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Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores Artículo 2 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores Federal
Artículo 2.

La Comisión tendrá por objeto supervisar y regular en el ámbito de su competencia a las entidades integrantes del sistema financiero mexicano que esta Ley señala, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo de dicho sistema en su conjunto, en protección de los intereses del público.


También será su objeto supervisar y regular a las personas físicas y demás personas morales, cuando realicen actividades previstas en las leyes relativas al citado sistema financiero.

Federal de México Artículo 2 Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
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