Imprimir

Ley de Sociedades de Inversión Artículo 88 Federal de México


Derogado

Versión actualizada

Ley de Fondos de Inversión

Ley de Sociedades de Inversión Federal
Artículo 88.

Serán sancionadas con prisión de cinco a quince años las personas que realicen actos de los reservados por este ordenamiento legal a las sociedades de inversión, operadoras de sociedades de inversión o distribuidoras de acciones de sociedades de inversión, sin que para ello se cuente con la autorización correspondiente en los términos de la presente Ley.

Igual pena será aplicable a las personas que constituyan o actúen en el desempeño de fideicomisos, mandatos o comisiones, cuyo objeto sea invertir o administrar cualquier clase de valores, ofreciendo a persona indeterminada participar de las ganancias o pérdidas producto de la adquisición y, en su caso, enajenación de los valores objeto de inversión o administración. Se considerará que se está en presencia de persona indeterminada, cuando al constituir el fideicomiso o celebrar el mandato o comisión, las personas que participen no se encuentren plenamente identificadas al momento de celebrar el contrato respectivo y, en su caso, se permita la adhesión de terceros una vez constituidos o celebrados.

La sanción a que se refiere el párrafo anterior, no será aplicable a las personas que de conformidad con las leyes aplicables, actúen en el desempeño de fideicomisos, mandatos o comisiones que tengan por objeto la emisión, adquisición, enajenación o administración de valores, títulos y documentos, ajustándose para ello a los términos y condiciones que al efecto establezcan las leyes.

Federal de México Artículo 88 Ley de Sociedades de Inversión
Artículo 1 ...86 87 88 89 90 ...97

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse