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Ley Federal del Derecho de Autor Artículo 56 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley Federal del Derecho de Autor Federal
Artículo 56.

El contrato de edición terminará, cualquiera que sea el plazo estipulado para su duración, si la edición objeto del mismo se agotase, sin perjuicio de las acciones derivadas del propio contrato, o si el editor no distribuyese la obra en los términos pactados. Se entenderá agotada una edición, cuando el editor carezca de los ejemplares de la misma para atender la demanda del público.

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Los comentarios de los usuarios

¿Sí el contrato ha vencido su vigencia y aún quedan ejemplares sin vender por parte del editor, qué puede suceder estos ejemplares? Gracias.

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