Ley del Seguro Social Artículo 12 Federal de México
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024
Ley del Seguro Social Federal
Artículo 12.
Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio:I. Las personas que de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, presten, en forma permanente o eventual, a otras de carácter físico o moral o unidades económicas sin personalidad jurídica, un servicio remunerado, personal y subordinado, cualquiera que sea el acto que le dé origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón aun cuando éste, en virtud de alguna ley especial, esté exento del pago de contribuciones;
II.Los socios de sociedades cooperativas;
III.Las personas que determine el Ejecutivo Federal a través del Decreto respectivo, bajo los términos y condiciones que señala esta Ley y los reglamentos correspondientes, y
IV.Las personas trabajadoras del hogar.
Federal de México Artículo 12 Ley del Seguro Social
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
25/03/22 09:46:35
Hola buen dia !! con referencia al art 220 de la lss y el reingreso a la modalidad 40, se puede hacer la actualizacion de salario del año encurso??? o tiene que ser el mismo que contrato en un inicio
Invitado
07/03/22 17:35:21
¿Este articulo 12, permite el REINGRESO a la modalidad 40 de acuerdo a lo que establece el articulo 220 ?
Gracias por su respuesta
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