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Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores Artículo 10 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores Federal
Artículo 10.

El patrimonio del Instituto se integra por:

I. Los bienes muebles e inmuebles que se destinen a su servicio;

II. El efectivo y todos los derechos del Fondo susceptibles de hacerse líquidos;

III. Las utilidades, ingresos propios, intereses, rendimientos, plusvalías y demás recursos que deriven de sus operaciones y los que resulten del aprovechamiento de sus bienes;

IV. Las donaciones que se otorguen a su favor, y

V. Los demás bienes, derechos y recursos que adquiera por cualquier título legal.

Federal de México Artículo 10 Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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