actividades referidas en la fracción XV del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental promovidas por particulares:
Uso
Crematorios:212.0546 UMA
Cementerios:
Rango/Uso
De 1 a 10,000 m2:159.0409 UMA
Más de 10,000 a 20,000 m2:212.0546 UMA
Más de 20,000 m2:265.0682 UMA
12. De actividades referidas en la fracción XVI del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:
Rango
De 1 a 5,000 m2:84.8218 UMA
Más de 5,000 hasta 10,000 m2:127.2327 UMA
Más de 10,000 m2:169.6437 UMA
13. De actividades referidas en la fracción XIX del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental, quedan exentas las acciones de restauración:
Rango
De 1 a 10,000 m2:84.8218 UMA
Más de 10,000 m2:127.2327 UMA
14.De actividades referidas en la fracción XX del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental, quedan exentas las acciones de restauración:
Rango
De 1 a 5,000 m2:106.0273 UMA
Más de 5,000 a 10,000 m2:212.0546 UMA
Más de 10,000 m2:318.0819 UMA
II.Por la evaluación y autorización de prórroga de plazos o modificación de las autorizaciones en materia de impacto y riesgo ambiental para proyectos de obras o actividades de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:
a)
Se cobrará el treinta por ciento de lo establecido en el inciso anterior de conformidad con la fracción que corresponda a la actividad que se pretenda prorrogar o modificar.
III.
Por concepto de recepción, evaluación y autorización del proyecto de sistema de tratamiento de aguas residuales, independientemente del uso o rango:
63.6164 UMA
IV.
En materia de verificación vehicular obligatoria, en los términos establecidos en la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental y en el Programa Estatal de Verificación Vehicular Obligatoria y sus modificaciones:
a)Por pago de servicios de verificación vehicular estática en centro de verificación
autorizado con expedición de certificado holográfico:
1.Verificación de vehículos con motor a gasolina, gas licuado de petróleo o gas natural; o expedición de constancia técnica de verificación :
5.3014 UMA
2.Por verificación a vehículos con motor a diésel; o
expedición de constancia técnica de verificación :5.3014 UMA
b)Por pago de servicios de verificación vehicular dinámica en el verificentro autorizado:
1.Verificación con expedición de holograma tipo dinámico
estatal:5.3014 UMA
2.Verificación con expedición de holograma tipo “0”:5.3014 UMA
3.Verificación con expedición de holograma tipo “00”:10.6027 UMA
4.Expedición de constancia de verificación vehicular por extravío de certificado:
1.0603 UMA
c)Por el otorgamiento de concesión para prestar los servicios de verificación vehicular:
1.Centro de verificación estática para todo tipo de vehículo automotor:
1,314.7384 UMA
2.Verificentro homologado con verificación dinámica:1,378.3547 UMA
3.Línea adicional para el control de verificación estática o
dinámica, en el mismo sitio donde otorgó la concesión:795.2047 UMA
d)Por refrendo anual de concesión de verificación vehicular:265.0682 UMA
e)Por cesión de derechos de concesión para operar un centro de
verificación vehicular o verificentro, en términos de lo dispuesto por las leyes aplicables y el programa de verificación vehicular:
657.3692 UMA
V.Verificación industrial de emisiones de contaminación atmosférica. Por concepto de recepción, evaluación y otorgamiento de licencia ambiental de funcionamiento:
84.8218 UMA
VI.Por concepto de la realización de consulta pública y reunión pública de información de acuerdo a lo señalado en el artículo 43 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:
84.8218 UMA
VII.Por concepto de la autorización de aprovechamiento de sustancias minerales que constituyan depósitos de acuerdo al artículo 117 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:
a)Todas aquellas excepto mármol, arena de sílice o de cuarzo y materia prima para fabricar cemento :
Rango
De 1 a 10,000 m2:95.4246 UMA
Más de 10,000 a 50,000 m2:190.8491 UMA
Más de 50,000 a 100,000 m2:233.2600 UMA
Más de 100,000 m2:318.0819 UMA
b)Que incluya mármol, arena de sílice o de cuarzo y materia prima para fabricar cemento :
Rango
De 1 a 10,000 m2:190.8491 UMA
Más de 10,000 a 50,000 m2:233.2600 UMA
Más de 50,000 a 100,000 m2:318.0819 UMA
Más de 100,000 m2:530.1364 UMA
VIII.Por concepto de la evaluación y otorgamiento de autorizaciones de: sitios de disposición final de residuos sólidos no peligrosos y de la instalación y operación de centros de acopio de residuos sólidos no peligrosos para su clasificación, reuso, tratamiento y reciclaje en coordinación con las autoridades del municipio, de acuerdo al artículo 175 incisos c) y e) de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:
Centros de acopio, almacenaje, reúso y reciclaje:
Rango/Uso
De 1 a 5,000 m2:21.2055 UMA
Más de 5,000 m2:53.0136 UMA
Instalaciones para el tratamiento, transformación, transporte y disposición final o eliminación de residuos sólidos:
Rango/Uso
De 1 a 10,000 m2:95.4246 UMA
Más de 10,000 a 50,000 m2:127.2327 UMA
Más de 50,000 a 100,000 m2:212.0546 UMA
Más de 100,000 m2:318.0819 UMA
IX.Por concepto del otorgamiento de autorizaciones para el manejo de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
a)
Por concepto del Registro de transporte de residuos de manejo especial, de conformidad con la normatividad aplicable:
Rango
De 0 a 50:63.6164 UMA
De 51 a 100:84.8218 UMA
De 101 a 200:106.0273 UMA
Después de 200 vehículos, el incremento de los mismos, causará un derecho de 60 UMA por cada 100 vehículos.
b)
Por concepto de autorizaciones a los establecimientos dedicados a la reutilización, reciclado, remanufactura y tratamiento de residuos de manejo especial, de acuerdo a la normatividad aplicable:
42.4109 UMA
c)
Por concepto del informe mediante Cédula Estatal de operación anual para los Generadores de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial, de acuerdo a la normatividad aplicable:
21.2055 UMA
d)
Por concepto de la aprobación de un plan de manejo propuesto por particulares de acuerdo al artículo 55 de la Ley de Prevención y gestión integral de residuos sólidos urbanos y de manejo especial:
10.6027 UMA
X.
Por la elaboración de los dictámenes de congruencia de ordenamiento ecológico, en términos de la Ley Estatal de Protección Ambiental y los Programas de Ordenamiento Ecológico respectivos:
2.1205 UMA
Por los servicios prestados por la Secretaría de Desarrollo Social en materia de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, se causarán y cobrarán los siguientes derechos:
I.Certificación de documentos. Por hoja:0.6892 UMA
II.Certificación de copias de planos. Por hoja:4.4001 UMA
III.
Estudio y expedición de licencias de uso del suelo, actualización y reconsideración de las mismas, así como regularizaciones de uso del suelo:
Uso pretendido
Residencial:10.6027 UMA
Interés social:21.2025 UMA
Popular:5.3014 UMA
Comercial:26.5068 UMA
Estaciones de Servicio y Gaseras:53.0136 UMA
Turístico:31.8082 UMA
Industrial:53.0136 UMA
Agropecuario:5.3014 UMA
Servicios:10.6027 UMA
Mixto:26.5068 UMA
IV.
Elaboración de dictamen de desarrollo urbano integral Sustentable y Dictamen de Factibilidad Regional Sustentable:
Uso pretendido
Residencial:31.8082 UMA
Interés social:21.2055 UMA
Popular:5.3014 UMA
Comercial:53.0136 UMA
Estaciones de Servicio y Gaseras:79.5205 UMA
Turístico:53.0136 UMA
Industrial:79.5205 UMA
Agropecuario:10.6027 UMA
Servicios:15.9041 UMA
Mixto:63.6164 UMA
V.
Elaboración de Dictamen Técnico de Uso de Suelo:
Uso pretendido
Interés social:15.9041 UMA
Popular:5.3014 UMA
VI.Elaboración de constancia de zonificación:10.7618 UMA
VII.
Evaluación y dictaminación para la autorización o regularización de fusiones y subdivisiones. Por superficie de la o las fracciones que se desprenden o fusionan:
Rango
De 1 a 500 m2:10.6027 UMA
Más de 500 hasta 1,000 m2:15.9041 UMA
Más de 1000 hasta 3,000 m2:21.2055 UMA
Más de 3000 hasta 5,000 m2:31.8082 UMA
Más de 5000 a 10,000 m2:53.0136 UMA
Por cada 10,000 m2:58.3150 UMA
Para fracciones mayores a 10,000 m2 en las que fehacientemente se compruebe que el uso que se les otorgará será agrícola o ganadero el pago de derechos corresponderá a:
79.6795 UMA
VIII.
Evaluación y dictaminación para la autorización de publicación, proyecto de lotificación e inicio de obra parcial y relotificación, e inicio de obra definitiva, regularización o prórroga para la ejecución de las obras de urbanización. Por superficie que se lotifica:
Rango
Hasta 4,999 m2:26.5068 UMA
Más de 4,999 hasta 9,999 m2:31.8082 UMA
Más de 9,999 hasta 29,999 m2:37.1096 UMA
Más de 29,999 hasta 49,999 m2:42.4109 UMA
Más de 49,999 hasta 99,999 m2:47.7123 UMA
Por cada 100,000 m2:53.0136 UMA
IX.
Revisión y expedición de dictamen técnico-legal o autorización de fraccionamiento para la celebración del Convenio Notarial. Por trámite:
37.2686 UMA
X.
Revisión y evaluación para la autorización de la preventa con reserva de dominio, así como enajenación de lotes o traslado de dominio parcial o total. Por superficie que se traslada:
Rango
Hasta 4,999 m2:26.5068 UMA
De 5,000 a 9,999 m2:31.8082 UMA
De 10,000 a 29,999 m2:37.1096 UMA
De 30,000 a 49,999 m2:42.4109 UMA
De 50,000 a 99,999 m2:47.7123 UMA
Por cada 100,000 m2:53.0136 UMA
XI.
Evaluación, determinación y actualización del monto de fianza o notificación de garantía para la ejecución de las obras. Por trámite:
16.0631 UMA
XIIElaboración de acta de entrega final del fraccionamiento:16.0631 UMA
Por los servicios prestados a los sectores públicos y privados que los soliciten, a la Secretaría de Protección Civil se causarán y cobrarán los siguientes derechos:
I.Certificación de documentos. Por hoja:0.2650 UMA
II.Por cada certificación de copias de plano:2.1205 UMA
II.
la emisión de dictámenes técnicos de instalaciones públicas y privadas, existentes y futuras.
Tipo
De vulnerabilidad y riesgo:84.8218 UMA
De seguridad de suelo y riesgo:84.8218 UMA
De determinación de zona de riesgo:63.6164 UMA
De reubicación de asentamientos humanos:63.6164 UMA
De espectáculos especializados:74.2190 UMA
En estos casos, la Secretaría de Protección Civil estará facultada para incrementar el monto hasta por 20 UMA adicionales en cada rubro, cuando la superficie del inmueble sea superior a los 500 m2.
IV.
Por la expedición del registro de las organizaciones civiles especializadas, asociaciones y colegios de profesionistas vinculados a la protección civil:
21.2055 UMA
V.
Por impartición de cada curso de capacitación a personas morales o físicas como entidades del sector privado:
63.6164 UMA
VI.
Por registro como tercero acreditado que por su actividad y experiencia se vinculen con la protección civil para llevar a cabo cursos de capacitación, estudios de riesgo vulnerabilidad, programas internos y especiales:
Persona Moral:
84.8218 UMA
Persona Física:63.6164 UMA
VII.Renovación de registro como terceros acreditados.
Persona Moral:42.4109 UMA
Persona Física:31.8082 UMA
VIII.Por la autorización de programas especiales de Protección Civil que se presenten para la realización de un evento o espectáculo en el Estado de Veracruz para promotores particulares, se pagará:
Aforo del evento:
De 1 a 1,000 asistentes:42.4109 UMA
De 1,001 a 5,000 asistentes:63.6164 UMA
De 5,001 a 10,000 asistentes:84.8218 UMA
De 10,001 en adelante:95.4246 UMA
X.Por servicios de supervisión y apoyo por parte de personal especializado en materia de protección civil, durante el desarrollo del espectáculo en el Estado de Veracruz, se pagará conforme a las siguientes cuotas:
Por cada elemento operativo por día:4.2411 UMA
Por supervisor por día:6.3616 UMA
Por vehículo de emergencia por día:7.4219 UMA
La Dependencia podrá realizar exenciones de pago de derechos, cuando se trate de casos de interés social o popular de autoconstrucción.
El monto de recaudación de los derechos mencionados en este precepto, se destinará a financiar el gasto público en materia de protección civil, por lo que una vez recaudado será entregado, cada tres meses, por la Secretaría a la Dependencia competente en la materia.
Por los servicios prestados por la Secretaría de Salud, se causarán y pagarán los derechos siguientes:
I.Por concepto de cuota anual por alta de cada trabajador adscrito a una unidad prestadora de servicios médicos, de guardería, o de velación, independientemente de las funciones que desempeñe:
21.2055 UMA
II.
Por concepto de baja o cualquier otro movimiento de personal, de cada trabajador adscrito a una unidad prestadora de servicios médicos, de guardería, o de velación, independientemente de las funciones que desempeñe:
10.6027 UMA
Este derecho será acreditable al 100% contra el pago el Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal.
III.
Por la expedición de licencias y validación de planos:
0.0318 UMA por m2
IV.
Por asignación de perito en materia de construcción en el sector privado:
21.2055 UMA
V.
Por la expedición de Licencias a lospanteones y funerarias del sector privado:
27.5671 UMA
VI.
Por la expedición de licencias a baños públicos, gimnasios y clubes deportivos:
27.5671 UMA
VII.
Por expedición de licencias para la prestación de servicios respecto a establecimientos de hospedaje y restaurantes:
27.5671 UMA
VIII.Por visita de verificación sanitaria en escuela de nivel básico a solicitud del usuario:
53.0136 UMA
IX.
Por expedición de licencia a los establecimientos de servicios de salud:
31.8082 UMA
X.
Por curso de capacitación a solicitud del usuario en el manejo higiénico de alimentos:
10.6027 UMA
XI.Por asesoría a solicitud del usuario sobre cumplimiento de
legislación en materia de tabaco:
21.2055 UMA
XII.Por capacitación a solicitud del usuario sobre el buen uso
y manejo de plaguicidas:
21.2055 UMA
XIII.Por curso de capacitación a solicitud del usuario sobre
manejo y dispensación de medicamentos:
21.2055 UMA
XIV.Por asesoría a solicitud del usuario sobre calidad del agua
:
42.4109 UMA
XV.
Por muestreo a solicitud del usuario de sistemas de abastecimiento de agua :
84.8218 UMA
Por los servicios prestados por la Contraloría General se causarán y pagarán los derechos siguientes:
I.Por servicios prestados por la Dirección General d e Responsabilidades y Situación Patrimonial:
a)
Por la expedición de cada constancia de no inhabilitación:
1.0603 UMA
Se causarán y pagarán derechos por servicios prestados por la Administración Pública Paraestatal a través de las entidades que se mencionan a continuación
Por los servicios prestados por el Colegio de Bachilleres del Estado de Veracruz:
I.Trámitedeexpedicióndeconstanciade cumplimiento de requisitos para presentar examen
2.9688
II.de admisión:
Trámite de expedición de cédula de preinscripción:
1.2723UMA
UMA
III.
Trámite de expedición de constancia de estudios:
0.4241
UMA
IV.
Trámite de expedición de constancias diversas:
0.4241
UMA
V.
Trámite de expedición de certificado incompleto:
3.6049
UMA
VI.
Trámite de expedición de certificado completo:
3.6049
UMA
VII.
Trámitedeexpedicióndeconstanciade equivalencia de estudios:
2.2266
UMA
VIII.
Trámite de reexpedición de credencial:
0.9542
UMA
IX.
Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para presentar examen de recuperación I:
1.4844
UMA
X.
Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para presentar examen de recuperación II:
1.8025
UMA
XI.
Trámitedeexpedicióndeconstanciade
cumplimiento de requisitos para presentar examen
de recuperación III:2.2266UMA
XII.Trámitedeexpedicióndeconstanciade cumplimiento de requisitos para presentar examen
especial:2.2266UMA
XIII.Trámite de expedición de duplicado de boleta:0.6362UMA
XIV.Trámite de expedición de duplicado de certificado
completo:4.4531UMA
XV.Trámite de expedición de duplicado de certificado
incompleto:4.4531UMA
XVI.Curso especial de preparación para examen de ingresoainstitucióndeeducaciónsuperior
:5.1953UMA
XVII.Curso especial de preparación para examen de ingreso a institución de educación superior :
13.7835UMA
XVIII.Trámite de inscripción al primer semestre:7.5279UMA
XIX.Trámite de inscripción del segundo al sexto
semestre:6.8918UMA
XX.Trámites relativos a la Unidad de nivelación académica en horario discontinuo :
A.Trámite de inscripción al primer semestre
unidad de nivelación académica en horario5.8315UMA
discontinuo :
B. Trámite de inscripción del segundo al sexto4.2411UMA
semestre unidad de nivelación académica en horario discontinuo :
Por servicios prestados por el Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Veracruz:
V.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
XX.Trámite de reposición de certificado:2.1630UMA
XXI.
Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitosparapresentarexamendenivelación,
extraordinario y suficiencia:1.0603UMA
XXII.Parcialidades del trámite de expedición de la constancia de cumplimiento de requisitos para nuevo ingreso carrera
tecnológica:6.3616UMA
XXIII.Parcialidades del trámite de expedición de la constancia de cumplimiento de requisitos para nuevo ingreso carrera de
servicios:7.4219UMA
XXIV.Parcialidades del trámite de expedición de la constancia de cumplimiento de requisitos para reinscripción carrera tecnológica:
5.8421UMA
XXV.Parcialidades del trámite de expedición de la constancia de cumplimiento de requisitos para reinscripción carrera de servicios:
6.7009UMA
Por servicios prestados por el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Veracruz:
I.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento
de requisitos para presentar examen de admisión:
2.1205
UMA
II.Derogado.
III.Derogado.
IV.Trámite de expedición de duplicado de boleta:0.2121UMA
V.Trámite de expedición de duplicado de constancia:
a) Estudios con o sin calificación:0.3181UMA
b) Acreditación de servicio social:0.3181UMA
c) Acreditación de prácticas profesionales:0.3181UMA
d) Competencias por módulo:0.3181UMA
VI.Trámite de expedición de duplicado de credencial
plastificada:
0.8482
UMA
VII.Trámite de expedición de certificado completo:1.1663UMA
VIII.Trámite de expedición de certificado incompleto:0.8482UMA
IX.Trámitedeexpedicióndecédulaparacurso
intersemestral:
1.6964
UMA
X.Trámite del acto protocolario de titulación1.6964UMA
XI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento
de requisitos para presentar examen de recuperación:
0.2121
UMA
XII.Gastos administrativos no educativos2.1205UMA
XIII.Trámite de expedición de carta de buena conducta:0.3181UMA
XIV.Derogado.
XV.Trámite de expedición de cédula para curso de
titulación:
6.8918
UMA
XVI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para presentar examen de conocimiento
:
5.1953
UMA
XVII.Trámite de expedición de cédula de inscripción:
a) Tres Valles:6.0436UMA
b) Papantla:6.0436UMA
c) Benito Juárez:6.0436UMA
d) Naolinco de Victoria:6.0436UMA
e) Vega de Alatorre:6.0436UMA
f) Huitzila Soledad Atzompa:6.0436UMA
g) Coxquihui:6.0436UMA
h) La Laguna – Uxpanapa:6.0436UMA
i) Huayacocotla:6.0436UMA
j) Agua Dulce:7.3689UMA
k) Pajapan:6.0436UMA
l) Filomeno Mata:6.0436UMA
m) Platón Sánchez:6.0436UMA
n) Atzalan:6.0436UMA
o) San Rafael:6.0436UMA
p) Omealca:6.0436UMA
q) Huatusco:6.0436UMA
r) La Camelia:6.0436UMA
s) Ejido las Lomas:6.0436UMA
t) Colonia Ciudad Olmeca:7.3689UMA
u) Guayalejo:6.0436UMA
v) Fraccionamiento Puente Moreno6.0436UMA
XVIII.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:
a) Tres Valles:6.0436UMA
b) Papantla:6.0436UMA
c) Benito Juárez:6.0436UMA
d) Naolinco de Victoria:6.0436UMA
e) Vega de Alatorre:6.0436UMA
f) Huitzila Soledad Atzompa:6.0436UMA
g) Coxquihui:6.0436UMA
h) La Laguna – Uxpanapa:6.0436UMA
i) Huayacocotla:6.0436UMA
j) Agua Dulce:7.3689UMA
k) Pajapan:6.0436UMA
XXIV.Trámite de expedición de cédula de reinscripción con
XXV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento
Por los servicios prestados por la Comisión del Agua del Estado de Veracruz:
I.Cuota de contratación de servicio de agua urbana:
a) Popular:30.5359UMA
b) Interés social:44.4371UMA
c) Urbano medio:58.3340UMA
d) Residencial:79.3477UMA
e) Comercial bajo consumo:79.3477UMA
f) Comercial alto consumo:149.1775UMA
g) Industrial:193.5974UMA
II.Cuota de contratación de servicio de sistema rural:
a) Popular:19.4504UMA
b) Urbano medio:30.5662UMA
c) Comercial bajo consumo:58.3340UMA
d) Industrial:193.5974UMA
III.Cuota de contratación de servicio de drenaje:
a) Popular:13.9055UMA
b) Interés social:20.8410UMA
c) Urbano medio:27.7765UMA
d) Residencial:47.6242UMA
e) Comercial bajo consumo:38.0890UMA
f) Comercial alto consumo:79.3477UMA
g) Industrial:95.2138UMA
IV.Reconexión de tomas de agua:8.3433UMA
V.Cambio de nombre:2.7984UMA
VI.Constancia de no adeudo:
a) No usuarios:2.7984UMA
b) Usuarios:1.4078UMA
VII.Gastos de notificación:1.0603UMA
VIII.Prueba hidrostática:69.4325UMA
IXExpedición de recibo:0.1468UMA
X.Mano de obra :2.7984UMA
XI.Materiales para instalación de la toma de agua:13.9055UMA
XII.Medidor de ½ pulgada:7.9460UMA
XIII.Facturación de recibos:0.1060UMA
XIV.Bitácoras:8.6370UMA
XV.Concursos:43.1848UMA
XVI.Servicio de Vactor:
a) Por hora:16.4417UMA
b) Por día:131.5333UMA
XVII.Factibilidad de sistemas rurales servicio residencial de
agua potable y saneamiento:
10.7606
UMA
XVIII.Factibilidad de sistemas pequeños servicio residencial de
agua potable y saneamiento:
19.7351
UMA
XIXFactibilidad de sistemas medianos servicio residencial de
agua potable y saneamiento:
29.5919
UMA
XX.Sistemas grandes servicio residencial de agua potable y
saneamiento:
47.7774
UMA
XXI.Sistemas rurales servicio urbano medio de agua potable
y saneamiento:
8.6086
UMA
XXII.Sistemas pequeños servicio urbano medio de agua
potable y saneamiento:
15.8182
UMA
XXIII.Sistemas medianos servicio urbano medio de agua
potable y saneamiento:
23.6736
UMA
XXIV.Sistemas grandes servicio urbano medio de agua potable38.6739UMA
y saneamiento:
XXV.Sistemas rurales:
a) Servicio de interés social de agua potable:6.4565UMA
b) Servicio de interés social de saneamiento:6.4565UMA
XXVI.Sistemas pequeños:
a) Servicio de interés social de agua potable:11.8368UMA
b) Servicio de interés social de saneamiento:8.9313UMA
XXVII.Sistemas medianos:
a) Servicio de interés social de agua potable:17.7552UMA
b) Servicio de interés social de saneamiento:13.3432UMA
XXVIII.Sistemas grandes:
a) Servicio de interés social de agua potable:29.0108UMA
b) Servicio de interés social de saneamiento:21.7366UMA
Por los servicios prestados por el Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Veracruz:
I.Trámite de expedición de documentos:0.5832UMA
II.
Exámenes :
16.6251
UMA
III.
Cursos regulares:
7.9839
UMA
Por los servicios prestados por el Instituto de Espacios Educativos del Estado
de Veracruz:
I.Bitácora de obra paquete 1:97.7572UMA
II.
Bitácora de obra paquete 2:
27.8110
UMA
III.
Segunda bitácora de obra:
4.4107
UMA
IV.
Bitácora para estudios y proyectos:
13.0414
UMA
V.
Letrero de obra, adicional:
14.7696
UMA
VI.
Bases de licitación para adquisición de mobiliario
74.7810
UMA
VII.
Expedición de copias certificadas:
0.2500
UMA
Por el uso temporal de bienes del Instituto Veracruzano de la Cultura:
I.Recinto sede Ex Convento Betlehemita:
a)Sala oriente:
1. Comercial:86.4122UMA
2. Privado:43.1531UMA
3. Institucional:30.2178UMA
b)Capilla:
1. Comercial:51.8473UMA
2. Privado:34.5649UMA
3. Institucional:25.8707UMA
c)Usos múltiples:
1. Comercial:51.8473UMA
2. Privado:34.5649UMA
3. Institucional:25.8707UMA
d)Claustro:
1. Comercial:17.2824UMA
2. Privado:17.2824UMA
3. Institucional:8.5882UMA
e)Jardín:
1.Comercial:86.4122UMA
2.Privado:60.4356UMA
3.Institucional:43.1531UMA
II.Museo Agustín Lara:
a)Arrendamiento:
1.Alquiler por 5 horas:34.5649UMA
2.Cuota mínima:17.2824UMA
b)Entradas:
1.General:0.2121UMA
2.Estudiantes e INAPAM:0.1060UMA
III.Centro Veracruzano de las Artes :
a ) Salón de usos múltiples “Juan Vicente Melo”:
1.Sin mobiliario:
i.Comercial:17.2824UMA
ii.Privado:12.9353UMA
iii.Escuelas:8.5882UMA
2.Con sillas y presídium:
i.Comercial:25.8707UMA
ii.Privado:21.6296UMA
iii.Escuelas:17.2824UMA
3.Uso de los pianos:43.1531UMA
b)Salón de interdisciplina:
1.Con mobiliario:
i.Comercial:25.8707UMA
ii. Privado:17.2824UMA
iii. Escuelas:12.9353UMA
2.Uso de los pianos:43.1531UMA
c)Salones profesionales de danza I y II:
1. Comercial:17.2824UMA
2. Privado:12.9353UMA
3. Escuelas:8.5882UMA
4. Uso de los pianos:43.1531UMA
d)Salones de artes escénicas:
1.Sin mobiliario:
i.Comercial:
13.7835
UMA
ii. Privado:10.3907UMA
iii. Escuelas:6.8918UMA
2. Con sillas y presídium:
i. Comercial:25.8707UMA
ii. Privado:21.6296UMA
iii. Escuelas:17.2824UMA
3. Uso de los pianos:43.1531UMA
e)Sala de lectura “Emilio Carballido”:
1.Comercial:
10.3907
UMA
2. Privado:6.8918UMA
3. Escuelas:3.4989UMA
4. Uso de los pianos:43.1531UMA
i) Cursos y Talleres:5.1953UMA
f)Hora por curso, taller o diplomado:0.5301UMA
IV.Escuela Libre de Música:
a)Cursos y Talleres:
1.Inscripción
12.9353
UMA
2.Mensualidad6.0436UMA
3.Inscripción con beca6.4677UMA
V.Centro para el Desarrollo Artístico Integral :
a) Cursos y Talleres:
1. Inscripción8.5882UMA
2. Mensualidad3.3929UMA
VI.Centro Cultural Atarazanas:
a) Patio central para eventos sociales:
259.1307
UMA
b) Cursos y talleres :4.3471UMA
VII.Teatro de la Reforma:
a) Recinto teatral:
1. Comercial:690.9798UMA
2. Privado:518.2614UMA
3. Institucional:345.4369UMA
4. Cuota mínima:172.7185UMA
5. Apoyo personal técnico:51.8473UMA
1. Ensayo:99.7717UMA
2. Lobby:25.0224UMA
VIII.Teatro del Estado “General Ignacio de la Llave”:
a)Recinto teatral:
1.Comercial:
690.9798
UMA
2. Privado:518.2614UMA
3. Institucional:345.4369UMA
4. Cuota mínima:172.7185UMA
5. Apoyo personal técnico:51.8473UMA
6. Ensayo:99.7717UMA
7. Mezzanine:66.5851UMA
8. Lobby:25.0224UMA
b) Sala chica “Dagoberto Guillaumín”:
1. Comercial:259.1307UMA
2. Privado:172.7185UMA
3. Institucional:120.8711UMA
4. Cuota mínima:86.4122UMA
5. Apoyo personal técnico:120.8711UMA
IX.Galería de Arte Contemporáneo: auditorio y patio para brindis:
X.Jardín de las Esculturas:
25.8707UMA
a)Salón de usos múltiples:13.7835UMA
b)Patio central para eventos sociales:
c)Cursos y talleres:51.8473UMA
1. Niños:4.3471UMA
2. Adultos:5.1953UMA
XI.Museo de Arte del Estado:
a.Patio Central para eventos sociales:518.2614UMA
b.Patio del segundo claustro para eventos sociales y
culturales:345.4369UMA
c.Sala de exposiciones temporales:103.6947UMA
d.Sala de usos múltiples:51.8473UMA
e.Toma de fotografías para XV años y bodas:43.1531UMA
f.
g.Toma de fotografías para graduaciones:
Entradas:51.8473UMA
1. General0.2121UMA
2. Estudiante e INAPAM0.1060UMA
XII.Casa de Cultura de Coatepec:
a) Cursos y talleres:5.1953UMA
XIII.Museo "Teodoro Cano" :
a) Alquiler por 5 horas:
17.2824
UMA
b) Cuota mínima:8.5882UMA
XIV.Ágora de la Ciudad :
a) Alquiler por 5 horas:69.1298UMA
b) Cuota mínima :34.5649UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Veracruzano de la Vivienda:
I.Trabajos técnicos:2.2266UMA
II.Gastos de escrituración:3.4989UMA
III.Gastos de cobranza:2.1205UMA
IV.Gastos de operación:12.0871UMA
Por los servicios prestados por el Instituto de la Policía Auxiliar y Protección Patrimonial, cuotas en turnos de 12 horas:
I.Seguridad y Protección de Personas :15.5818UMA
II.Protección y Vigilancia de lugares y establecimientos públicos
y privados :
5.2133
UMA
III.Vigilancia y seguridad de eventos públicos y privados:5.6088UMA
IV.Servicio de patrulla con conductor:49.6128UMA
Por el uso temporal de bienes o servicios prestados por el Instituto Veracruzano del Deporte:
I.Albercas:0.5182UMA
II.Albercas estudiantes:0.3455UMA
III.Canchas:0.3455UMA
IV.Canchas estudiante:0.2591UMA
V.Senectud y discapacitados :0.5301UMA
VI.Porcentaje de energía eléctrica :0.8637UMA
VII.Natación:
a) Natación :2.8627UMA
b) Natación :6.4677UMA
c) Natación bebés personalizado: 12.2992UMA
d) Natación semi personalizada: 7.9520UMA
e) Natación embarazadas:7.3159UMA
VIII.Clavados:
a) Clavados :2.8627UMA
b) Clavados :4.8773UMA
IX.Aquazumba:5.7255UMA
X.Acondicionamiento físico:1.6964UMA
XI.Renta de auditorio :6.8918UMA
XII.Visitas gimnasio:0.5301UMA
XIII.Frontón:
a) Frontón :2.8627UMA
b) Frontón :4.8773UMA
XIV.Triatlón :7.3159UMA
XV.Raquetbal:
a) Raquetbal :2.8627UMA
b) Raquetbal :2 clases por semana5.7255UMA
c) Raquetbal : 3 clases por semana7.2099UMA
XVI.Squash:
a) Squash :2.8627UMA
b) Squash :2 clases por semana5.7255UMA
c) Squash : 3 clases por semana7.2099UMA
XVII.Tenis de mesa:
a) Tenis de mesa :2.8627UMA
b) Tenis de mesa : 2 clases por semana5.0893UMA
c) Tenis de mesa : 3 clases por semana5.7255UMA
XVIII.Esgrima:
a) Esgrima :2.8627UMA
b) Esgrima :
2 clases por semana
5.7255
UMA
XIX.Instalación deportiva Arena Veracruz:
a) Taekwondo :
3 clases por semana
8.4822
UMA
b) Taekwondo :
5 clases por semana
8.4822
UMA
c) Gimnasia rítmica : 3 clases por semana
10.1786UMA
d) Judo : 2 clases por semana2.8627UMA
e) Judo : 5 clases por semana5.7255UMA
f) Luchas asociadas :3 clases por semana3.6049UMA
g) Luchas asociadas :
2 clases por semana
4.2411
UMA
h) Zumba :0.2863UMA
i) Karate : 2 clases por semana4.3471UMA
j) Karate : 3 clases por semana5.0893UMA
k) Gimnasia trampolín 3 clases por semana5.7255UMA
XX.Gimnasio Romary Rifka:
a) Individual :2.8627UMA
b) Individual :5.7255UMA
c) Estudiantes :2.8627UMA
d) Estudiantes :3.6049UMA
e) Adulto mayor :2.8627UMA
f) Adulto mayor :3.6049UMA
g) Visita o sesión:0.4241UMA
h) Anualidad individual:28.6274UMA
i) Anualidad estudiantes:21.8416UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Acayucan:
I.Trámite de expedición de ficha de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de admisión:11.9175UMA
II.Trámite de expedición de cédula de inscripción a licenciatura:29.8043UMA
III.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:23.8349UMA
IV.Trámite de reposición de credencial:1.4844UMA
V.Trámitedeexpedicióndeduplicadodeconstanciasin
calificaciones:
0.6362
UMA
VI.Trámite de expedición de duplicado de constancia con
calificaciones:
0.6892
UMA
VII.Trámite de expedición de duplicado de boletas:0.6362UMA
VIII.Trámite de expedición de duplicado de kárdex:0.8270UMA
IX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar exámenes especiales:
2.3856
UMA
X.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar exámenes globales:
2.1948
UMA
XI.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés:10.8148UMA
XII.Trámite de expedición de constancia de acreditación del idioma
inglés:
4.7712
UMA
XIII.Trámite de expedición de duplicado de certificado de estudios
incompletos no legalizado:
5.7149
UMA
XIV.Trámite de expedición de certificado de estudios incompletos
legalizado:
15.4906
UMA
XV.Paquete de egresado:20.0392UMA
XVI.Acto protocolario de recepción profesional:11.9175UMA
XVII.Trámite de expedición de título profesional validado y legalizado
en el Estado:
27.9806
UMA
XVIII.Trámite de registro de título profesional y Trámite de expedición
de cédula profesional en la DGP:
40.5236
UMA
XIX.Trámite de expedición de cédula para curso de titulación:238.3812UMA
XX.Trámite de expedición de reposición de credencial de biblioteca:0.7952UMA
XXI.Trámite de expedición de duplicado constancia de servicio
social:
0.6362
UMA
XXII.Trámite de expedición de duplicado constancia de seguro social:0.6362UMA
XXIII.Trámite de expedición de cédula para curso de verano :
13.1156
UMA
XXIV.Trámite de expedición de cédula para curso de verano :
143.0308
UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Álamo - Temapache:
I.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento
de requisitos para el acta de examen profesional:
3.3929
UMA
II.Trámite de acto protocolario:7.9520UMA
III.Trámite de expedic ión de carta de buena conducta:1.0603UMA
IV.Trámite de expedición de carta de pasante:9.9666UMA
V.Trámite de expedición de certificado oficial completo:12.4052UMA
VI.Trámitedeexpedicióndecertificadooficial
incompleto:
12.4052
UMA
VII.Trámitedeexpedicióndeconstanciacon
calificaciones:
1.0603
UMA
VIII.Trámite de expedición de constancia de estudios:0.8482UMA
IX.Trámite de expedición de constancia de inglés:1.0603UMA
X.Trámite de expedición de constancia de no adeudo de
materias:
0.8482
UMA
XI.Trámite de expedición de constancias de residencias
profesionales:
0.8482
UMA
XII.Trámite de expedición de constancia de servicio
social:
0.8482UMA
XIII.Trámite de expedición de copia de documentos
oficiales no recientes:
1.2723
UMA
XIV.Trámite de expedición de copia de documentos
oficiales recientes:
0.8482
UMA
XV.Trámite de expedición de cédula para curso de verano
teórico:
11.5570UMA
XVI.Trámite de expedición de cédula para curso de verano
práctico:
13.2534
UMA
XVII.Trámitedeexpedicióndecédulaparacurso
propedéutico:
8.2701
UMA
XVIII.Trámite de expedición de cédula de solicitud para la
devolución documentos:
1.5904
UMA
XIX.Trámite de expedición de duplicado de boleta:1.2723UMA
XX.Trámite de expedición de duplicado de credencial:1.5904UMA
XXI.Trámite de expedición de cédula de equivalencia de
estudios:
12.4052
UMA
XXII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para la presentación del examen de
ubicación de inglés:
3.3929
UMA
XXIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento
de requisitos para presentar examen especial:
9.9666
UMA
XXIV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para presentar examen extraordinario de
inglés:
3.3929
UMA
XXV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento
de requisitos para presentar examen global:
13.2534
UMA
XXVI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento
de requisitos para presentar examen profesional:
13.2534
UMA
XXVII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento
de requisitos para ficha de examen de admisión:
13.2534
UMA
XXVIII.Trámite de expedición de cédula de inscripción de
nuevo ingreso:
33.1865
UMA
XXIX.Trámite de expedición de cédula de reinscripción
oportuna:
26.6128UMA
XXX.Trámite de expedición de cédula de reinscripción
extemporánea:
28.2033
UMA
XXXI.Trámite de legalización de certificado profesional
:
12.4052UMA
XXXII.Trámite de expedición de título:33.1865UMA
XXXIII.Trámite de expedición de título y cédula profesional:49.7268UMA
XXXIV.Trámite de expedición de cédula para inscripción
niveles de inglés I, II, III, IV, V y VI:
13.2534
UMA
XXXV.Trámite de expedición de cédula para inscripción
niveles de inglés I, II, III, IV, V y VI extemporáneo:
14.9498
UMA
XXXVI.Trámite de expedición de kárdex:1.0603UMA
XXXVII.Trámite de reposición de carga académica:0.8482UMA
XXXVIII.Trámite de expedición de cédula de inscripción a curso
de titulación:32.6564UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Alvarado:
I.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para ficha de examen de admisión:
13.8896
UMA
II.Trámite de expedición de cédula de inscripción escolarizado
:
22.5838
UMA
III.Trámitedeexpedicióndecéduladeinscripción
semiescolarizado :
31.2781
UMA
IV.Trámite de expedición de cédula de reinscripción escolarizado:22.5838UMA
V.Trámitedeexpedicióndecéduladereinscripción
semiescolarizado:
31.2781
UMA
VI.Trámitedeexpedicióndecéduladereinscripción
extemporánea escolarizado:
33.9287
UMA
VII.Trámitedeexpedicióndecéduladereinscripción
extemporánea semiescolarizado:
46.8641
UMA
VIII.Trámite de expedición de cédula de baja temporal:0.9542UMA
IX.Trámite de expedición de cédula de baja definitiva:3.6049UMA
X.Trámite de expedición reposición credencial estudiante:1.6964UMA
XI.Trámite expedición de duplicado de documentos:1.2723UMA
XII.Trámite de expedición de constancia de estudios con y sin
calificaciones:
1.2723
UMA
XIII.Trámite de expedición de kárdex:1.2723UMA
XIV.Se deroga.
XV.Se deroga.
XVI.Se deroga.
XVII.Trámite de expedición de cédula para curso de verano:156.6023UMA
XVIII.Trámite de expedición de cédula para curso de verano de
intercambio:
13.8896
UMA
XIX.Trámite de expedición de constancia de liberación de inglés:5.3014UMA
XX.Trámite de expedición de constancia de liberación residencia:11.3449UMA
XXI.Trámite de expedición de constancia de acreditación idioma
inglés:
9.5425
UMA
XXII.Trámite de expedición o duplicado de certificado de estudios
completo:
15.6920
UMA
XXIII.Trámite de expedición o duplicado de certificado de estudios
incompleto:
12.1931
UMA
XXIV.Trámite de expedición de carta pasante:6.3616UMA
XXV.Paquete de titulación:86.9424UMA
XXVI.Trámite de expedición de constancia de no adeudo:0.8482UMA
XXVII.Trámite de expedición de cédula de inscripción a biblioteca
virtual. :
2.5447
UMA
XXVIII.Se deroga.
XXIX.Trámite de expedición de holograma para credencial de
estudiante:
0.2121
UMA
XXX.Trámite de convalidación de estudio:8.6942UMA
XXXI.Trámite de expedición de constancia de equivalencia de
estudio:
8.6942
UMA
XXXII.Trámite de expedición de cédula de reinscripción escolarizado
:
21.4175
UMA
XXXIII.Trámitedeexpedicióndecéduladereinscripción
semiescolarizado :
29.6876
UMA
XXXIV.Constancia de liberación de inglés 2.6507UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Chicontepec:
I.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen de admisión:8.0369UMA
II.Trámite de expedición de cédula de inscripción:19.2758UMA
III.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:19.2758UMA
IV.Trámite de convalidación de estudios:3.2126UMA
V.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen especial:
1.6116
UMA
VI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para presentar examen global:
1.6116
UMA
VII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para presentar examen extraordinario:
0.4771
UMA
VIII.Trámite de expedición de cédula para curso de verano:8.0369UMA
IX.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés por
modulo:
6.4253
UMA
X.Trámite de reposición de credencial:0.8058UMA
XI.Trámite de duplicado de constancia de estudios:0.4029UMA
XII.Trámite de expedición de carta de pasante:1.6116UMA
XIII.Trámite de legalización de certificado:9.6379UMA
XIV.Trámite de legalización de título:9.6379UMA
XV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen profesional:16.0631UMA
XVI.Trámite de expedición de título y cédula profesional:27.3126UMA
XVII.Trámite de expedición de certificado de licenciatura:16.0631UMA
XVIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen general de inglés:16.0631UMA
XIX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen de nivelación de inglés:4.8242UMA
XX.Trámite de expedición de duplicado de boleta de calificaciones:0.4029UMA
XXI.Trámite de expedición de duplicado de constancia de estudios:0.4029UMA
XXII.Trámite de expedición de cédula para curso de titulación:24.1000UMA
XXIII.Trámite de expedición de autorización provisional para ejercer
por estar el título en trámite:
8.0369
UMA
XXIV.Trámite de reinscripción con descuento del 10% por acuerdo
del comité académico:
17.3461
UMA
XXV.Trámite de reinscripción con descuento del 20% por acuerdo
del comité académico:
15.4270
UMA
XXVI.Trámite de reinscripción con descuento del 33% por acuerdo
del comité académico:
12.8505
UMA
XXVII.Trámite de reinscripción con descuento del 50% por acuerdo
del comité académico:
9.6379
UMA
XXVIII.Trámite de ficha nuevo ingreso con descuento del 40% por
acuerdo del comité académico:
4.8242
UMA
XXIX.Trámite de inscripción con condonación del 100% por acuerdo
del comité académico:
0.0000
UMA
XXX.Trámite de reinscripción con condonación del 100% por
acuerdo del comité académico:
0.0000
UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Coatzacoalcos:
I.Trámite de expedición de carta de actividades extraescolares:0.9861UMA
II.Trámite de expedición de certificado de inconveniencia:0.9861UMA
III.Trámite de expedición de carta de pasante:4.9091UMA
IV.Trámite de expedición de certificado oficial completo:8.1853UMA
V.Trámite de expedición de certificado oficial incompleto:7.3689UMA
VI.Trámite de expedición de certificado de estudios:1.6328UMA
VII.Trámite de expedición de constancia de baja:1.6328UMA
VIII.Trámite de expedición de constancia de no adeudo:1.6328UMA
IX.Trámite de expedición de constancia de terminación de estudios:4.0927UMA
X.Trámite de expedición de constancia de trámite de título:4.9091UMA
XI.Trámite de expedición de diploma de especialidad:4.9091UMA
XII.Trámite de expedición de duplicado de carta de buena conducta:0.9861UMA
XIII.Trámite de expedición de duplicado de boleta de calificaciones:0.9861UMA
XIV.Trámite de expedición de duplicado de constancia de estudios
con calificaciones:
0.9861
UMA
XV.Trámite de expedición de duplicado de constancia de estudios sin
calificaciones:
0.9861
UMA
XVI.Trámite de expedición de duplicado de constancia de inglés:0.9861UMA
XVII.Trámite de expedición de duplicado de constancia de liberación
de residencias profesionales:
4.0927
UMA
XVIII.Trámite de expedición de duplicado de constancia de servicio
social:
4.0927
UMA
XIX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen de admisión:
14.7378
UMA
XX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen de inglés:
8.1853
UMA
XXI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen especial:
4.0927
UMA
XXII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen extraordinario:
2.4598
UMA
XXIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen global:
3.2762
UMA
XXIV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen profesional:
16.3706
UMA
XXV.Trámite de expedición de historial académico:2.4598UMA
XXVI.Trámite de expedición de cédula de inscripción nuevo ingreso:29.4650UMA
XXVII.Trámite de legalización de certificado:9.8181UMA
XXVIII.Paquete de egresado:29.4650UMA
XXIX.Paquete de traslado:9.8181UMA
XXX.Paquete de baja temporal o definitiva:4.0927UMA
XXXI.Paquete de titulación:42.5700UMA
XXXII.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:27.8322UMA
XXXIII.Trámite de reposición de credencial de estudiante:1.6328UMA
XXXIV.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés:24.5559UMA
XXXV.Trámite de reposición de recibo oficial:0.9861UMA
XXXVI.Trámite de reposición de credencial de biblioteca:0.9861UMA
XXXVII.Uso de material bibliotecario, por día adicional al vencimiento del
préstamo:
0.3287
UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Cosamaloapan:
I.Trámite de expedición de cédula de baja definitiva:2.5447UMA
II.Trámite de expedición de certificado:8.5882UMA
III.Trámite de expedición de cédula de actividades extraescolares:1.6964UMA
IV.Trámite de expedición de constancia de avance reticular:1.6964UMA
V.Trámite de expedición de constancia de estudios:1.6964UMA
VI.Trámite de expedición de constancia de estudios de inglés:1.6964UMA
VII.Trámite de expedición de constancia de liberación de residencia:2.5447UMA
VIII.Trámite de expedición de constancia de servicio social:2.5447UMA
IX.Trámite de expedición de constancia de terminación de estudios:3.4989UMA
X.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés por módulo:6.0436UMA
XI.Trámite de expedición de cédula para curso de titulación:103.6947UMA
XII.Trámite de expedición de cédula para curso de verano:129.5653UMA
XIII.Trámite de expedición de duplicado de boleta:1.6964UMA
XIV.Trámite de expedición de duplicado de credencial plastificada:2.5447UMA
XV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen especial:
2.5447
UMA
XVI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen de admisión:
18.9789
UMA
XVII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen de inglés:
5.1953
UMA
XVIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen global:
2.5447
UMA
XIX.Trámite de expedición de cédula de registro de admisión:18.9789UMA
XX.Trámite de expedición de historial académico:1.6964UMA
XXI.Trámite de expedición de cédula de inscripción:22.4778UMA
XXII.Trámite de legalización de certificados:8.5882UMA
XXIII.Trámite de legalización de título:8.5882UMA
XXIV.Paquete de egresado:17.2824UMA
XXV.Acto protocolario de examen profesional:17.2824UMA
XXVI.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:22.4778UMA
XXVII.Trámite de expedición de título y cédula profesional:34.5649UMA
XXVIII.Trámite de expedición de carta de pasante:1.6964UMA
XXIX.Trámite de expedición de carta de buena conducta:1.6964UMA
XXX.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés tradicional:12.0871UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Huatusco:
I.Trámite de expedición ficha de admisión a distancia :4.3471UMA
II.
Trámite de expedición ficha de admisión escolarizado:
4.3471
UMA
III.
Trámite de expedición de antología propedéutica:
1.6646
UMA
IV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para presentar examen :
2.8627
UMA
V.
Trámite de expedición de cédula inscripción a distancia:
20.2512
UMA
VI.
Trámite de expedición de cédula de inscripción escolarizado:
17.4945
UMA
VII.
Trámite de expedición de cédula reinscripción escolarizado:
12.7233
UMA
VIII.
Trámite de expedición de cédula de reinscripción :
7.3159
UMA
IX.
Trámite de expedición de cédula de reinscripción extemporánea:
15.9041
UMA
X.
Trámite de expedición de constancia de estudios:
0.8482
UMA
XI.
Trámite de expedición de constancia de estudios con calificaciones:
0.8482UMA
XII.
Trámite de expedición de cédula constancia del 80% avance residencias profesionales:
0.8482
UMA
XIII.
Trámite de expedición de kárdex:
61.9517
UMA
XIV.
Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para presentar exámenes globales y especiales:
2.4916
UMA
XV.
Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para presentar examen global de inglés:
9.5425
UMA
XVI.
Trámite de expedición de constancia de no adeudo de material:
0.8482UMA
XVII.
Trámite de expedición de constancia de liberación de residencia:
0.8482
UMA
XVIII.
Trámite de expedición de constancia terminación de estudios:
0.8482UMA
XIX.
Trámite de expedición de constancia de liberación de actividades extraescolares:
0.8482
UMA
XX.
Trámite de expedición de constancia de liberación de servicio social:
0.8482
UMA
XXI.
Trámite de expedición de diploma de especialidad:
0.8482
UMA
XXII.
Ceremonia de graduación:
3.5519
UMA
XXIII.
Trámite de expedición de carta pasante:
2.4916
UMA
XXIV.
Trámite de expedición de carta de buena conducta:
0.8482
UMA
XXV.
Trámite de expedición de certificado de estudios profesionales:
7.4219
UMA
XXVI.
Trámite de legalización de certificado:
9.9772
UMA
XXVII.
Acto protocolario:
9.9772
UMA
XXVIII.
Trámite de expedición de acta de exención de examen profesional:
2.1205
UMA
XXIX.Trámite de elaboración de título profesional:12.2355UMA
XXX.
Trámite de validación de título profesional:
12.2355
UMA
XXXI.
Trámite de legalización de título profesional:
9.9772
UMA
XXXII.
Trámite de registro de título y cédula profesional:
29.6876
UMA
XXXIII.
Trámite de expedición de cédula baja definitiva:
0.8482
UMA
XXXIV.
Trámite de expedición de cédula baja temporal:
0.8482
UMA
XXXV.
Trámite de expedición de cédula para curso de verano práctico:
11.6630
UMA
XXXVI.
Trámite de expedición de cédula para curso de verano teórico:
9.9772
UMA
XXXVII.
Trámite de expedición de cédula para curso de inglés:
8.3125
UMA
XXXVIII.
Trámite de expedición de cédula para curso de titulación:
99.7505
UMA
XXXIX.
Trámite de expedición de duplicado de boleta:
0.8482
UMA
XL.
Trámite de expedición de reposición de credencial:
1.4844
UMA
XLI.
Trámite de expedición de cédula de reinscripción a distancia:
16.9644
UMA
XLII.
Trámite de expedición de cédula de reinscripción extemporánea a distancia:
22.2657
UMA
XLIII.
Trámite de expedición de cédula de reinscripción por traslado:
7.2523
UMA
XLIV.
Trámite de expedición de cancelación y cambio de residencia profesional y servicio social:
2.4916
UMA
XLV.
Trámite de expedición de duplicado de carga académica:
0.8482
UMA
XLVI.
Trámite de expedición de constancia de convalidación de estudios:
3.0112
UMA
XLVII.
Trámite de expedición de constancia de equivalencia de estudios:
3.0112
UMA
XLVIII.Trámite de expedición de cédula de reinscripción por convalidación:7.2523UMA
XLIX.
Trámite de expedición de cédula de reinscripción sistema escolarizado :
9.5425
UMA
L.Trámite de expedición de cédula de reinscripción sistema escolarizado
:
6.3616
UMA
LI.Trámite de expedición de cédula de reinscripción sistema escolarizado
:
3.1808
UMA
LII.Trámite de expedición de cédula de reinscripción sistema a distancia
:
12.7233
UMA
LIII.Trámite de expedición de cédula de reinscripción sistema a distancia
:
8.4822
UMA
LIV.Trámite de expedición de cédula de reinscripción sistema a distancia
:4.2411UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Juan Rodríguez Clara:
I.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para
ficha de examen de admisión:
12.0871
UMA
II.Trámite de expedición de cédula de inscripción:16.4130UMA
III.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:12.9565UMA
IV.Trámite de reposición de credencial:2.0781UMA
V.Trámite de expedición de duplicado de constancias con calificaciones:1.2087UMA
VI.Trámite de expedición de duplicado de constancias:0.6044UMA
VII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para
presentar examen extraordinario:
1.8131
UMA
VIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para
presentar examen global:
5.2696
UMA
IX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para
presentar examen especial:
5.2696
UMA
X.Trámite de expedición de cédula para curso de verano:13.8154UMA
XI.Trámite de expedición de duplicado de certificado de estudios validado
o legalizado:
9.5000
UMA
XII.Paquete de egresado:60.5416UMA
XIII.Trámite de expedición de carta de pasante:5.1847UMA
XIV.Acto protocolario de titulación:22.4566UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Las Choapas:
I.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para ficha de examen de admisión:
4.9091
UMA
II.Trámite de expedición de cédula de inscripción:19.8059UMA
III.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:19.9543UMA
IV.Trámite de expedición de cédula de baja definitiva:4.3259UMA
V.Trámite de reposición de credencial:1.4738UMA
VI.Trámitedeexpedicióndeconstanciadeestudioscon/sin
calificaciones:
0.8164
UMA
VII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen global:
3.2444
UMA
VIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen especial:
4.3259
UMA
IX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen especial foráneo:
8.6412
UMA
X.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen extraordinario:
2.3220
UMA
XI.Trámite de expedición de cédula para curso de verano:14.0486UMA
XII.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés:9.7227UMA
XIII.Trámite de expedición de constancia de acreditación de inglés:5.4074UMA
XIV.Trámite de expedición de certificado de estudios incompleto:8.6412UMA
XV.Trámite de expedición o duplicado de certificado de estudios completo
legalizado:
14.0486
UMA
XVI.Trámite de expedición de carta de pasante:3.2444UMA
XVII.Paquete de egresado:21.6084UMA
XVIII.Trámite de expedición de acta de recepción profesional, haciendo
constar la presentación del examen:
12.9671
UMA
XIX.Trámite de expedición de acta de recepción profesional, haciendo
constar la exención de examen:
10.8042
UMA
XX.Trámite de expedición de título y cédula profesional:38.9014UMA
XXI.Trámite de expedición de duplicado de boleta:0.8164UMA
XXII.Trámite de expedición de duplicado de carta de buena conducta:0.8164UMA
XXIII.Trámite de expedición de duplicado de constancia de servicio social:0.8164UMA
XXIV.Trámite de expedición de duplicado de constancia de residencia
profesional:
0.8164
UMA
XXV.Trámite de expedición de historial académico:0.8164UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Martínez de la Torre:
I.Trámite de expedición de carta de buena conducta:0.8482UMA
II.Trámitedeexpedicióndecertificadooficial:
14.6318
UMA
III.Trámite de expedición de constancia con calificaciones:0.8482UMA
IV.Trámite de expedición de constancia de estudios:0.8482UMA
V.Trámite de expedición de constancia de no adeudo de material:0.8482UMA
VI.Trámite de expedición de cédula de solicitud para la devolución de
documentos:
0.8482
UMA
VII.Trámite de expedición de duplicado de credencial:1.6964UMA
VIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen especial:
6.8918
UMA
IX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen extraordinario:
1.6964
UMA
X.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen global:
6.8918
UMA
XI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para ficha de examen de admisión:
15.6920
UMA
XII.Trámite de expedición de cédula de inscripción y reinscripción
:
20.7813
UMA
XIII.Trámite de expedición de cédula de inscripción y reinscripción
:
25.8707
UMA
XIV.Trámite de expedición de duplicado de boleta:1.0603UMA
XV.Trámite de expedición de constancia de traslado:5.1953UMA
XVI.Trámite por traslado:5.1953UMA
XVII.Trámite de expedición de duplicado de carga académica:0.8482UMA
XVIII.Trámite de convalidación de estudios:8.5882UMA
XIX.Trámite de expedición de constancia de equivalencia de estudios:8.5882UMA
XX.Trámite de expedición de cédula para curso de verano:12.0871UMA
XXI.Trámite de expedición de cédula para curso de preparación para el
ingreso al nivel superior:
13.7835
UMA
XXII.Trámite de expedición de cédula para curso de lengua adicional al
español :
13.7835
UMA
XXIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de ubicación :
1.6964
UMA
XXIV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para presentar examen de acreditación de la lengua adicional al
español:
6.8918
UMA
XXV.Trámite de expedición de kárdex:0.8482UMA
XXVI.Trámite de expedición de carta de pasante:2.5447UMA
XXVII.Trámite de expedición de constancia de exención de examen
profesional:
3.8170
UMA
XXVIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen profesional:
13.1474
UMA
XXIX.Trámite de expedición de duplicado de acta de examen profesional:2.5447UMA
XXX.Acto protocolario:7.2099UMA
XXXI.Trámite de expedición de título:25.8707UMA
XXXII.Trámite de expedición de cédula profesional:34.5649UMA
XXXIII.Trámite de expedición de título y cédula profesional:50.0449UMA
XXXIV.Trámite de expedición de cédula profesional provisional:12.0871UMA
XXXV.Trámite de legalización de título:11.0268UMA
XXXVI.Trámite de expedición de cédula de curso de titulación:46.5884UMA
XXXVII.Trámite de expedición de cédula de examen de liberación del idioma
inglés:
10.3907
UMA
XXXVIII.Trámite de expedición de cédula de participación a congresos de
ingenierías:12.4264UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Misantla:
I.Trámite de expedición de acta de examen profesional:1.1663UMA
II.Acto protocolario:9.9772UMA
III.Trámite de expedición de carta de buena conducta:1.6646UMA
IV.Trámite de expedición de carta de pasante:4.9833UMA
V.Trámitedeexpedicióndecertificadooficial:
14.1334
UMA
VI.Trámite de expedición de constancia con calificaciones:0.8270UMA
VII.Trámite de expedición de constancia de estudios:0.8270UMA
VIII.Trámite de expedición de constancia de no adeudo de material:0.8270UMA
IX.Trámite de expedición de constancia de residencias profesionales:0.8270UMA
X.Trámite de expedición de duplicado de constancia de servicio
social:
0.8270
UMA
XI.Trámite de expedición de cédula para curso de verano:
a) Práctico:13.3064UMA
b) Teórico:10.8042UMA
XII.Trámite de expedición de cédula de solicitud para devolución de
documentos:
0.8270
UMA
XIII.Trámite de expedición de duplicado de credencial:1.6646UMA
XIV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de inglés:
9.9772
UMA
XV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen especial:
2.5447
UMA
XVI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen extraordinario:
2.1205
UMA
XVII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen extraordinario extemporáneo:
2.5447
UMA
XVIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen global:
6.8918
UMA
XIX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen profesional:
13.3064
UMA
XX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para ficha de examen de admisión:
18.2897
UMA
XXI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para ficha de examen de admisión extemporánea:
19.9543
UMA
XXII.Ceremonia de graduación:6.6479UMA
XXIII.Trámite de expedición de cédula de inscripción primer semestre:34.9148UMA
XXIV.Trámite de expedición de cédula de reinscripción tercer semestre en
adelante:
33.2502
UMA
XXV.Trámite de expedición de cédula de inscripción y reinscripción
:
41.5627
UMA
XXVI.Trámite de expedición de cédula de reinscripción por traslado:66.5109UMA
XXVII.Servicios extraordinarios de centro de información:
a) Por día/préstamo externo:0.1696UMA
b) Por hora/préstamo interno:0.1060UMA
XXVIII.Trámite de registro de tema de titulación:3.3293UMA
XXIX.Trámite de expedición de título profesional:58.1878UMA
XXX.Trámite de expedición de duplicado de boleta:1.6646UMA
XXXI.Trámite de expedición de constancia de traslado:4.9833UMA
XXXII.Trámite de expedición de cancelación y cambio de residencias
profesional y servicio social:
4.3471
UMA
XXXIII.Trámite de expedición de duplicado de carga académica:1.6646UMA
XXXIV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para ficha de examen de admisión modalidad abierta:
19.9543
UMA
XXXV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para ficha de examen de admisión modalidad abierta extemporánea:
22.4778
UMA
XXXVI.Trámite de expedición de cédula de inscripción primer semestre
modalidad abierta:
42.4003
UMA
XXXVII.Trámite de expedición de cédula de reinscripción tercer semestre en
adelante modalidad abierta:
40.7357
UMA
XXXVIII.Trámite de expedición de cédula de inscripción y reinscripción
extemporánea modalidad abierta:
49.8752
UMA
XXXIX.Servicio Internet inalámbrico por semestre:4.3471UMA
XL.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés 80 horas:13.3064UMA
XLI.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés 60 horas:9.9772UMA
XLII.Trámite de expedición de cédula de nivel de inglés 40 horas:8.3125UMA
XLIII.Trámite de expedición de constancia de convalidación de estudios:8.3125UMA
XLIV.Trámite de expedición de constancia de equivalencia de estudios:8.3125UMA
XLV.Trámite de expedición de cédula de reinscripción por convalidación:43.1531UMA
XLVI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para cambio de ficha:
4.3471
UMA
XLVII.Trámite de examen de segunda oportunidad:1.6646UMA
XLVIII.Trámite de expedición de certificado de estudios de maestría:16.6251UMA
XLIX.Trámite de título y cédula de maestría:74.8235UMA
L.Tramite de expedición de acta de examen profesional de maestría:1.6646UMA
LI.Trámite de examen profesional de Maestría:16.6251UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Naranjos:
I.Trámite de expedición de cédula de reinscripción sabatino
:
15.5436
UMA
II.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:24.1848UMA
III.Trámite de expedición de constancias de estudios:0.6044UMA
IV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para ficha de examen de admisión:
10.3695
UMA
V.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para examen CENEVAL:
10.3907
UMA
VI.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés:12.0871UMA
VII.Trámite de refrendo extemporáneo de credencial:0.8588UMA
VIII.Trámite de reimpresión de kárdex:0.6044UMA
IX.Trámite de reimpresión de boletas:0.6044UMA
X.Trámite de expedición de certificado incompleto:8.6412UMA
XI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de ubicación de inglés:
1.2935
UMA
XII.Trámite de reposición de credencial:1.3784UMA
XIII.Gastos administrativos no educativos:0.9542UMA
XIV.Trámite de expedición de cédula de inscripción a curso de verano,
por crédito:
2.1630
UMA
XV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de segunda oportunidad extraordinario:
1.3784
UMA
XVI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar exámenes especiales o globales:
1.7282
UMA
XVII.Trámite de expedición de cédula para curso RIG PASS:16.0101UMA
XVIII.Trámite de expedición de cédula de reinscripción semiescolarizado:15.5860UMA
XIX.Trámite de expedición de cédula para curso ASPEL:4.3471UMA
XX.Trámite de expedición de constancia de liberación de servicio social
o liberación de actividades extraescolares:
0.6044
UMA
XXI.Trámite de expedición de cédula de inscripción:24.1848UMA
XXII.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés alumnos del
instituto :
12.9565
UMA
XXIII.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés alumnos
externos :
16.4130
UMA
XXIV.Trámite de expedición de cédula para curso de Inglés alumnos
docentes :
11.2283
UMA
XXV.Trámite de expedición de carta de pasante:5.1847UMA
XXVI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para la presentación del examen profesional y elaboración del acta
de examen profesional:
11.2283
UMA
XXVII.Acto protocolario:6.9130UMA
XXVIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para la exención de examen profesional:
3.4565
UMA
XXIX.Trámite de expedición de título y cédula:27.6413UMA
XXX.Trámite de legalización de documentos:5.1847UMA
XXXI.Trámite de expedición de cédula de inscripción y reinscripción, altas
y bajas:
27.6413
UMA
XXXII.Servicio de internet inalámbrico :0.0848UMA
XXXIII.Trámite de expedición de cédula de inscripción y reinscripción
sabatino, altas y bajas:
19.0001
UMA
XXXIV.Trámite de expedición de certificado completo:5.1847UMA
XXXV.Trámite de expedición de solicitud de designación de sinodales para
examen profesional:
14.9923
UMA
XXXVI.Trámite de liberación por retraso en entrega de libros en la biblioteca
escolar:
0.1378
UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Pánuco:
I.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de admisión:
14.6828
UMA
II.Trámite de expedición de cédula de inscripción:25.9109UMA
III.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:21.5924UMA
IV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen especial:
2.5911
UMA
V.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de inglés:
5.1822
UMA
VI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen global:
5.1953
UMA
VII.Trámite de expedición de boleta:0.7422UMA
VIII.Trámite de expedición de constancia de estudios sin calificaciones:0.7422UMA
IX.Trámite de expedición de constancia de estudios con calificaciones:0.7422UMA
X.Trámite de reposición de credencial:1.1557UMA
XI.Trámite de expedición de carta de buena conducta:0.7422UMA
XII.Trámite de expedición de carta de pasante:5.1953UMA
XIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen profesional:
25.8707
UMA
XIV.Trámite de expedición de título profesional:43.1531UMA
XV.Trámite de expedición de constancia de residencias:0.7422UMA
XVI.Trámite de expedición de constancia de aprobación de inglés:0.7422UMA
XVII.Trámite de expedición de constancia de cambio de residencia:0.7422UMA
XVIII.Trámite de expedición de carta de traslado:0.7422UMA
XIX.Trámite de expedición de cédula para ingresar al curso de inglés:16.4342UMA
XX.Trámite de expedición del certificado de estudios legalizado:17.2824UMA
XXI.Trámite de expedición de copia de arancel de pago:0.7422UMA
XXII.Trámite de expedición de cédula profesional:8.2701UMA
XXIII.Trámite de expedición de cédula de inscripción con beca institucional
10%:
24.9164
UMA
XXIV.Trámite de expedición de cédula de inscripción con beca institucional
20%:
19.9331
UMA
XXV.Trámite de expedición de cédula de inscripción con beca institucional
30%:
17.3885
UMA
XXVI.Trámite de expedición de cédula de inscripción con beca institucional
50%:
12.4052
UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Perote:
I.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de admisión:
16.5830
UMA
II.Trámite de expedición de cédula de inscripción:17.2739UMA
III.Trámite de expedición de cédula de inscripción extemporánea:20.7287UMA
IV.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:17.2739UMA
V.Trámite de expedición de cédula de reinscripción extemporánea:20.7287UMA
VI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen especial:
3.4565
UMA
VII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen global:
3.4565
UMA
VIII.Trámite de expedición duplicado de boleta:0.8588UMA
IX.Trámite de expedición del duplicado de constancia con calificaciones:0.8588UMA
X.Trámite de reposición de credencial:0.8588UMA
XI.Trámite de expedición de duplicado de carta de buena conducta:0.8588UMA
XII.Trámite de expedición de cédula para ingresar al curso propedéutico:12.9565UMA
XIII.Trámite de expedición de guía para el curso propedéutico:3.4565UMA
XIV.Trámite de expedición de cédula de baja definitiva:5.1847UMA
XV.Trámite de expedición o duplicado de certificado de estudios
incompletos validados:
12.0871
UMA
XVI.Trámite de expedición de certificado de estudios:13.8154UMA
XVII.Trámite de expedición de la carta de pasante:4.3153UMA
XVIII.Trámite de expedición de acta de recepción profesional:10.3643UMA
XIX.Trámite de expedición de cédula y título profesional:43.1849UMA
XX.Trámite de reposición de documentos oficiales:0.4318UMA
XXI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de acreditación del idioma inglés:
6.0459
UMA
XXII.Trámite de expedición de cédula para el módulo de inglés:5.1822UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Poza Rica:
I.Acto protocolario:7.3795UMA
II.Trámite de expedición de carta de pasante:4.9091UMA
III.Trámite de expedición del certificado completo:18.0140UMA
IV.Trámite de expedición del certificado incompleto:13.1050UMA
V.Trámite de expedición de cédula para ingresar al curso propedéutico:24.5559UMA
VI.Trámite de expedición del duplicado de boleta:
0.5725
UMA
VII.Trámite de expedición del duplicado de carta de buena conducta:0.5725UMA
VIII.Trámite de expedición del duplicado de constancia:0.5725UMA
IX.Trámite de expedición del duplicado de credencial:0.8906UMA
X.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen profesional:
13.4231
UMA
XI.Trámite de expedición de cédula profesional:36.0175UMA
XII.Trámite de expedición de título:28.6486UMA
XIII.Trámite de expedición de título y cédula profesional:54.0315UMA
XIV.Trámite de expedición de cédula de inscripción:52.3881UMA
XV.Trámite de legalización de certificado:11.4509UMA
XVI.Trámite de legalización de título:11.3767UMA
XVII.Trámite de registro de matrícula mensual en maestría:32.0096UMA
XVIII.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:49.1224UMA
XIX.Trámite de expedición de cédula de baja definitiva:1.3890UMA
XX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen especial:
2.5341
UMA
XXI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de admisión:
21.2903
UMA
XXII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen extraordinario:
1.6010
UMA
XXIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para exentar examen profesional:
4.0927
UMA
XXIV.Trámite de expedición de cédula provisional:
13.9108
UMA
XXV.Trámite de expedición de duplicado de acta de examen:3.2762UMA
XXVI.Trámite de expedición de constancia de convalidación de estudios:
5.2377
UMA
XXVII.Trámite de opinión técnica para la emisión de la constancia de
equivalencia de estudios:
6.7115
UMA
XXVIII.Trámite de reposición de credencial de biblioteca:0.9648UMA
XXIX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para ficha de examen de admisión para extensiones de Coyutla,
Tihuatlán y Zozocolco de Hidalgo:
10.2422
UMA
XXX.Trámite de expedición de constancia de inscripción para extensiones
Coyutla y Zozocolco de Hidalgo:
25.2133
UMA
XXXI.Trámite de expedición de constancia de reinscripción para
extensiones de Coyutla y Zozocolco de Hidalgo:
23.6335
UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de San Andrés Tuxtla:
I.Trámite de expedición de cédula de baja definitiva:3.4989UMA
II.Trámite de expedición de cédula de baja temporal:3.4989UMA
III.Trámite de expedición de carta de buena conducta:0.8482UMA
IV.Trámite de expedición de constancia de no inconveniencia:0.8482UMA
V.Trámite de expedición de carta de pasante:2.5447UMA
VI.Trámite de certificación de estudios:0.8482UMA
VII.Trámite de expedición del certificado oficial completo:12.0871UMA
VIII.Trámite de expedición de certificado oficial incompleto:8.5882UMA
IX.Trámite de expedición de constancia de terminación de estudios:1.6964UMA
X.Trámite de expedición de constancia de trámite de título:1.6964UMA
XI.Trámite de expedición de cédula para ingresar al curso de
AUTOCAD:
8.5882
UMA
XII.Trámite de expedición de cédula para ingresar al curso de inglés:4.3471UMA
XIII.Trámite de expedición de cédula para ingresar al curso de
titulación:
77.7180
UMA
XIV.Trámite de expedición de cédula para diplomado de habilidades
gerenciales:
34.5649
UMA
XV.Trámite de expedición del duplicado de boleta de calificaciones:0.8482UMA
XVI.Trámite de expedición del duplicado de boleta de extraescolares:0.8482UMA
XVII.Trámite de expedición del duplicado de la constancia de
actividades extraescolares:
1.6964
UMA
XVIII.Trámite de expedición del duplicado de la constancia de estudios
con calificaciones:
0.8482
UMA
XIX.Trámite de expedición del duplicado de la constancia de estudios
sin calificaciones:
0.8482
UMA
XX.Trámite de expedición del duplicado de la constancia de inglés:1.3784UMA
XXI.Trámite de expedición del duplicado de la constancia de liberación
de residencia profesional:
1.6964
UMA
XXII.Trámite de expedición del duplicado de la constancia de liberación
de servicio social:
1.6964
UMA
XXIII.Trámite de expedición del duplicado de arancel :0.5301UMA
XXIV.Trámite de expedición del duplicado del carnet de biblioteca:1.3784UMA
XXV.Trámite de expedición del duplicado de la constancia de no
adeudos:
1.6964
UMA
XXVI.Trámite de expedición del duplicado de la credencial de estudiante:1.3784UMA
XXVII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen de admisión:
19.8271
UMA
XXVIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen especial:
4.3471
UMA
XXIX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen global:
4.3471
UMA
XXX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen de inglés:
4.3471
UMA
XXXI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen profesional:
25.8707
UMA
XXXII.Trámite de expedición de cédula de inscripción de nuevo ingreso:19.8271UMA
XXXIII.Paquete de egresado:25.8707UMA
XXXIV.Paquete de titulación:51.8473UMA
XXXV.Paquete de traslado:8.5882UMA
XXXVI.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:19.8271UMA
XXXVII.Servicio de grabación de disco compacto:0.3181UMA
XXXVIII.Servicio de renta de PC por cada 5 horas :
0.2121
UMA
XXXIX.Uso de material bibliotecario, por día adicional al vencimiento del
préstamo:
0.1060
UMA
XL.Servicio de impresión en blanco y negro:0.1060UMA
XLI.Servicio de impresión en color:0.1060UMA
XLII.Servicio de escaneo de texto o imagen:0.1060UMA
XLIII.Servicio de internet:0.1060UMA
XLIV.Trámite de expedición de certificado estándar de competencias:14.5257UMA
XLV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen de certificación TOEFL:
14.5257UMA
XLVI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen de certificación EXAVER:
10.9208
UMA
XLVII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para presentar examen de evaluación estándar de
competencias:
14.5257
UMA
XLVIII.Trámite de expedición de cédula de inscripción semestral a
maestría:
36.3674
UMA
XLIX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para ingresar al curso de verano :
11.6630
UMA
L.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para ingresar al curso de verano :
12.4052
UMA
LI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para ingresar al curso de verano :
13.1474
UMA
LII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para ingresar al curso de verano de inglés:
11.6630
UMA
LIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para ingresar al curso propedéutico para maestría:
36.3674
UMA
LIV.Trámite de expedición de cédula de colegiatura mensual para
maestría:
29.0515
UMA
LV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para ingresar al curso de capacitación en sistema NOI:
101.6802
UMA
LVI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para ingresar al curso de capacitación alineación
estándar de competencias:
14.5257
UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Tantoyuca:
I.Trámite de reposición de credencial:0.8637UMA
II.Trámite de expedición de carta de pasante y certificado de estudios:12.0917UMA
III.Trámite de expedición de certificado incompleto:8.6370UMA
IV.Trámite de expedición de duplicado de certificado de estudios:8.6370UMA
V.Trámite de expedición de duplicado de acta de examen profesional:1.2092UMA
VI.Trámite de expedición de constancia de estudios sin calificaciones:0.8637UMA
VII.Trámite de expedición de constancia de estudios con calificaciones:1.2092UMA
VIII.Trámite de reposición de constancia de servicio social:1.0364UMA
IX.Trámite de reposición de boleta con calificaciones:1.0364UMA
X.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen diagnóstico:
13.8191
UMA
XI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen CENEVAL de ingreso:
3.4548
UMA
XII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen CENEVAL de ingreso a posgrado:
9.5007
UMA
XIII.Trámite de expedición de título y trámite de cédula profesional:29.3657UMA
XIV.Trámite de legalización de documentos oficiales:12.0917UMA
XV.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés técnico:25.0472UMA
XVI.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés principiante I
y II:
9.5007
UMA
XVII.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés intermedio I y
II:
9.5007
UMA
XVIII.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés avanzado I y
II:
9.5007
UMA
XIX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen global de ubicación de inglés:
4.3185
UMA
XX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen global de inglés técnico:
17.2739
UMA
XXI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen recepcional:
17.2739
UMA
XXII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen especial:
5.1822
UMA
XXIII.Trámite de expedición de cédula de inscripción nuevo ingreso:34.5478UMA
XXIV.Trámite de expedición de cédula de reinscripción licenciatura
generación 2011 y 2012:
34.5478
UMA
XXV.Trámite de expedición de cédula de reinscripción licenciatura
generación 2008 a 2010:
33.6841
UMA
XXVI.Trámite de expedición de cédula de reinscripción licenciatura
generación 2008 a 2010:
34.5478
UMA
XXVII.Trámite de expedición de cédula de reinscripción licenciatura 2007:31.0930UMA
XXVIII.Trámite de expedición de cédula de inscripción nuevo ingreso
posgrado:
34.5478
UMA
XXIX.Trámite de expedición de cédula de reinscripción posgrado
generación 2011 y 2012:
34.5478
UMA
XXX.Trámite de expedición de cédula mensual de posgrado generación
2012:
34.5478
UMA
XXXI.Trámitedeexpedicióndecédulamensualdeposgrado
generaciones 2011 y 2013:
13.8191
UMA
XXXII.Trámite de expedición de cédula para curso de verano teórico 4
créditos:
10.3643
UMA
XXXIII.Trámite de expedición de cédula para curso de verano teórico 5
créditos:
11.2280
UMA
XXXIV.Trámite de expedición de cédula para curso de verano práctico 6
créditos:
12.0917
UMA
XXXV.Trámite de expedición de cédula para curso de verano teórico 8
créditos:
14.6828
UMA
XXXVI.Trámite de expedición de cédula para curso de verano teórico 9
créditos:
15.5465
UMA
XXXVII.Trámite de expedición de cédula para curso de verano práctico 10
créditos:
16.4102
UMA
XXXVIII.Trámite de expedición de cédula para curso de verano alumnos
externos:
20.7287
UMA
XXXIX.Trámite de expedición de cédula para curso de verano inglés
servicio externo:
17.2739
UMA
XL.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés V y VI:10.3643UMA
XLI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para presentar examen EGEL de CENEVAL de egreso de
licenciaturas:
27.6383
UMA
XLII.Trámite de expedición de cédula para curso especial de titulación:69.0957UMA
XLIII.Trámite de expedición de cédula para la participación en congreso
de ingenierías:
10.3643
UMA
XLIV.Trámite de expedición de cédula para curso de nivelación de
matemáticas:
8.6370
UMA
XLV.Trámite de expedición de cédula para curso propedéutico de
posgrado:
43.1848
UMA
XLVI.Trámite de expedición de certificado incompleto posgrado:8.6306UMA
XLVII.Trámite de reposición de constancia de actividades extraescolares:1.0603UMA
XLVIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen global de materia:
5.1953
UMA
XLIX.Trámite de expedición de carta de pasante y certificado de estudios
posgrado:
10.3589
UMA
L.Trámite de expedición de cédula de reinscripción posgrado
generación 2010:
25.9025
UMA
LI.Trámite de expedición de cédula para curso de nivelación a nuevo
ingreso:
8.6306
UMA
LII.Servicio de cañón a externo, por hora:1.7282UMA
LIII.Servicios en sala audiovisual por hora:3.4565UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Tierra Blanca:
I.Trámite de reposición de credencial:1.2092UMA
II.Trámite de expedición de certificado incompleto:12.0917UMA
III.Trámite de expedición de constancia y duplicado:1.0364UMA
IV.Trámite de expedición de duplicado de constancia de buena
conducta:
1.5547
UMA
V.Trámite de expedición de duplicado de liberación de servicio social:2.5911UMA
VI.Trámite de expedición de duplicado de certificado incompleto:12.0917UMA
VII.Trámite de expedición de duplicado de carta de pasante:10.3643UMA
VIII.Trámite de expedición de constancia original y duplicado de
liberación de extraescolares:
2.5911
UMA
IX.Trámite de expedición de constancia de liberación de inglés:5.1822UMA
X.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para la presentación de examen extraordinario:
2.5911
UMA
XI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de admisión:
19.0877
UMA
XII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen global:
5.1822
UMA
XIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de inglés:
5.1822
UMA
XIV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen especial:
6.9096
UMA
XV.Trámite de expedición de cédula de inscripción:25.9972UMA
XVI.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:25.9972UMA
XVII.Trámite de expedición de cédula para ingresar al curso normal de
inglés:
8.7233
UMA
XVIII.Trámite de expedición de cédula para ingresar al curso de inglés
intensivo:
19.0877
UMA
XIX.Trámite de expedición extemporánea de cédula de inscripción /
reinscripción:
8.6942
UMA
XX.Trámite de expedición de duplicado de boleta:1.0364UMA
XXI.Trámite de expedición de cédula de ingreso al curso de titulación:103.9890UMA
XXII.Paquete de titulación:77.7326UMA
XXIII.Trámite de expedición de la carta de actividades extraescolares:2.5911UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Xalapa:
I.Trámite de expedición de cédula de baja definitiva del alumno:1.7274UMA
II.Trámite de expedición de cédula de baja temporal del alumno:1.7274UMA
III.Trámite de expedición de carta de pasante:16.4102UMA
IV.Trámite de expedición de cédula profesional:20.7287UMA
V.Trámite de expedición de certificado de estudios:18.1376UMA
VI.Trámite de expedición de certificado de estudios incompletos:18.1376UMA
VII.Trámite de expedición de constancia de estudios:1.7274UMA
VIII.Trámite de convalidación de cambio de carrera:8.6370UMA
IX.Copia certificada:1.7274UMA
X.Trámite de expedición de cédula para curso de actualización
profesional:
25.9109
UMA
XI.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés:14.6828UMA
XII.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés pasante:16.9284UMA
XIII.Trámite de expedición de cédula para curso de nivelación nuevo
ingreso:
10.3643
UMA
XIV.Trámite de expedición de cédula para curso de titulación:103.6435UMA
XV.Trámite de expedición de cédula para curso de verano tipo 1:10.3643UMA
XVI.Trámite de expedición de cédula para curso de verano tipo 2:10.3643UMA
XVII.Trámite de expedición de cédula de solicitud para devolución de
documentos:
1.7274
UMA
XVIII.Trámite de expedición de duplicado de boleta:1.7274UMA
XIX.Trámite de expedición de duplicado de carta de buena conducta:1.7274UMA
XX.Trámite de expedición de duplicado de horarios:1.7274UMA
XXI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen de liberación del idioma inglés:
10.3643
UMA
XXII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen de nivelación de inglés:
3.4548
UMA
XXIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para presentar examen especial plan 2004:
3.4548
UMA
XXIV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos para la presentación de exámenes especiales y/o
globales:
3.4548
UMA
XXV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitosparapresentarexamenglobalporáreade
conocimiento:
25.9109
UMA
XXVITrámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para ficha de examen de admisión :
25.9109
UMA
XXVII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para ficha de examen de admisión :
43.1848
UMA
XXVIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de
requisitos para ficha de examen de admisión :
34.5478
UMA
XXIX.Trámite de expedición de cédula de inscripción a licenciatura:22.4561UMA
XXX.Trámite de expedición de cédula de inscripción o reinscripción a
licenciatura extemporánea:
27.6383
UMA
XXXI.Servicios extraordinarios por día en centro de información:0.1727UMA
XXXII.Trámite de expedición de cédula de reinscripción a licenciatura:22.4561UMA
XXXIII.Trámite de reposición de carnet:1.7274UMA
XXXIV.Trámite de reposición de credencial:1.7274UMA
XXXV.Trámite de expedición de título:64.7827UMA
XXXVI.Trámite de expedición de cédula para curso propedéutico para
posgrado:
34.9890
UMA
XXXVII.Trámite de inscripción a posgrado:28.6274UMA
XXXVIII.Trámite de expedición de cédula por crédito cursado en posgrado:7.4219UMA
XXXIX.Trámite de expedición de certificado de estudios de posgrado:26.5068UMA
XL.Trámite de expedición de título de posgrado:37.1096UMA
XLI.Trámite de acto protocolario de titulación de posgrado:63.6164UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Zongolica:
I.Trámite de expedición de cédula de inscripción nuevo ingreso:11.6630UMA
II.Trámite de expedición de cédula de reingreso:11.6630UMA
III.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen especial :
2.1205
UMA
IV.Trámite de expedición del duplicado de boleta:1.0603UMA
V.Trámite de expedición del duplicado de constancia de estudios con o
sin calificaciones y/o copia simple de expediente personal:
1.0603
UMA
VI.Derogada
VII.Trámite de reposición de credencial:3.1808UMA
VIII.Derogado
IX.Trámite de expedición de cédula para ingresar al curso de verano:8.4822UMA
X.Trámite de expedición de cédula de baja definitiva:21.2055UMA
XI.Paquete de egresados:14.9605UMA
XII.Acto protocolario de recepción profesional:11.6312UMA
XIII.Trámite de expedición de título y cédula profesional:29.8997UMA
XIV.Trámite de expedición del certificado completo o incompleto:10.8042UMA
XV.Trámite de expedición de la carta de pasante:2.4916UMA
XVI.Derogada.
XVII.Derogada.
XVIII.Trámite de examen de titulación:24.9376UMA
Por los servicios prestados por la Universidad Politécnica de Huatusco:
I.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para ficha de examen de admisión:
4.2411
UMA
II.Trámite de expedición de cédula de inscripción:11.2389UMA
III.Trámite de expedición de cédula de inscripción extemporánea:13.2534UMA
IV.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:11.2389UMA
V.Trámite de expedición de cédula de reinscripción extemporánea:13.2534UMA
VI.Trámite de expedición del duplicado de boleta, credencial, constancia
de estudios y kárdex:
0.8482
UMA
VII.Trámite de expedición de cédula de baja temporal:3.4989UMA
VIII.Trámite de expedición de cédula de baja definitiva:6.3616UMA
IX.Trámite de expedición de cédula para ingresar al curso de
regularización:
8.3762
UMA
X.Trámite de expedición del certificado de estudios completo:8.3762UMA
XI.Trámite de expedición del certificado de estudios incompleto:8.3762UMA
XII.Trámite de expedición de título:25.1285UMA
XIII.Trámite de expedición de cédula profesional:22.0537UMA
XIV.Trámite de expedición del duplicado del certificado de estudios:8.3762UMA
XV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen general de egreso de licenciatura :
16.7523
UMA
XVI.Trámite de expedición del duplicado del acta de exención de examen
profesional:
5.6194
UMA
XVII.Trámite de expedición del duplicado de la constancia de liberación
del servicio social:
5.6194
UMA
XVIII.Trámite de expedición de la constancia de competencia por ciclo de
formación:
8.3762
UMA
XIX.Trámite de expedición de copia certificada de documento oficial:2.3326UMA
XX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen global:
4.9833
UMA
XXI.Trámite de expedición de la constancia de exención de examen
profesional:
5.6194
UMA
XXII.Expedición de duplicado de holograma:0.2121UMA
XXIII.Trámite de reinscripción con beca institucional del 25 por ciento:8.3762UMA
XXIV.Trámite de reinscripción con beca institucional del 50 por ciento:5.6194UMA
XXV.Trámite de reinscripción con beca institucional del 80 por ciento:2.3326UMA
XXVI.Trámite de reinscripción extemporánea con beca institucional del 25
por ciento:
10.4967
UMA
XXVII.Trámite de reinscripción extemporánea con beca institucional del 50
por ciento:
7.7400
UMA
XXVIII.Trámite de reinscripción extemporánea con beca institucional del 80
por ciento:
4.3471
UMA
Por los servicios prestados por la Universidad Tecnológica de Gutiérrez Zamora:
I.Trámite de reexpedición de certificado de estudio:17.2824UMA
II.Trámite de expedición de certificado de baja definitiva de la institución:3.4989UMA
III.Trámite de expedición de certificado de baja temporal:1.6964UMA
IV.Trámite de expedición de constancia de estudio con calificaciones:0.7422UMA
V.Trámite de expedición de constancia de estudio sin calificaciones:0.6362UMA
VI.Trámite de reposición de credencial de estudiante:1.6964UMA
VII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de admisión:
6.8918
UMA
VIII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen especial:
8.5882
UMA
IX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen de regularización:
1.6964
UMA
X.Trámite de expedición de cédula de inscripción y reinscripción a nivel
superior:
16.4342
UMA
XI.Trámite de legalización de documentos:9.5425UMA
XII.Trámite de expedición de cédula de inscripción y reinscripción
ingeniería y licenciatura:
22.3718
UMA
XIII.Trámite de expedición de título y cédula profesional:49.1967UMA
XIV.Trámite de expedición o reexpedición de constancia de registro de
boleta de calificación:
0.8482
UMA
XV.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen EGETSU:
6.0436
UMA
XVI.Trámite de expedición de certificados para Microsoft :3.4989UMA
XVII.Trámite de expedición de certificados para Microsoft :17.2824UMA
Por los servicios prestados por la Universidad Tecnológica del Centro de Veracruz:
I.Trámite de admisiones TSU:5.5664UMA
II.Trámite de expedición de cédula de inscripciones TSU:2.7779UMA
III.Trámite de expedición de cédula para cursar cuatrimestre de TSU:20.7283UMA
IV.Trámite de expedición de constancias:0.6256UMA
V.Trámite de expedición de duplicado de documentos:0.8482UMA
VI.Trámite de protocolo de Titulación por TSU:43.1425UMA
VII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar CENEVAL EXANI:
4.3153
UMA
VIII.Trámite de expedición de credencial:1.2723UMA
IX.Trámite para el cotejo de sellos:7.7400UMA
X.Trámite de expedición de copia digitalizada, planes y programas de
estudio:
8.5882
UMA
XI.Trámite para presentar examen a título de suficiencia:2.4386UMA
XII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen EGETSU:
12.4052
UMA
XIII.Trámite de expedición de certificados incompletos:3.4989UMA
XIV.Trámite para presentar examen extraordinario:1.3890UMA
XV.Trámite de expedición de duplicado de certificado:7.7400UMA
XVI.Trámite de reposición de gafete:2.0887UMA
XVII.Trámite de expedición de cédula de admisión ingeniería:7.7400UMA
XVIII.Trámite de expedición de cédula para cursar cuatrimestre de
ingeniería:
22.4566
UMA
XIX.Trámite de expedición de cédula para cursar cuatrimestre de
ingeniería :
20.7813
UMA
XX.Trámite de expedición de credenciales para nuevo ingreso:0.8482UMA
XXI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar examen del TOEFL:
8.5882
UMA
XXII.Trámite de expedición de constancia de la inscripción en ingeniería:13.8154UMA
XXIII.Trámites administrativos para la titulación por ingeniería:51.4869UMA
XXIV.Trámite de reinscripciones TSU:2.7779UMA
XXV.Trámite de inscripción en ingeniería:11.1329UMA
XXVI.Trámite de reinscripción en ingeniería:2.7779UMA
Por los servicios prestados por la Universidad Tecnológica del Sureste de Veracruz:
I.Trámite de expedición de constancia de baja definitiva:0.8164UMA
II.Trámite de expedición de constancia de baja temporal:0.4877UMA
III.Trámite de expedición de carta de pasante:0.8164UMA
IV.Trámite de expedición de certificado incompleto:2.4492UMA
V.Trámite de expedición de constancia con tira de materias:0.4877UMA
VI.Trámite de expedición de constancia sin tira de materias :0.2439UMA
VII.Trámite de expedición de cédula para cursar cuatrimestre:13.7517UMA
VIII.Trámitedeexpedicióndecédulaextemporáneaparacursar
cuatrimestre:
16.4978
UMA
IX.Trámite de expedición de duplicado de boleta:0.8164UMA
X.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar el examen de selección:
5.7255
UMA
XI.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar el examen especial:
2.4492
UMA
XII.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para presentar el examen extraordinario:
1.1451
UMA
XIII.Trámite de expedición de cédula de inscripción:3.4353UMA
XIV.Trámite de legalización de certificado de bachillerato:5.7255UMA
XV.Trámite administrativo para la impresión del mapa curricular o
programa de estudios:
0.8164
UMA
XVI.Trámite administrativo para la impresión del plan de estudios:2.2902UMA
XVII.Trámite de expedición de cédula de reinscripción anual:3.4353UMA
XVIII.Trámite de expedición de reposición de credencial:1.1451UMA
XIX.Trámite de expedición de certificado:7.3583UMA
XX.Acto protocolario de presentación de titulación:32.7412UMA
XXI.Trámite de expedición de duplicado de arancel:0.3181UMA
Por el otorgamiento del uso temporal de bienes por parte de RadioTelevisión de Veracruz:
I.Boom para reflectores marca Lowel:8.4822UMA
II.Cable de alimentación de 04 hilos cal 4 con caimanes y conectores
cam lock de 150 amps. de 5 metros de largo:
6.3616
UMA
III.Cable de alimentación de 03 hilos cal 6 con caimanes y conectores
twist lock de 50 amps de 05 metros de largo:
4.2411
UMA
IV.Cable de alimentación de 03 hilos cal 8 con caimanes y conectores
pin de 60 amps de 05 metros de largo:
2.1205
UMA
V.Caja de conexiones 100 amps, una fase, entrada pin de 100 amps, salida 5 contactos polarizados dobles cada uno con su interruptor
temomagnatica marca mathews:
6.3616
UMA
VI.Centro de carga de 3 fases, 1 neutro 100 amps por fase, 03 salidas de 30 amps, 03 salidas de 20 amps, 01 salida pin de 60 amps, 01 salida de 2 fase 50 amps, todas con neutro y tierra física
alimentación conectores cam lock de 150 amps:
11.6630
UMA
VII.Centro de carga de 2 fases, 1 neutro 50 amps por fase, 02 salidas de 30 amps, 02 salidas de 20 amps, 01 salida de 2 fase 50 amps, todas con neutro y tierra física alimentación conectores cam lock de
150 amps:
7.4219
UMA
VIII.Cámara Portátil AG-HVX200P – AG-HPX500:151.6190UMA
IX.Cammate:94.3643UMA
X.Carro para transporte de equipo tipo diablo o plataforma hasta 250
lbs de aluminio:
6.3616
UMA
XI.Consola de iluminación mca Strand de 12 canales tipo MX:11.6630UMA
XII.Dolly para cámara completo incluye: ruedas neumáticas, rueda para riel, 2 rieles curvos de 45°, 3 rieles rectos de 3 metros, plataforma,
asiento, manerales mca. Mathews:
57.2547
UMA
XIII.Equipo de control de iluminación del estudio de televisión “A” incluye: consola de control marca strand gsx de 100 canales 1 a 1, rack de 96 dimmers de 2.4 kw cada uno, distribuidores de señal dmx, parrilla, barras de distribución :
53.0136
UMA
XIV.Equipo de control de iluminación del estudio de televisión “B”53.0136UMA
incluye: consola de control marca strand gsx de 75 canales 1 a 1, rack de 72 dimmers de 2.4 kw cada uno, distribuidores de señal dmx, parrilla, barras de distribución :
XV.Equipo de control de iluminación del estudio de televisión “C” de 10 x 10 metros. incluye: centro de carga de 3 fases 100 amps, 48 salidas 2 por interruptor, distribuidores de señal dmx, parrilla, barras de distribución altura de 3.2 metros :
23.3260
UMA
XVI.Escalera de aluminio tipo extensión y burro de 2.25 a 3.5 metros:2.1205UMA
XVII.Extensiones de 04 hilos cal 4 con conectores cam lock de 150 amps
de 25 metros de largo:
6.3616
UMA
XVIII.Extensiones de 03 hilos cal 6 con conectores twist lock colgante de
50 amps de 25 metros de largo:
4.2411
UMA
XIX.Extensiones de 03 hilos cal 8 con conectores pin de 60 amps de 25
metros de largo:
2.1205
UMA
XX.Extensiones de 03 hilos cal 10 con conectores twist lock colgante
de 30 amps de 25 metros de largo:
2.1205
UMA
XXI.Extensiones de 03 hilos cal 12 con conectores twist lock colgante
de 20 amps de 25 metros de largo:
2.1205
UMA
XXII.Extensiones de 03 hilos cal 14 con conectores polarizados colgantes
de 15 amps de 25 metros de largo:
2.1205
UMA
XXIII.Generador marca Honda de 3500 watts:9.5425UMA
XXIV.Generador marca Honda de 6500 watts:19.0849UMA
XXV.Máquina de humo marca Rosco modelo 1600, sin líquido:
8.4822
UMA
XXVI.Kit de iluminación 4 reflectores de 1000 W. Mca Lowell tipo DP:16.9644UMA
XXVII.Kit de iluminación 3 reflectores de 1000 W. Mca Lowell tipo DP:13.7835UMA
XXVIII.Kit de iluminación 4 reflectores de 600/1000 W. Mca Unifocus:16.9644UMA
XXIX.Kit de iluminación 3 reflectores de 600 W. 120 V. Mca Arri:12.7233UMA
XXX.Kit de iluminación 5 reflectores, tres de 500 W. Omni, dos de 750 W.,
tota, 120 volts Mca Lowell:21.2055UMA
XXXI.Kit de iluminación 3 reflectores de 500 W., 120 V, Omni Mca Lowell:12.7233UMA
XXXII.Kit de iluminación 5 reflectores, dos de 500 W. vip ligth, 03 Proligth,
120 V Mca Lowell:19.0849UMA
XXXIII.Kit de iluminación 3 reflectores de 250 W proligth Mca Lowell:11.6630UMA
XXXIV.Pantalla reflejante Mca Lowell:9.5425UMA
XXXV.Planta de Alimentación:94.3643UMA
XXXVI.Reflector tipo Fresnel de 5000 W, 120 V, Marca Strand Pollux:9.5425UMA
XXXVII.Reflector tipo Fresnel de 2000 W, 120 V, Marca Strand:6.3616UMA
XXXVIII.Reflector tipo Fresnel de 2000 W, 120 V, Marca Colortran:6.3616UMA
XXXIX.Reflector tipo Fresnel de 1000 W, 120 V, Marca Strand:6.3616UMA
XL.Reflector tipo Fresnel de 1000 W, 120 V, Marca Colortran:6.3616UMA
XLI.Reflector tipo Fresnel de 650 W, 120 V, Marca Strand Bambino:5.3014UMA
XLII.Reflector Elipsoidal de 575 W, 120 V, Marca Strand Leko:7.4219UMA
XLIII.Reflector Ciclorama Doble de 2x1000 W, Marca Strand Iris 2:6.3616UMA
XLIV.Reflector Ciclorama Doble de 2x1000 W, 120 V Marca Colortran
Cicloligth 2:
6.3616
UMA
XLV.Reflector Ciclorama Sencillo de 1000 W, 120 V, Mca Colortran
Cicloligth 1:
4.2411
UMA
XLVI.Reflector par Ciclorama de 1000 W, 120 V, Mca Strand IADI:4.2411UMA
XLVII.Reflector de piso para Ciclorama de 1000 W, Mca Strand Arturo:4.2411UMA
XLVIII.Reflector de piso para Ciclorama de 1000 W, Mca Strand Orion:4.2411UMA
XLIX.Reflector tipo Par de 1000 W, 120 V, Marca Tomcat :3.1808UMA
L.Reflector para Ciclorama de 750 W, 120 V, Mca Colortran Scoop:2.1205UMA
LI.Reflector de luz fría marca Fluotec 120 Volts, de 8 lámparas:19.7000UMA
LII.Reflector de luz fría marca Fluotec 120 Volts, de 6 lámparas:15.9041UMA
LIII.Reflector de luz fría marca Fluotec 120 Volts, de 4 lámparas:11.6630UMA
LIV.Reflector de luz fría marca Fluotec 120 Volts, de 2 lámparas:7.4219UMA
LV.Reflectores para sun gun de 50/100 W. pro ligth, 12 V, Mca Lowell:8.4822UMA
LVI.Rack de 12 dimers de 2.4 Kw cada uno portátil marca Strand:15.9041UMA
LVII.Reflector tipo minibruto de 6 lámparas de 650 watts, 120 V:9.5425UMA
LVIII.Reflector tipo minibruto de 9 lámparas de 650 watts, 120 V:15.9041UMA
LIX.Reflector de luz fría marca Fluotec Petite 4, 120 V, 4 lámparas de 55
W, portat:
11.6630
UMA
LX.Sand bag:1.0603UMA
LXI.Tripie marca Mathews con base, poste y ruedas. Century 40. Century
20. Como 4.5 metros:
5.3014
UMA
LXII.Unidad de Control Remoto de Televisión Análoga:753.8000UMA
LXIII.Unidad de Control Remoto de Radio Análoga:753.8000UMA
Por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de Jesús Carranza:
I.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de requisitos
para el examen de admisión:
19.6150
UMA
II.Trámite de expedición de cédula de inscripción:19.6150UMA
III.Trámite de expedición de cédula de reinscripción:19.6150UMA
IV.Trámite de expedición de credencial institucional:1.5692UMA
V.Trámite de expedición de credencial biblioteca:0.5301UMA
VI.Trámite de expedición de duplicado de constancia sin calificaciones:1.0921UMA
VII.Trámite de expedición de duplicado de constancia con calificaciones:1.3465UMA
VIII.Se deroga.0.0000
IX.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de Curso
global:
19.6150
UMA
X.Trámite de expedición de constancia de cumplimiento de Curso
especial:
24.9376
UMA
XI.Trámite de expedición de cédula para curso de verano:19.6150UMA
XII.Trámite de expedición de cédula para curso de inglés semestral:9.8605UMA
XIII.Trámite de expedición de certificado legalizado completo:10.4861UMA
XIV.Trámite de expedición de certificado legalizado incompleto:10.4861UMA
XV.Paquete de titulación:63.1711UMA
XVI.Acto protocolario:13.8896UMA
XVII.Paquete de egresados:23.8879UMA
XVIII.Trámite de expedición de constancia de acreditación del idioma
inglés:
2.5447
UMA
XIX.Trámite de expedición de cédula de inscripción al 50%:8.5352UMA
XX.Trámite para presentación examen de Inglés:9.8711UMA
XXI.Trámite expedición de duplicado boleta académica:0.8270UMA
XXII.Trámite expedición duplicado de boleta act. extraescolar:0.8270UMA
XXIII.Trámite de reposición de acta de examen profesional:3.8170UMA
XXIV.Trámite de expedición de Kárdex:0.8270UMA
XXV.Trámite de baja de alumno:3.8170UMA
XXVI.Trámite de expedición de carta de buena conducta:1.0921UMA
XXVII.Trámite de expedición de duplicado de constancia de servicio social:1.0921UMA
XXVIII.Avance reticular0.8270UMA
XXIX.Trámite de expedición de historial académico:1.3465UMA
XXX.Trámite de cambio de carrera:3.8170UMA
XXXI.Trámite de examen de segunda oportunidad:2.3220UMA
XXXII.Trámite de expedición de duplicado de carta de pasante:4.9833UMA
XXXIIII.Trámite de convalidación de estudios:2.9900UMA
XXXIV.Trámite de inscripción extemporánea:22.8913UMA
XXXV.Trámite de reinscripción extemporánea:22.8913UMA
XXXVI.Trámite de equivalencia de estudios:8.3125UMA
XXXVII.Trámite de reposición de recibo de cobro:0.8270UMA
XXXVIII.Trámite de expedición de diploma de especialidad:1.9933UMA
Por los servicios prestados por el Colegio de Veracruz:
I.Licenciatura:
a) Paquete ingreso:8.5458UMA
b) Trámite de expedición de certificado de estudios:19.0001UMA
c) Paquete examen profesional:38.0002UMA
II.
III.
Por los servicios prestados por la Academia Veracruzana de Lenguas Indígenas:
I.Por la Certificación de Proficiencia Lingüística:
a) Certificación de Proficiencia Lingüística General en la lengua Totonaca variante de la Sierra:
i) Profesional/Laboral
18.1519
UMA
ii) Estudiantes
11.3343
UMA
b) Certificación de Proficiencia Lingüística con enfoque en Sector Salud en la lengua Totonaca variante de la Sierra:
i) Profesional/Laboral 18.1519 UMA
ii) Estudiantes 11.3343 UMA
c) Certificación de Proficiencia Lingüística con enfoque en Desarrollo Social en la lengua Totonaca variante de la Sierra:
i) Profesional/Laboral 18.1519 UMA
ii) Estudiantes 11.3343 UMA
II.
Por la traducción a la Lengua Indígena por grado de complejidad por hoja:
a) Muy fácil
3.6261
UMA
b) Fácil
6.7221
UMA
c) Elevado
6.7221
UMA
d) Muy elevado
8.2171
UMA
e) Complejo
12.4900
UMA
f) Muy complejo
12.9459
UMA
g) Altamente complejo
20.0286
UMA
Por los servicios prestados por el Tribunal Superior de Justicia, Juzgados de Primera Instancia, Juzgados Menores y Juzgados Municipales, se causarán y pagarán derechos, por la expedición de copias certificadas, por cada hoja o fracción: 0. 2651 UMA
En los Juicios de alimentos y en los de reconocimiento de hijos, la expedición de copias certificadas no tendrá costo.
Por servicios diversos prestados por dependencias de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, se causarán y pagarán los derechos siguientes:
I.Por copias certificadas de escrituras de protocolo por cada hoja o fracción:
0. 2651 UMA
II.
Por los certificados y copias certificadas distintas a las señaladas en los capítulos anteriores a este Título, por cada hoja o fracción:
0.2651 UMA
III.Por la expedición de certificados de sanidad animal otorgados por la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, y Pesca, por cada animal:
7.4219 UMA
IV.
Por la expedición de copias certificadas de diligencias de averiguaciones previas levantada por el Ministerio Público, por cada hoja o fracción:
0.2651 UMA
Por servicios prestados por los sujetos obligados mencionados en el artículo 5.1, fracciones I, II, III y IV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por costos de reproducción de información que les sea solicitada en términos de la Ley correspondiente; se causarán y pagarán los derechos siguientes:
I.Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.0212 UMA
II.Por copias certificadas distintas a las señaladas en el artículo 61 de este Código, por cada hoja o fracción: 0.2651 UMA
III.Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.3181 UMA
El costo del envío de información corresponderá a las cuotas que apliquen las empresas de servicios de mensajería contratadas, así como a las determinadas por el Servicio Postal Mexicano, para el caso de envíos por correo certificado.