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Ley Federal de Derechos Artículo 172-I Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley Federal de Derechos Federal
Artículo 172-I.

Por el otorgamiento de concesiones o asignaciones para la prestación del servicio público de transporte ferroviario o para la construcción, operación y explotación de las vías férreas que sean vía general de comunicación, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

I.- Para la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros o de carga:

a).- Por la expedición del título $3,209.18

b).- Por la reposición del título $2,292.22

II.- Para la construcción, operación y explotación de vías férreas, que sean vía general de comunicación:

a).- Por la expedición del título:
Hasta 100 kilómetros
De más de 100a 500 kilómetros
De más de 500 kilómetros

1.- Gobiernos estatales, municipios y entidades paraestatales de la Administración PúblicaFederal .............................
$1,145.97
$1,604.40
$2,062.95

2.- Particulares exclusivamente ................
$5,043.08
$9,627.96
$14,212.88

III.- Por la autorización para la cesión total o parcial de derechos y obligaciones establecidos en las concesiones o permisos $2,750.63

IV.- Por prórroga de la vigencia $2,750.63

Federal de México Artículo 172-I Ley Federal de Derechos
Artículo 1o ...172‑G 172‑H 172‑I 172‑J 172‑K ...292

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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

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