Imprimir

Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural Artículo 59 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural Federal
Artículo 59.

La vigilancia interna del Organismo Integrador estará a cargo de un Comisario, cuyas responsabilidades y obligaciones deberán determinarse en sus Estatutos.

El Comisario realizará las siguientes funciones:

I. Verificar que el Organismo Integrador cumpla con la regulación aplicable;

II.Recibir los informes del Consejo de Administración y los dictámenes de los auditores externos para su conocimiento y análisis;

III.Informar a la Secretaría en términos de los lineamientos generales a que se refiere el artículo 47 de esta Ley, al Consejo de Administración y a la Asamblea General del cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades, así como de los hallazgos e irregularidades de que tenga conocimiento en el ejercicio de sus funciones, y

IV.Proponer al Consejo de Administración el programa de control y corrección interno del Organismo Integrador y sus modificaciones, a prevenir conflictos de interés y el uso indebido de la información.

El Comisario asistirá con voz pero sin voto a las sesiones del Consejo de Administración del Organismo Integrador.

El Comisario deberá cumplir con los requisitos que para ser consejero de un Fondo de Aseguramiento señala el artículo 18.



Federal de México Artículo 59 Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Artículo 1o ...57 58 59 60 61 ...96

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse