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Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica Artículo 22 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica Federal
Artículo 22.

El Instituto elaborará, con la colaboración de las Unidades, los indicadores a que se refiere el artículo anterior, a partir de la información básica que se obtenga de:

I.El censo nacional de población y vivienda, o de los esquemas alternativos que pudieran adoptarse en el futuro para sustituirlo total o parcialmente;

II.Un sistema integrado de encuestas nacionales de los hogares, y

III.Los registros administrativos que permitan obtener Información en la materia.

SECCIÓN II
Del Subsistema Nacional de Información Económica

Federal de México Artículo 22 Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica
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En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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