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Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación Artículo 57 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación Federal
Artículo 57.

La Auditoría Superior de la Federación, verificará y fiscalizará la instrumentación, ejecución y resultados de las estrategias de ajuste convenidas para fortalecer las finanzas públicas de las Entidades Federativas y los municipios, con base en la Ley de la matería y en los convenios que para ese efecto se suscriban con las Entidades Federativas y los municipios, para la obtención de la garantía del Gobierno Federal.

Federal de México Artículo 57 Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación
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