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Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Artículo 44 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Federal
Artículo 44.

Para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente Ley, los sujetos obligados podrán desarrollar o adoptar, en lo individual o en acuerdo con otros sujetos obligados, esquemas de mejores prácticas que tengan por objeto:

I. Elevar el nivel de cumplimiento de las disposiciones previstas en la presente Ley;

II. Armonizar el acceso a la información por sectores;

III. Facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información a las personas;

IV. Procurar la accesibilidad de la información, y

V. Demostrar ante el Instituto el cumplimiento de la normativa que resulte aplicable en materia de acceso a la información.



Federal de México Artículo 44 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
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