Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano Federal de México
Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano Federal de México
- Artículo 1. Se crea el organismo público descentralizado de la Administración Pública...
- Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entiende por: I.Consejo Ciudadano: El...
- Artículo 3. El Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano tendrá su domicilio...
- Artículo 4. El patrimonio del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano se...
- Artículo 5. Para los efectos de este capítulo, se entiende por patrocinio el pago en...
- Artículo 6. Los patrocinios tendrán las siguientes características: I.Deberán...
- Artículo 7. El Sistema tendrá como principios rectores: I.Promover el conocimiento,...
- Artículo 8. El Sistema deberá dar espacio a las obras de producción independiente que...
- Artículo 9. A falta de disposición expresa en esta Ley, se aplicarán supletoriamente:...
- Artículo 10. El Sistema estará obligado a brindar información a los particulares en...
- Artículo 11. Para el cumplimiento de su objeto, el Sistema tendrá las siguientes...
- Artículo 12. Además de las actividades necesarias para el ejercicio de sus funciones, el...
- Artículo 13. La dirección y administración del Sistema corresponden a: I.La Junta de...
- Artículo 14. La Junta de Gobierno se integrará conforme al principio de paridad de género...
- Artículo 15. La Junta de Gobierno es la autoridad suprema del Sistema y tendrá las...
- Artículo 16. La organización, funcionamiento y periodicidad de las sesiones de la Junta de...
- Artículo 17. El Presidente del Sistema será designado, a propuesta del Ejecutivo Federal,...
- Artículo 18. Para ser Presidente del Sistema se requiere: I.Ser ciudadano mexicano y...
- Artículo 19. El Presidente del Sistema durará en su cargo cinco años, podrá ser reelegido...
- Artículo 20. El Presidente no podrá desempeñar ningún otro empleo, cargo o comisión...
- Artículo 21. El Presidente del Sistema tendrá las siguientes facultades y obligaciones:...
- Artículo 22. El Sistema contará con un Consejo Ciudadano con el objeto de asegurar su...
- Artículo 23. El Consejo Ciudadano se integrará conforme al principio de paridad de género...
- Artículo 24. Son requisitos para ser consejero ciudadano: I.Ser ciudadano mexicano...
- Artículo 25. Son funciones del Consejo Ciudadano: I.Proponer los criterios que la...
- Artículo 26. Las personas que integren el Consejo Ciudadano podrán ser substituidas de su...
- Artículo 27. Las reglas de funcionamiento y organización del Consejo Ciudadano se...
- Artículo 28. El Presidente del Sistema dotará de las instalaciones y elementos...
- Artículo 29. El Sistema contará con un Contralor Interno designado por el Titular de la...
- Artículo 30. Para la atención de los asuntos y sustanciación de los procedimientos a su...
- Artículo 31. De conformidad con las disposiciones correspondientes de la Ley Orgánica de...
- Artículo 32. Las relaciones de trabajo del Sistema y su personal se regirán por la Ley...
Otras regulaciones
Ley del Instituto Mexicano de la Juventud Ley de Asociaciones Público Privadas Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos Ley de Petróleos Mexicanos Ley Federal de Protección al ConsumidorMejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
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