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Ley Federal de los Derechos del Contribuyente Artículo 23 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley Federal de los Derechos del Contribuyente Federal
Artículo 23.

Los contribuyentes tendrán a su alcance los recursos y medios de defensa que procedan, en los términos de las disposiciones legales respectivas, contra los actos dictados por las autoridades fiscales, así como a que en la notificación de dichos actos se indique el recurso o medio de defensa procedente, el plazo para su interposición y el órgano ante el que debe formularse. Cuando en la resolución administrativa se omita el señalamiento de referencia, los contribuyentes contarán con el doble del plazo que establecen las disposiciones legales para interponer el recurso administrativo o el juicio contencioso administrativo.

Federal de México Artículo 23 Ley Federal de los Derechos del Contribuyente
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Los comentarios de los usuarios

Que se debe entender como recurso administrativo y cuales son estos a que se refiere el articulo 23 de la ley federal de los derechos del contribuyente

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