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Ley de Migración Artículo 53 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley de Migración Federal
Artículo 53.

Los visitantes, con excepción de aquéllos por razones humanitarias y de quienes tengan vínculo con mexicano o con extranjero con residencia regular en México, no podrán cambiar de condición de estancia y tendrán que salir del país al concluir el período de permanencia autorizado.

Federal de México Artículo 53 Ley de Migración
Artículo 1 ...51 52 53 54 55 ...162

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Los comentarios de los usuarios

Hola quisiera saber si un extranjero con permiso temporal por razónes humanitarias puede salir del país de México antes que vensa el permiso temporal lo pueda hacer sin ningún problema.

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