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Ley de Concursos Mercantiles Artículo 11 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley de Concursos Mercantiles Federal
Artículo 11.

Se presumirá que un Comerciante incumplió generalizadamente en el pago de sus obligaciones, cuando se presente alguno de los siguientes casos:

I.Inexistencia o insuficiencia de bienes en qué trabar ejecución al practicarse un embargo por el incumplimiento de una obligación o al pretender ejecutar una sentencia en su contra con autoridad de cosa juzgada;

II.Incumplimiento en el pago de obligaciones a dos o más acreedores distintos;

III.Ocultación o ausencia, sin dejar al frente de la administración u operación de su empresa a alguien que pueda cumplir con sus obligaciones;

IV.En iguales circunstancias que en el caso anterior, el cierre de los locales de su empresa;

V.Acudir a prácticas ruinosas, fraudulentas o ficticias para atender o dejar de cumplir sus obligaciones;

VI.Incumplimiento de obligaciones pecuniarias contenidas en un convenio celebrado en términos del Título Quinto de esta Ley, y

VII.En cualesquiera otros casos de naturaleza análoga.

Federal de México Artículo 11 Ley de Concursos Mercantiles
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


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