Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural Artículo 18 Federal de México
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural Federal
Artículo 18.
Para ser miembro del Consejo de Administración se deberá cuando menos cumplir con los siguientes requisitos:I.Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles;
II.Ser socio del Fondo de Aseguramiento o de la persona moral que lo designe representante en pleno ejercicio de sus derechos de socio del Fondo de Aseguramiento;
III.No tener ninguno de los impedimentos señalados en el artículo siguiente, y
IV.Los demás que esta Ley o los Estatutos del Fondo de Aseguramiento determinen.
Federal de México Artículo 18 Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
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jose
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
No manda a tu hijo solo y que te cuente que le dijeron
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